La Cámara Federal de Casación Penal rechazó este jueves la queja de la defensa de la ex presidenta Cristina Kirchner que buscaba anular la causa conocida como “la Camarita”, uno de los desprendimientos de la megacausa de los “Cuadernos” en donde se investiga la cartelización de la obra pública durante el kirchnerismo, en base a las declaraciones de arrepentidos. El tribunal también ratificó la validez de la declaración como arrepentido del financista Ernesto Clarens.
La defensa de la ex jefa de Estado, a cargo del abogado Carlos Beraldi, solicitó la nulidad parcial del requerimiento de elevación a juicio del Ministerio Público Fiscal, del auto de elevación a juicio y de todos los actos posteriores que resultan su consecuencia, por la acusación de haber recibido coimas. También planteó la excepción de litispendencia y el pedido de unificación de juicios entre este proceso y las causas CFP 9608/2018 (conocida como la causa Centeno) y 13820/2018 (”la Camarita”).
El Tribunal Oral Federal 7, a cargo de llevar la causa a juicio oral, había rechazado el planteo. Fue por eso que la defensa apeló en Casación. Ahora, los jueces Gustavo Hornos y Guillermo Yacobucci dijeron que “la parte recurrente no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad” del recurso, señaló el fallo al que accedió Infobae.
Según se sostuvo, “el fallo contra el cual se dedujo la impugnación cuya denegatoria dio lugar a la queja, por su naturaleza y efectos, no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena. Es que aquellas resoluciones cuya consecuencia sea la obligación de seguir sometido a proceso criminal no reúnen el requisito de carácter final, ya que no ponen fin al procedimiento sino que, por el contrario, hacen posible su continuación”.
El fallo añadió que “tampoco ocasionan un perjuicio de imposible o insuficiente reparación ulterior, más allá del que irroga todo proceso penal, que permita su equiparación”. “No se advierte ni la defensa logra acreditar la existencia de una cuestión federal de entidad suficiente”, se agregó.
A su turno, en minoría, el juez Carlos Mahiques dijo: “Pudiendo constituir alguna de las causales previstas en el art. 456 del Código Procesal Penal de la Nación los agravios invocados por la parte recurrente, corresponde hacer lugar a la queja”. En resoluciones paralelas, el tribunal de alzada también rechazó las quejas de empresarios que también están procesados en la causa, y que reclamaban la inexistencia de delito y su respectivo sobreseimiento.
Cristina Kirchner fue procesada como jefa de una asociación ilícita que recaudaba dinero entre los empresarios que hacían negocios con el Estado. También sus funcionarios y los empresarios. El juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli concentraron un ramillete de causas, algunas que ya existían, otras que se abrieron con las declaraciones de los arrepentidos, que sumó más de un centenar de imputados. “Estamos frente a una asociación ilícita que fue comandada por Néstor Kirchner y Cristina Elisabet Kirchner”, escribió el fallecido juez al elevar el caso a juicio.”No se trata de una ‘persecución judicial’, sino de una verdadera investigación judicial”.
La defensa de CFK solicitó que se declarara la nulidad parcial del requerimiento de elevación a juicio formulado por el Ministerio Público Fiscal, así como también la del auto de elevación a juicio y la de todos los actos posteriores que resultan su consecuencia. También reclamó que “se haga lugar a la excepción de litispendencia” (un planteo que se produce cuando dos o más procesos judiciales se están llevando a cabo en paralelo sobre el mismo asunto).
La ex jefa de Estado habló de “las gravísimas ilicitudes acaecidas en la etapa instructora” como que “las actuaciones se iniciaron a partir de un supuesto medio probatorio obtenido a través de una vía delictiva (los supuestos cuadernos o sus fotocopias”, y que se llevaron a cabo “groseras maniobras de fórum shopping, violatorias de la garantía del juez natural y del principio de objetividad. Los jueces del TOF rechazaron aquel planteo y ahora también Casación.
La investigación por el capítulo que se inició con las anotaciones del chofer Oscar Centeno, que llevaba al ex funcionario Roberto Baratta en los llamados “viajes de la corrupción”, es el eje de esta causa, aunque a esta investigación se le fueron sumando otras que ya existían y se anexaron a este megaexpediente, y algunas que se abrieron a raíz de las declaraciones de los arrepentidos. Se trata de los expedientes como Gas Licuado o la causa trenes (en donde también CFK está procesada), o el tramo que apunta a los corredores viales o por la cartelización de la obra pública. Otro de los expedientes es el lavado de dinero que llevó adelante el ex secretario de Néstor Kirchner.
Cuando el procesamiento de Cristina Kirchner por las coimas relatadas en los cuadernos de Centeno llegó a la Cámara Federal, los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi excluyeron a los empresarios de la asociación ilícita.
El juez Bonadio abrió otro expediente por las declaraciones de los arrepentidos en ese proceso. Se basó en las confesiones de Carlos Wagner, que fue presidente de la Cámara Argentina de la Construcción, quien detalló que entre las empresas se decidía cuál de ellas ganaba las licitaciones y luego pagaban coimas a los ex funcionarios. La existencia del mecanismo fue avalada por el ex secretario de Obras Públicas José López en su declaración como arrepentido.
En tanto, el financista Ernesto Clarens aportó planillas con los pagos y cobros de las coimas y señaló a las empresas y a las personas involucradas. Explicó además que los desembolsos se realizaban en pesos que luego se cambiaban a dólares o euros y finalmente eran entregados en bolsos a Daniel Muñoz, el ex secretario de Néstor Kirchner que falleció en 2016 y también investigado en otro tramo de esta megacausa.
Precisamente, la defensa del empresario Cristóbal López había pedido la nulidad parcial de las declaraciones prestadas por Ernesto Clarens y de los actos que fueron consecuencia: citación a prestar declaración indagatoria, su procesamiento, el requerimiento de elevación a juicio y el auto de elevación a juicio, por entender que constituyen ´frutos del árbol venenoso´”. La Casación también rechazó el planteo y validó así la confesión.
El tribunal también rechazó un planteo de la defensa del empresario Mario Ludovico Rovella. Se trata del empresario que buscaba que se anule su declaración indagatoria de 2019 en donde reconocía los pagos ilícitos y adjuntó un documento que dejó en una escribanía antes de prestar su declaración avisando que iba a mentir. Rovella nunca declaró como imputado-colaborador, obligado a decir verdad. Sus dichos se dieron en el marco de una declaración indagatoria que ahora pedía anular.