Cuadernos: el tribunal del caso disparó contra Casación por el fallo Calcaterra y dijo que debe intervenir la Corte Suprema

El pronunciamiento del Tribunal Oral Federal 7 quedó asentado en el expediente. Uno de los jueces se pronunció por reclamar la urgente “avocación” del máximo tribunal

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Edificio de Comodoro Py 2002 (Antú Trejo)
Edificio de Comodoro Py 2002 (Antú Trejo)

El Tribunal Oral Federal 7, que tiene en sus manos la megacausa cuadernos, disparó por elevación en duros términos contra su superior, la Cámara Federal de Casación, por el fallo que resolvió “sacar” al empresario Angelo Calcaterra del expediente y enviar su caso al fuero electoral, por entender que los alegados sobornos a la asociación ilícita que habría encabezado la ex presidenta Cristina Kirchner fueron en realidad aportes de campaña.

En una resolución a la que accedió Infobae, dos de los integrantes del tribunal oral sostuvieron que, en un conflicto de competencia entre el fuero penal federal y el electoral debió haber intervenido la Corte Suprema y no Casación para dirimirlo, y que no mandaran el caso a la jueza María Servini hasta que la resolución no quede firme. El tercer magistrado fue más allá: reclamó que ya mismo el máximo tribunal intervenga por la extralimitación de Casación, aseveró que “la gravedad” de lo ocurrido “trasciende esos límites para afectar directamente la buena administración de justicia” y denunció que se están comprometiendo los compromisos internacionales asumidos en materia de corrupción.

Todo forma parte del hito que marcó en la causa la semana pasada cuando los jueces Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Carlos Mahiques resolvieron hacer lugar a una planteo de la defensa de Calcaterra -primo del ex presidente Mauricio Macri- y su mano derecha, Javier Sánchez Caballero, ambos procesados en la causa de los cuadernos. Los empresarios habían dicho en la causa penal, apenas estalló el escándalo, que la plata que le entregaron al ex colaborador de Julio De Vido, Roberto Baratta, era dinero que les pedían para la campaña, una exigencia que se le hacía para poder obtener los permisos y avanzar con sus obras públicas.

El fiscal Raul Plee (Guille Llamos)
El fiscal Raul Plee (Guille Llamos)

En la justicia penal los argumentos no tuvieron éxito para ser mandados a juicio. Pero tuvieron suerte en el fuero electoral con el fiscal Ramiro González y jueza Maria Servini, quien reclamó que le enviaran el expediente. Casación decidió mandarlo a electoral y abrió la puerta a que otros tres empresarios también puedan seguir sus pasos. El resto de los hombres de negocios podrían exigir el mismo trato. Por eso el mundo tribunalicio que sigue el caso Cuadernos está atento a cómo se dirima esta cuestión.

Pero por lo pronto este miércoles el fiscal federal Raúl Plee reclamó la nulidad del polémico fallo: dijo la Cámara Federal de Casación Penal no notificó a la Unidad de Información Financiera (UIF), querellante en el expediente, la apertura del incidente en donde se tomó la resolución y, por lo tanto, eso lo vuelve nulo. Mientras tanto, el gobierno reclamó tener acceso a ese incidente y ahora opinará sobre la cuestión. Es el propio tribunal que ya falló en el tema el que deberá analizar si su fallo debe anularse. En los pasillos de los tribunales minimizaron el escenario: afirmaron que UIF no opino en el trámite jamás y que la fiscalía no tiene agravio.

En el mientras tanto, el que entró en el juego es el Tribunal Oral que tiene que llevar el juicio. Mientras Calcaterra salía de la causa, Casación los reprendía por no haber llevado adelante aún el megajuicio, que “subió” desde instrucción a fines del 2019 y todavía no tiene prevista una fecha de inicio.

El empresario Angelo Calcaterra
El empresario Angelo Calcaterra

Uno de los puntos que disponía Casación en su resolución era que el TOF enviara de inmediato el incidente del empresario de IECSA al fuero electoral. Los jueces Fernando Canero y Enrique Méndez Signori afirmaron que la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal ha tomado intervención por fuera de las previsiones: señaló que “en este caso el órgano habilitado para resolver la cuestión de competencia suscitada entre el juzgado electoral y este tribunal oral penal federal (de haberse mantenido la postura de la jueza de grado) era -sin disputa- la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. Por ello, el fallo de Casación “adolece” de justificación legal

Su colega, el juez Germán Castelli, fue más duro aún: dijo que Casación “no actuó en el caso como tribunal legalmente facultado”, y afirmó que la jueza María Servini “con la anuencia del señor fiscal electoral, abrazó, sin más, el reclamo de los imputados Calcaterra y Sánchez Caballero y requirió la competencia en estas actuaciones, lo cual generó la fundada y enfática respuesta de rechazo tanto de la señora fiscal general como de este Tribunal, que hasta invitó a la señora magistrada, en caso de sostener su competencia, remitir los antecedentes al órgano jurisdiccional respectivo”.

Para Castelli, “enviar el expediente sin esperar la firmeza del fallo no sólo conspira contra las aludidas razones formales, sino que, además, podría generar el riesgo de eventuales soluciones liberatorias que podrían frustrar la jurisdicción de una también eventual intervención de la Corte Suprema, que, a la luz de lo expuesto, podría importar una concreta privación de justicia de imposible o dificultosa reparación ulterior

El juez dijo que su superior, Casación, “incurrió en una grave extralimitación” sobre la base de “una impropia modificación de la base fáctica contenida en la requisitoria de elevación a juicio de la causa” cuadernos. Y recordó que el Ministerio Público sostuvo que “los pagos constituyeron claros sobornos que fueron efectuados a los integrantes de la asociación ilícita, para que ellos incidieran en los convenios, otorgándoles beneficios económicos a las compañías que él aquí imputado representaba”.

Oscar Centeno, el hombre que develó el escándalo de los cuadernos
Oscar Centeno, el hombre que develó el escándalo de los cuadernos

Por eso, advirtió que Casación “realiza valoraciones probatorias” sobre el caso Calcaterra y Sanchez Caballero. “Este tribunal oral tiene vedado realizar valoraciones probatorias propias en la etapa preliminar al juicio como lo pretende la Casación”, le aclaró. “Con independencia de la vulneración que le podría acarrear a la teoría del caso de una de las partes del proceso, la gravedad del accionar de la Cámara de Casación trasciende esos límites para afectar directamente la buena administración de justicia, al entrometerse indebidamente en la jurisdicción de otro tribunal”.

Esta situación, añadió Castelli, “se ve potenciado por la trascendencia nacional e internacional del conglomerado de procesos en los que se genera esta discusión, que comprometen la responsabilidad internacional del Estado argentino, en tanto se investigan presuntos graves delitos que infringirían la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción, que habrían sido cometidos desde las más altas esferas de la función pública como de importantes figuras del empresariado argentino”. En minoría se inclinó por “la urgente avocación de la Corte Suprema, “a fin de corregir la grave extralimitación aludida”.

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