Quilmes y Escobar lograron fallos a favor en la disputa con el Gobierno por las tasas municipales

Es por la resolución del gobierno nacional que le prohíbe a los municipios cobrar sus impuestos en las facturas de servicios públicos. La justicia dictó resoluciones a favor de esos municipios. Ya son cuatro los que lograron frenar la medida

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Mayra Mendoza
La intendenta de Quilmes, Mayra Mendoza (X: @mayrasmendoza)

La justicia federal dictó resoluciones a favor del municipio de Quilmes, a cargo de la intendenta Mayra Mendoza, y del de Escobar, de Ariel Sujarchuk, por las cuáles suspendió una resolución del gobierno nacional de Javier Milei por la cuál le prohibía a las municipalidades cobrar sus impuestos en las facturas de servicios públicos como los de luz y gas.

Con estos fallos ya son cuatro los municipios bonaerenses que tienen fallos a favor. Quilmes se suma a Pilar, a cargo de Federico Achával, y Moreno, de Mariel Fernández, que también fueron a la justicia para oponerse a la resolución resolución 267 de la Secretaría de Comercio e Industria de la Nación, que depende del Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo.

Fuentes judiciales informaron a Infobae que el juez federal de Quilmes, Luis Armella, dictó una medida cautelar interina a favor del municipio de Quilmes. Y Adrián González Charvay, titular del juzgado federal de Campana, hizo lo mismo con una medida cautelar a favor de Escobar por un plazo de seis meses. El mismo magistrado ya había suspendido la resolución del gobierno para Pilar y Moreno.

La Secretaría de Comercio e Industria dispuso en su resolución que los municipios ya no podrán cobrar más sus tasas municipales en las boletas de servicios públicos. La medida se tomó para diferenciar los impuestos locales de los servicios y así que el cliente pueda distinguir lo que paga. El gobierno entendió la decisión como una defensa de los derechos del consumidor y avaló que los municipios cobren sus tasas de manera diferenciada con otro mecanismo.

Pero las municipales objetaron esa decisión. Explicaron que la autonomía que les da la Constitución de la provincia de Buenos Aires les permite dictar ordenanzas y firmar convenios con las empresas de servicios públicos para cobrar sus tasas, lo que así hicieron. Además que una ley de la provincia se los permite y que esa norma tiene más peso que una resolución del Ministerio de Economía. Sumado a que cobrar sus tasas en las facturas agiliza el cobro y garantizar que se brinden las prestaciones para los ciudadanos de los municipios.

El municipio de Mayra Mendoza reclamó puntualmente poder seguir cobrando su tasa por alumbrado público en la factura de luz de la empresa Edesur. Explicó que en julio recaudó 500 millones de pesos y que dejar de percibir ese monto perjudicará “el funcionamiento, continuidad, regularidad y eficacia del servicio de alumbrado público”. Así el Municipio pidió la inconstitucionalidad de la resolución y previo a eso una medida cautelar que la suspensa.

“La Constitución de la Provincia de Buenos Aires, autoriza a los municipios a dictar ordenanzas y reglamentos, dentro de las atribuciones que le confiere, y a votar anualmente su presupuesto y los recursos para costearlo”, sostuvo el juez Armella en su resolución a la que accedió este medio y en la que recordó que desde el 2001 Edesur y Quilmes tienen firmado un convenio para cobrar la tasa municipal lo que además fue aprobado por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).

Javier Milei (EFE/EPA/OLGA FEDOROVA)
Javier Milei (EFE/EPA/OLGA FEDOROVA)

“Más allá del juicio de valor que se pueda predicar al respecto, lo cierto es que el cese de este procedimiento o modalidad de percepción, sustentado en el convenio referido y aprobado oportunamente por el ENRE, es susceptible de afectar derechos y obligaciones allí contenidas”, sostuvo el magistrado.

Armella entendió como “urgente” el reclamo del municipio y lo aceptó porque se cumplen los requisitos de verosímil en el derecho y un peligro en la demora y habló sobre “las graves y objetivamente impostergables circunstancias de hecho y derecho en las que se enmarca la presente acción, que, de no hacerse lugar a dicha medida, implicaría un grave perjuicio para la Municipalidad de Quilmes”.

Así dictó una medida cautelar interina que suspendió la resolución del gobierno nacional y le permite a Quilmes continuar con el cobro de su tasa por alumbrado público en la factura de luz. La causa judicial continúa. El juez le dio al gobierno un plazo de tres días para contestar la demanda. Luego de eso quedará en condiciones de analizar si dicta una segunda medida cautelar y luego el fondo del reclamo que es la inconstitucionalidad de la resolución.

Por su parte, Escobar hizo el mismo reclamo por su tasa de alumbrado público en la boleta de luz de Edenor y por la tasa de vigilancia, inspección y desarrollo de emprendimientos de gas por redes de la boleta de Naturgy BAN S.A.

“Resulta pertinente, aun en esta instancia preliminar, preservar adecuadamente la garantía constitucional que se dice vulnerada, enderezando la cuestión con el propósito de evitar situaciones de muy dificultosa o imposible reparación ulterior”, sostuvo el juez González Charvay que como Armella destacó la autonomía de los municipios para firmar acuerdos con las empresas de servicios públicos.

Quilmes y Escobar no son los únicos municipios bonaerenses que se presentaron en la justicia por este tema. Pilar y Moreno ya tienen fallos a favor que fueron dictados por el juez federal González Charvay. Y también iniciaron causa judiciales Tigre, cuyo intendente es Julio Zamora; San Fernando, de Juan Andreotti; y Florencio Varela, de Andrés Watson.

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