La Corte Suprema mueve la causa para definir si es inconstitucional la reelección indefinida en Formosa

El máximo tribunal decidió el traslado a la provincia de Formosa para que se expida en 60 días sobre la causa que inició el senador Paoltroni sobre la reelección indefinida de Gildo Insfran

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El gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, votando el año pasado buscando su séptima reelección en el cargo que ocupa desde 1995 (Foto NA)
El gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, votando el año pasado buscando su séptima reelección en el cargo que ocupa desde 1995 (Foto NA)

La Corte Suprema de Justicia movió las fichas en la causa que debe definir si es inconstitucional la reelección indefinida en la provincia de Formosa, donde gobierna Gildo Insfran desde hace casi 30 años. Según indicaron a Infobae fuentes judiciales, el máximo tribunal le dio 60 días al gobierno provincial para que conteste la demanda que impulsó en su contra el senador por Formosa Francisco Paoltroni, quien llegó a la Cámara Alta como representante de La Libertad Avanza -ahora fue expulsado del bloque- y se convirtió en uno de los más férreos críticos de Insfran.

En la causa caratulada como “PAOLTRONI, FRANCISCO MANUEL c/ FORMOSA, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD” que fue impulsada en 2023, el secretario de Asuntos Originarios de la Corte Suprema notificó: “Por disposición del Tribunal, córrase traslado de la demanda a la Provincia de Formosa por el plazo de sesenta (60) días (arg. artículos 319, 322 y 338 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). A los fines de su comunicación al señor Gobernador y a la señora Fiscal de Estado en los términos del artículo 341 del código adjetivo, líbrese oficio al señor juez federal en turno de la ciudad de Formosa. Notifíquese a la parte actora por Secretaría”.

En paralelo, la Corte decidió enviar a la Procuración General, a cargo de Eduardo Casal, para que dictamine sobre la competencia las dos causas que buscan el mismo objetivo: revocar la reelección en Formosa. Esas demandas fueron impulsadas por la Confederación Frente Amplio Formoseño y por el partido “Nuevo País”. Ya en abril pasado se le había corrido vista a la provincia por estas demandas. Ahora, el expediente que impulsó Paoltroni sigue el mismo camino.

La provincia ya le había pedido a la Corte que no interviniera en este tipo de planteos, cuando desde la gobernación se temió que pudieran frenarse los comicios del año pasado. La respuesta de Insfrán vino a través de de la Fiscalía de Estado, a cargo de Stella Maris Zabala, y el asesoramiento del constitucionalista Rodolfo Barra, ex ministro de la Corte Suprema y Procurador del Tesoro del gobierno de Javier Milei. Formosa defendió que la Constitución provincial habilitara la reelección indefinida, algo que -según esa interpretación- no chocaba contra el texto de la Constitucional Nacional.

Alberto Fernández y Gildo Insfran
Alberto Fernández y Gildo Insfran

Gildo Insfran, de 71 años, ocupa el cargo de gobernador de Formosa desde diciembre de 1995 -antes había sido vicegobernador-. Ha sido reelecto de manera consecutiva en 1999, 2003, 2007, 2011, 2015, 2019 y 2023. Fue durante su segundo gobierno cuando convocó a una convención constituyente provincial que incluyó la reelección indefinida.

Pero ahora las demandas apuntan a establecer si, más allá de la autonomía a las provincias para que dicten o reformen sus propias constituciones, la idea de la reelección -que no impera para la administración nacional- choca con las pautas establecidas en la Constitución Nacional. En el artículo 5° de la Constitución Nacional se establece que “cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional” y que “bajo de estas condiciones el gobierno federal garante a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones”.

Los planteos apuntan al dictado de la la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución de la provincia de Formosa que, según señala, habilita una octava candidatura de Gildo Insfrán como gobernador para el período 2023-2027. Con la firma de Agostina Villagi y Rodolfo Manuel Basques, apoderados de la Confederación Frente Amplio Formoseño, la presentación remarcó que en el caso hay gravedad institucional porque el planteo “excede el mero interés individual o de los partidos políticos que representamos, y se proyectan sobre el interés general dada la trascendencia del hecho que la perpetuación en el poder conlleva, el deterioro institucional, al no existir alternancia, afectando directamente la división de poderes.”

El diputado radical por esa provincia Fernando Carbajal, ex juez y que también impulsa la demanda, afirmó que “en el año 2003, las ambiciones del gobernador Insfrán de continuar al frente del Ejecutivo provincial motivaron una nueva reforma de la Carta Magna Formoseña. La amplia mayoría de diputados oficialistas en la Legislatura facilitó la declaración de necesidad de reforma; lo que se llevó a cabo ese mismo año, quedando redactado el nuevo ART. 132 de la Constitución Provincial - El Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos.” Según el diputado, “aprovechando esta omisión del constituyente, el actual gobernador Gildo Insfrán, cumplió veintiocho (28) años de mandato ininterrumpidos en el ejecutivo (desde el año 1995, ocupando antes el cargo de vicegobernador periodo 1987-1995)” y luego se presentó para el periodo 2023-2027. Los comicios se llevaron adelante e Insfrán fue reelecto con el 70 por ciento de los votos.

La causa por el caso de Formosa se activó en medio del proceso electoral del año pasado, cuando la Corte Suprema impugnó candidaturas de Jorge Manzur y de Sergio Uñac en las provincias de Tucumán y San Juan, respectivamente. Precisamente, cuando la Corte inhabilitó a Uñac, el voto de Carlos Rosenkrantz llamó a encontrar “punto de equilibrio” entre el criterio federal y el provincial para precisar “en qué punto el número de reelecciones que una provincia decide permitir para sus más altas autoridades impone un costo inaceptablemente alto a los valores que encarna el sistema republicano y, en consecuencia, transgrede la manda del artículo 5° de la Constitución Nacional”.

El año pasado había tres provincias en la Argentina con reelecciones indefinidas: Formosa, Santa Cruz y Catamarca. Pero en diciembre último el gobernador catamarqueño Raúl Jalil, anunció que había reglamentado la ley que prohíbe las reelecciones indefinidas en esa jurisdicción. “Así se garantiza la alternancia democrática, el recambio generacional y de ideas”, dijo.

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