El juez federal de La Plata Ernesto Kreplak desestimó hoy la denuncia que la diputada nacional Lourdes Arrieta presentó contra quienes fueron sus compañeros en el bloque de “La Libertad Avanza” (LLA) por presuntas presiones y hostigamientos después de la visita de julio pasado a genocidas de la última dictadura militar en la cárcel federal de Ezeiza.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que Kreplak compartió el criterio de los fiscales federales Sergio Mola y Diego Iglesias que había pedido desestimar la denuncia porque no había ningún delito para investigar. “Los entretelones de la gestión de una visita oficial de distintos legisladores que son representantes del pueblo, con medios públicos a un lugar público, deben ser dirimidos en los ámbitos correspondientes al debate parlamentario y canalizados ante las autoridades pertinentes”, resolvió el magistrado.
El juez no solo desestimó la denuncia de Arrieta sino que le quitó el rol de querellante en la causa -actuaba como acusadora privada- y la custodia policial que había ordenado al inicio del expediente. Esa decisión se basó en que al rechazarse un posible delito no se justifica mantener esas medidas. El magistrado sí puso en conocimiento a la Cámara de Diputado del fallo para que tome las medidas de seguridad que considere necesarias.
La causa se inició luego que se hizo pública la visita que un grupo de diputados del bloque de LLA hicieron el 11 de julio pasado a genocidas condenados por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura en la cárcel federal de Ezeiza. Estuvieron con Alfredo Astiz, Antonio Pernías, Adolfo Donda Tigel, Carlos Guillermo Suárez Mason (hijo) y Raúl Antonio Guglielminetti. El caso se hizo público y generó polémica, ya que derivó en iniciativas que el bloque oficialista buscaba presentar para beneficiar con prisiones domiciliarias a los condenados.
Públicamente, Arrieta declaró tras la visita que desconocía a las personas que había visitado en la cárcel y que no sabía quién era Astiz porque había nacido en 1993. Inclusive, en una sesión de la Cámara de Diputados, llevó el libro “Nunca Más”. También dio a conocer en cuenta de la red social X los chats de los grupos de WhatsApp de los diputados de LLA que mostraban cómo se organizó la visita y los proyectos para beneficiar a los genocidas. Por esa interna, Arrieta se fue bloque del partido del presidente de la Nación, Javier Milei.
Primero se inició una causa para determinar si se violó el reglamento de visitas del Servicio Penitenciario Federal (SPF) y luego Arrieta presentó otra. Fue por los delitos de delitos de coacción agravada, abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público, conspiración y malversación de caudales públicos contra el SPF y los diputados de la LLA que organizaron la visita. La diputada denunció que sufrió “un minucioso trabajo de manipulación”, ya que entendió que los grupos de WhatsApp y la visita a los genocidas eran “para mejorar las condiciones de detención de personas mayores” y no para beneficiar a los represores. Sostuvo que recibió presiones y hostigamiento.
La Fiscalía entendió que no había ningún delito para investigar y pidieron desestimar la denuncia. “Los hechos que describe la querellante, a los cuales pretende atribuirle un significado delictivo, se aprecian como las consecuencias de una actividad política propia de esa parte. El análisis de los hechos impone considerar que la aquí querellante, en su rol institucional, adoptó un posicionamiento político frente a una cuestión sensible y relevante para nuestro país como es juzgamiento de responsables de crímenes de lesa humanidad, se asoció en términos políticos con otras personas que tenían una mirada similar y participó de actividades concretas en ese sentido”, sostuvo Iglesias en su dictamen.
El juez compartió el criterio de que en el hecho denunciado no había un posible delito para investigar. “La intervención del Poder Judicial en asuntos que resultan ajenos a su misión constitucional, no sólo desnaturaliza su función sino que, además, perjudica el normal funcionamiento de los demás Poderes Constituidos de la República”, sostuvo Kreplak.
“Los intercambios entre los legisladores que se produzcan al interior de dicho órgano constitucional, que no trasciendan el límite de lo prohibido penalmente, forman parte de la dinámica propia de la deliberación parlamentaria y su judicialización no resulta ser la vía aconsejable para su resolución”, agregó para así desestimar la causa.
Al expediente le queda un tramo abierto. Y es para determinar si se violaron los reglamentos del SPF en la visita. De hecho la justicia hizo un procedimiento en la cárcel de Ezeiza en el que retiró documentación. Sobre esa investigación, el juez aceptó como querellantes a Carlos Pisoni y Virginia Franco, víctimas de delitos de lesa humanidad.
Junto con la desestimación de la denuncia, Arrieta fue apartada de rol de querellante que tenía en la causa. “Descartada la hipótesis criminal según la cual la denunciante revestía condición de presunta víctima, resulta ajustado apartarla del rol de querellante en el presente proceso”, explicó el magistrado. La misma decisión tomó respecto a la custodia que tenía la diputada y su familia que se le había asignado al inicio de la causa por posibles hostigamientos que pidieron sufrir.
“Corresponde disponer el cese de la custodia policial que le fuera concedida, sin perjuicio de poner en conocimiento de las autoridades de la Cámara de Diputados de la Nación lo que aquí se resuelve, con el objeto de que se encuentre en condiciones de adoptar, de entenderlo correspondiente, las medidas de seguridad que estimen convenientes para el resguardo de los miembros que componen ese cuerpo legislativo”, concluyó