Causa Vialidad: el detrás de escena de la condena a Cristina Kirchner

La respuesta al “lawfare”, la sombra del expresidente Carlos Menem y el antiguo vice de CFK, Amado Boudou. Además, el “viva la Patria” del fiscal Diego Luciani. La defensa apelará a la Corte Suprema y también lo hará la fiscalía

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Los jueces de Casación que dictaron la sentencia: de izquierda a derecha, Diego Barroetaveña, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky (Maxi Luna)
Los jueces de Casación que dictaron la sentencia: de izquierda a derecha, Diego Barroetaveña, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky (Maxi Luna)

Cuando el reloj todavía no marcaba las 11, la planta baja de Comodoro Py 2002 pareció recordar aquellos trajinares previos a la pandemia: abogados, funcionarios y periodistas iban y venían, mientras afuera Juan Grabois encabezaba una clase pública con un chancho rosa de juguete en la mano para denunciar el lawfare contra Cristina Kirchner.

Se esperaba la lectura de la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal que definía si confirmaba la condena de seis años de prisión a la expresidenta. Parecía un secreto a voces cómo sería el resultado, pero había que esperar la lectura. Es más: alguno de los defensores del juicio creía que, a último momento, podía haber una sorpresa.

En una sala colmada de periodistas y algunos defensores, con un único acusado presente -Abel Fatala, absuelto-, los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña aparecieron en la sala de audiencias: los tres llevaban traje y corbata azul, en detalle que un rato después algún funcionario se encargó de resaltar. En la solapa del traje, todos llevaban un mismo prendedor: los pines que dicen “Cámara Federal de Casación Penal” que ordenó hacer Borinsky a principio de año para todos sus miembros.

Cuando la lectura empezó, no hubo sorpresa: los jueces ratificaron lo decidido en diciembre del 2022 por el Tribunal Oral Federal 2. Tanto lo ratificaron que, también en Casación, se dio la misma dinámica que en el juicio. Dos jueces votaron por condenarla por defraudación al Estado y, en minoría, otro por incluir la asociación ilícita, como sostuvo la fiscalía.

El fiscal Diego Luciani
El fiscal Diego Luciani

Viva la Patria”, clamó Diego Luciani, el fiscal que había llevado adelante la acusación en el juicio oral y a quien Cristina Kirchner responsabilizó, en el juicio oral por el atentado en su contra, por el clima de violencia de aquel entonces. “Hicimos lo que debíamos hacer como representantes de los intereses de la sociedad. Abrazamos la misión encomendada y con nuestros talentos, con un grupo extraordinario de trabajo y un gran colega y amigo como Sergio Mola, hemos servido a hacer justicia, para producir un cambio transformador y esperanzador”, decía el fiscal apenas finalizada la audiencia.

El fiscal de Casación, Mario Villar, apelará en los próximos días para que la Corte Suprema agrave la condena por asociación ilícita y revoque las absoluciones. Curiosamente, si tuviera éxito, el fallo tardaría mucho más en quedar en firme. Las defensas también apelarán.

El escenario del juego de los tiempos y las apelaciones fue considerado por Casación antes de dar a conocer su fallo. No cambió ni un ápice el sentido de lo decidido por los jueces del Tribunal Oral Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso. De haberlo hecho, otra sala de Casación hubiera revisado la sentencia y no la Corte.

Son pocos los jueces que hubieran podido intervenir, teniendo en cuenta los que ya votaron, los que se encontraban excusados o los que intervinieron en otras causas y podrían ser recusados. Además, es un tribunal de 13 miembros y hoy hay tres sillas vacías por jueces que se jubilaron.

La expresidenta de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, saluda a simpatizantes tras la confirmación de su condena judicial en Buenos Aires (REUTERS/Matías Baglietto)
La expresidenta de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, saluda a simpatizantes tras la confirmación de su condena judicial en Buenos Aires (REUTERS/Matías Baglietto)

Cristina insiste con su convicción del lawfare, una persecución judicial en su contra para perjudicarla políticamente. El juez Hornos se dedicó a contestar esos planteos. “A lo largo de todo este proceso intervinieron al menos más de 20 funcionarios, entre magistrados y fiscales de todas las instancias: Instrucción, Cámara Federal, Tribunal Oral Federal, Cámara Federal de Casación Penal y Corte Suprema de Justicia de la Nación, muchos de los cuales fueron designados durante la gestión de la recurrente como Presidenta de la Nación”.

El magistrado, agregó: “La conspiración planteada requeriría la connivencia de una amalgama de sujetos de diverso origen y responsabilidad con el único fin de involucrar a la nombrada y los diversos funcionarios que la acompañaron durante sus años frente a la Presidencia de la Nación, en los comprobados e inusitados hechos de corrupción en la obra pública, circunstancia que, cpm se desarrollará en extenso en el presente voto, resulta por completo inverosímil ante el gran caudal de prueba acumulada. De no haber independencia judicial, la grave maniobra investigada jamás habría podido ser investigada ni juzgada”.

