La Corte Suprema revocó un fallo que ordenaba a dar de baja un blog que criticaba a un abogado

En base al dictamen de la Procuración General de la Nación, el máximo tribunal resguardó el derecho a la libertad de expresión

Guardar
La Corte Suprema revocó un fallo que ordenaba a Google dar de baja contenidos
La Corte Suprema revocó un fallo que ordenaba a Google dar de baja contenidos

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó un fallo que le ordenaba al buscador Google dar de baja los contenidos de un blog donde era criticado el abogado Alejandro Vecchi, quien representó a la familia del fotógrafo asesinado José Luis Cabezas y del ex presidente Eduardo Duhalde.

Se trata de dos expedientes que llegaron hasta el máximo tribunal y que fueron resueltos por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.

En el primero, Vecchi demandó a Google para que elimine de su buscador los contenidos de un blog donde se hacía referencia a una condena que había recibido por estafa. Con ese planteo, también solicitó que se apliquen medidas para evitar que a través de su servicio de creación de blogs (Blogger) se generen otros contenidos similares y que se le pague una indemnización por daños y perjuicios.

En primera instancia, se aceptó parte de su planteo y se ordenó a Google eliminar los blogs tanto en su versión original como en su versión caché y a que pague una indemnización y las costas del juicio. La Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal confirmó esa sentencia, ante lo cual Google apeló a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Google argumentó que se afectaba el derecho a la libertad de expresión ya que el contenido de los blogs hacía referencia a acontecimientos de interés público, como la condena a Vecchi en la causa denominada “Céspedes”, y el posterior indulto presidencial que lo favoreció, firmado por Duhalde.

El máximo tribunal le dio la razón al buscador y revocó el fallo en base al dictamen que presentó el procurador general de la Nación ante la Corte, Víctor Abramovich.

El procurador señaló sobre la libertad de expresión que “en asuntos vinculados con la circulación de información a través de internet, el máximo tribunal ha entendido que las medidas preventivas de filtro o bloqueo de contenidos o vinculaciones hacia el futuro implican un acto de censura que impide o dificulta el proceso comunicacional y, por tal motivo, pesa sobre ese tipo de medidas una fuerte presunción de inconstitucionalidad, que sólo puede ceder en casos absolutamente excepcionales”.

Por otra parte, también señaló que la Corte ha establecido que “el bloqueo del acceso a contenidos digitales por parte de quienes ofrecen servicios de búsqueda como la demandada debe estar precedido del examen respecto de la licitud del contenido”.

Los jueces de la Corte Suprema
Los jueces de la Corte Suprema

Abravomich agregó que en el caso tiene razón Google “en cuanto a que la Cámara debió analizar si la medida ordenada por el juez de grado se encontraba justificada en el caso, en relación al alcance que se le ha otorgado a la libertad de expresión, para lo cual resultaba imperioso examinar el contenido de los blogs cuestionados, en particular, si resultaba ilícito, para tener por acreditada la violación del deber de debida diligencia”.

En esa línea sostuvo que los blogs “contienen información y opiniones sobre hechos que trascienden el mero interés privado e ingresan en el dominio del interés público”, como sucede con Vecchi, por su exposición mediática.

La sentencia cuestionada, “al no brindar un adecuado tratamiento a una cuestión federal conducente vinculada al derecho a la libertad de expresión que había sido planteada en forma oportuna, frustra la garantía de defensa en juicio y el debido proceso adjetivo, e impide el normal ejercicio de la competencia apelada de la Corte Suprema, por lo que corresponde su descalificación como acto judicial válido”, concluyó el dictamen.

En la segunda causa, Vecchi demandó a Google para que elimine de su buscador la información vinculada a su condena por estafa en la causa “Céspedes”. En su demanda, el abogado no desconoció la condena pero planteó que la información estaba desactualizada porque la Cámara Federal de Casación Penal anuló la condena y lo absolvió.

En primera instancia se ordenó eliminar el contenido con fundamento en el “derecho al olvido”, lo que fue revocado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. Vecchi apeló a la Corte Suprema pero su presentación fue rechazada.

Guardar

Últimas Noticias

La Corte rechazó la demanda del médico Mario Socolinsky por un informe de un programa de TV

Al pediatra fallecido le rescindieron el contrato de su programa por una investigación que había develado que una falsa gastroenteróloga había dado consejos. El máximo tribunal avaló la libertad de expresión
La Corte rechazó la demanda del médico Mario Socolinsky por un informe de un programa de TV

Quería un DNI que dijera “femeneidad travesti” y la Corte Suprema le dijo que no: cuáles fueron las razones

“Con fundamento en el art. 19 de la Constitución Nacional, la autopercepción remite a la identidad y debe resultar ajena al interés registral del Estado, salvo que se vincule con la adopción de acciones positivas en beneficio de sectores vulnerables”, dijo Rosatti.
Quería un DNI que dijera “femeneidad travesti” y la Corte Suprema le dijo que no: cuáles fueron las razones

Tras entregarse, Ricardo Jaime busca que le den arresto domiciliario: le quedan 4 años y 7 días de condena

El planteo fue presentado por su abogado defensor ante el Tribunal Oral Federal 2, acompañado de una serie de estudios médicos que buscan justificar la petición
Tras entregarse, Ricardo Jaime busca que le den arresto domiciliario: le quedan 4 años y 7 días de condena

Confirmaron el sobreseimiento de ex directivos del Banco Nación que otorgaron créditos a Lázaro Báez

Lo hizo la Cámara Federal porteña, al ratificar un fallo de Rafecas. Incluye a los ex funcionarios Juan Ignacio Forlón y Juan Carlos Fábrega y al ex ministro de Producción Matías Kulfas, a quien habían incluido como imputado en la última parte de la investigación
Confirmaron el sobreseimiento de ex directivos del Banco Nación que otorgaron créditos a Lázaro Báez

El tambo del horror en Córdoba: sometió a la servidumbre a dos hermanas, abusó de una de ellas y ahora podría ir preso por 12 años

Las hacían trabajar 19 horas diarias, dormían en el suelo, encerradas, y les pagaban apenas un 13% de lo que correspondía por ley. Así vivieron seis meses, hasta que lograron escapar. El padre del principal acusado también participó de las maniobras de trata, pero se salvó del proceso por “incapacidad sobreviniente”
El tambo del horror en Córdoba: sometió a la servidumbre a dos hermanas, abusó de una de ellas y ahora podría ir preso por 12 años