Casación avanza en la implementación del sistema acusatorio de Mendoza

La decisión fue tomada por el pleno del máximo tribunal para integrar colegios de jueces

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Plenario de Casación Federal (archivo)
Plenario de Casación Federal (archivo)

La Cámara Federal de Casación Penal dictó una serie de acordadas para integrar Colegios de Jueces para la puesta en funcionamiento del Sistema Acusatorio federal en Mendoza, que comenzará a regir en esa jurisdicción desde el 5 de agosto próximo. A fin de asegurar las condiciones mínimas para la operatividad del sistema acusatorio, la decisión fue tomada por los integrantes del máximo tribunal: Mariano Borinsky (Presidente), Daniel A. Petrone (Vicepresidente 1°), Diego Barroetaveña (Vicepresidente 2°), Angela Ester Ledesma, Carlos A. Mahiques, Gustavo M. Hornos, Guillermo J. Yacobucci, Alejando W. Slokar y Javier Carbajo.

Las medidas se tomaron a través de las Acordadas 4/2024 y 5/2024, a través de las cuales se organizó los órganos jurisdiccionales del distrito federal Mendoza por colegios de jueces de acuerdo a lo que prescribe el artículo 36 de la Ley 27.146, al igual que lo había hecho con los del distrito federal de Rosario.

Los colegios son agrupaciones de jueces que se rigen por los principios de flexibilidad y rotación de sus integrantes lo que brinda una especial eficiencia y celeridad al sistema. Es una forma de trabajo diferente que no deja espacios vacíos o vacantes y permite a cualquier magistrado del colegio intervenir en las audiencias que se presenten.

La Cámara conformó tres colegios: uno de Revisión constituido por los miembros de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, otro de Juicio formado por los jueces de los Tribunales Federales de Juicio de Mendoza, de San Juan y de San Luis y un tercer colegio de Jueces de Garantías compuesto por todos los titulares de los Juzgados Federales con competencia penal con asiento en las ciudades de Mendoza, San Rafael, San Juan, San Luis y Villa Mercedes.

La Cámara Federal de Casación Penal no solo estableció los colegios, sino que otra resolución del pleno -Acordada 5/24- reparando en las vacantes existentes en la jurisdicción y en el escaso número de jueces en la primera etapa del proceso (5), en contraposición con los de competencia en el juicio oral (11), decidió reforzar el Colegio de Garantías con magistrados del Colegio de Juicio.

Un escenario que impuso una medida de contingencia, para salvaguarda del buen funcionamiento del nuevo régimen de enjuiciamiento acusatorio que habrá de encontrarse vigente muy pronto en el distrito federal.

Hasta ahora el sistema sólo regía en Salta y Jujuy. Y desde el 6 de mayo funcionarios del gobierno nacional, de la Corte Suprema, de la Cámara de Casación Penal, la Defensoría y la Procuración encabezaron la puesta en marcha del sistema acusatorio en Rosario, con el objetivo de tener procesos judiciales rápidos y eficaces para enfrentar la violencia narcocriminal, los secuestros y la corrupción política, entre otros delitos graves del ámbito federal.

El Sistema Acusatorio, cuya implementación fue dispuesta por la Ley 27.150 sancionada en 2015, pone la carga de la investigación en la cabeza del Ministerio Público Fiscal y brinda a los fiscales las herramientas necesarias para llevar a cabo investigaciones complejas contra la criminalidad organizada. La implementación del Código Procesal Penal Federal (CPPF) en la Justicia Federal y Nacional Penal depende del cronograma progresivo del Ministerio de Justicia, que prevé extenderlo a todo el país.

“La agilidad y la rapidez son los mayores impactos con los que contará el nuevo sistema para administrar justicia. Sus resultados en materia de eficacia y garantía van dirigidos a disminuir cuantitativamente tanto las detenciones prolongadas como los procesos sin detenidos, caracterizándose por resoluciones prontas de los Tribunales que dan certeza a las partes”, se indicó en un comunicado.

El nuevo Código Procesal Penal Federal elimina el expediente en papel para pasar a la digitalización, el expediente electrónico y la firma digital, con audiencias orales con presencia del juez, las partes, el imputado, la víctima y la querella, dando espacio al contacto directo del magistrado con el conflicto. Los tiempos de las definiciones también se aceleran.

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