Y afirmó: “La independencia, imparcialidad y objetividad de todos aquellos jueces y fiscales que intervinieron en este complejo y arduo proceso, fue lo que en definitiva permitió que este pudiera desarrollarse con el aseguramiento de todas las garantías que le asisten a las partes”.

Amado Boudou, el vicepresidente que acompañó a Cristina Kirchner, entre 2011-2015
Amado Boudou, el vicepresidente que acompañó a Cristina Kirchner, entre 2011-2015

La resolución en donde se confirmó la condena a Cristina Kirchner mencionó varias veces el antecedente de la condena a Amado Boudou, el vicepresidente que la acompañó entre 2011-2015 y terminó preso por corrupción. “Las penas de prisión decididas con relación a Cristina Fernández de Kirchner, Lázaro Báez y Nelson Periotti (a lo que se añade la pena de inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, art. 174 in fine del Código Penal -con excepción del no funcionario Báez-) cuentan con una fundamentación suficiente y son proporcionales a su culpabilidad, a la magnitud del injusto y a la gravedad de la lesión al bien jurídico concretamente afectado -escribió Borinsky-. La gravedad del delito comprobado en el caso se explica tanto en la complejidad y sofisticación del emprendimiento criminal, en los altos cargos institucionales que revestían los imputados, en la concreta afectación a la administración pública de la que formaban parte y en la magnitud del daño causado”.

¿Qué sucedió con Boudou? El 7 de agosto de 2018 fue condenado a cinco años y ocho meses de prisión por un tribunal oral que lo juzgó en la llamada causa Ciccone. Quedó inmediatamente preso. Al año siguiente, 17 de julio de 2019, Casación ratificó su condena.

Por su parte, e5 de diciembre del 2020, la Corte Suprema dejó firme su condena: rechazó el recurso extraordinario presentado por la defensa por considerarlo inadmisible, amparándose en el artículo 280. Ese artículo sostiene que con la sola invocación de esta norma [la Corte] podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”. Para cuando la Corte Suprema dejó firme, Boudou ya no estaba en la cárcel. Había salido en medio de la pandemia con prisión domiciliaria.

El nombre de Carlos Menem también fue mencionado en la resolución de Casación. Primero por el juez Hornos que, al hacer un repaso de cómo se habría comenzado la maniobra de la causa Vialidad se inició cuando Néstor Kirchner se encaminaba a ocupar la presidencia porque Carlos Menem se bajaría del balotaje y se creó la empresa Austral Construcciones. También aparece en el voto de Borinsky, que fue fiscal en el juicio oral por contrabando de armas contra el expresidente.

El fallecido expresidente argentino Carlos Menem (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)
El fallecido expresidente argentino Carlos Menem (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)

“Durante el juicio oral acusé a dieciséis imputados, entre los cuales se encontraba el expresidente, Carlos Saúl Menem, de haber cometido el delito de contrabando agravado. La intervención organizada de todas aquellas personas, en algunos casos de manera sucesiva, en otros de manera simultánea, habían permitido la salida de material bélico en siete embarques marítimos -que tuvieron como destino Croacia y tres embarques aéreos -que tuvieron como destino Ecuador-; exportaciones que, según acusé, se produjeron al amparo de tres decretos presidenciales (dos de ellos del año 1991 y el restante del año 1995)”, recordó.

En aquel momento, el tribunal oral absolvió a Menem y la Cámara de Casación lo condenó. El caso llegó a la Corte y el máximo tribunal -en 2014- dijo que había que garantizar “el doble conforme”. En eso estaba Casación -con tiempos más que demorados- cuando Carlos Menem buscó renovar su banca en el Senado y fue impugnado por la causa penal que pesaba en su contra por el caso “Armas”.

La Cámara Electoral rechazó la candidatura a senador de Carlos Menem: habló de su falta de indoneidad por las condenas judiciales que pesan sobre el expresidente. Pero en un fallo durísimo, la Corte Suprema anuló esa decisión y ordenó dictar un nuevo fallo: entre sus argumentos dijo que no se había tenido en cuenta “el derecho a la revisión de las sentencias condenatorias”. Menem quedó habilitado para competir y ganó.

En el espejo de Carlos Menem, muchos intentaban responder la suerte que podría tener Cristina Kirchner si decide ser candidata en las próximas elecciones. Su condena a seis años de prisión por defraudación al Estado le impide ocupar de por vida cargos públicos, pero ese fallo no estará firme hasta que resuelva la Corte.

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