“Si no le daba la plata, me daba de baja el plan”: la Corte dejó firme una condena por extorsión a beneficiarios de planes

Se trata de una causa de 2013. La condena se impuso a dos mujeres que recibieron 5 años de prisión. Los detalles de la sentencia que analizó el máximo tribunal

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Los jueces de la Corte Suprema confirmaron una condena por un caso de extorsión a beneficiarios de planes sociales REUTERS/Agustin Marcarian
Los jueces de la Corte Suprema confirmaron una condena por un caso de extorsión a beneficiarios de planes sociales REUTERS/Agustin Marcarian

Si no le daba esa plata, me daban de baja el plan y no cobraba más. Yo no podía trabajar por mi bebé…”. Las denuncias por extorsión a beneficiarios de planes sociales no son nuevas. Mientras en los tribunales de Comodoro Py avanzan una serie de investigaciones sobre los manejos de los movimientos piqueteros y en las que dirigentes del Polo Obrero, encabezados por Eduardo Belliboni, fueron llamados a indagatoria, la Corte Suprema de Justicia resolvió esta semana dejar firme la condena a cinco años de prisión para dos empleadas de la Municipalidad de José C. Paz, por presionar a personas vulnerables para que les entregaran sumas de dinero a cambio de no cortarles el plan.

La condena recayó sobre Jésica Karina González y María Teresa Zamora, quienes fueron acusadas de exigir a por lo menos 15 destinatarios de los planes Trabajar y Argentina Trabaja que les abonasen la mitad del dinero que percibían, bajo amenaza de darles de baja los planes sociales. Los investigados ocurrieron entre marzo del 2010 y diciembre del 2012. La causa, que data de 2013, llegó a juicio en 2021. Tal vez por eso, inflación mediante, las cifras de las extorsiones investigadas parecen irrisorias.

Según la sentencia del Tribunal Oral Federal 3 a la que accedió Infobae, Jésica Karina González en su carácter de empleada del sector de acción social de la Municipalidad de José C. Paz y administradora de los beneficios denominados “Plan Trabajar” o “Argentina Trabaja” efectuó exigencias ilegítimas a los beneficiarios del plan referido integrantes de la cooperativa “Donde hay una necesidad hay un derecho”. Las víctimas fueron cinco personas (en los casos que se dieron por probados). Ellos debían entregarle parte del dinero que recibían por tales beneficios: la mitad de lo percibido a cambio de no darle de baja cuando no iban a trabajar o asistían parcialmente.

En tanto, María Teresa Zamora intervino en la maniobra mediante la cual González obligó a cinco personas a esa entrega de dinero. “Esas conclusiones se sustentan en la numerosa y contundente prueba obrante en el expediente y la oralizada durante el juicio”, subrayó la jueza Nada Flores Vega, quien elaboró los fundamentos del fallo que acompañaron sus colegas Daniel Cisneros y Walter Venditti.

De acuerdo a las pruebas de la sentencia que llegó a la Corte, V.L.A. contó en el juicio que tenía una hija con un problema serio de diabetes y celiaquía y le había sido otorgado un plan social a través de Jésica González, quien le exigió la entrega de la mitad de lo que cobraba por el plan social “Plan trabajar”. La mujer dijo que temía perder el plan y sufrir algún tipo de represalias.

Otro testimonio señaló que cuando falleció su hermana y debió hacerse cargo de sus sobrinas, no pudo seguir cumpliendo con las tareas que asignaba Jésica y es por ello que la imputada le exigía que le entregara la mitad de lo percibido. La funcionaria le mandaba un mensaje de texto el día del pago y la persona tenía que pasar por su domicilio. Aclaró que no le daba ningún comprobante y que si dejaba de entregar la mitad del cobro del plan a Jésica, esta le daba la baja del plan. “Si uno se queja en la municipalidad no pasa nada, porque ‘está todo arreglado’”, añadió.

R.D.R contó por su parte que era beneficiario del Plan Social y que en oportunidad de haberle salido una changa le pidió permiso para realizarla a Jésica Karina González, quien le dijo que se podía arreglar dándole un porcentaje. La testigo R.S.B. dio un relato similar: contó que trabajó hasta el nacimiento de su hijo y que después dejó de hacerlo. Indicó que el plan lo obtuvo por intermedio de Jésica Karina González y que le entregaba una plata a González porque no trabajaba. Textualmente, señaló “…Si no le daba esa plata, me daban de baja el plan y no cobraba más. Yo no podía trabajar por mi bebé…”.

Las pruebas de la causa que evaluó la Corte Suprema
Las pruebas de la causa que evaluó la Corte Suprema

T.E.R. explicó que sus tareas consistían en realizar la limpieza de las calles. Mientras lo cumplió, Jésica no le exigió dinero. Pero cuando tuvo que quedarse en su casa para cuidar a sus hijos, le entregaba a la funcionaria la mitad para poder cobrar.

El tribunal de San Martín también refirió que estaba acreditado que María Teresa Zamora, alias “Marité”, era referente política de la agrupación “Pueblo Militante”. A esa agrupación se le asignó la distribución de planes sociales en la zona de José C. Paz entre diversas cooperativas, muchas de ellas –tal el caso de la cooperativa “Donde hay una necesidad, hay un derecho”- constituidas a ese único efecto.

“Es decir, era una cooperativa que arrancó a los fines de que se le pudieran derivar los planes sociales; no tenía existencia previa, ni fue fundada con el espíritu cooperativista -señaló el fallo del tribunal-. Si bien la referida imputada intentó en sus manifestaciones ante el Tribunal deslindarse no sólo de los hechos que se le imputan, sino hasta de su real participación en el municipio y en el campo político, la prueba obrante en la causa, la desmiente categóricamente. No solo las declaraciones de varios testigos que obtuvieron el plan social pusieron a ‘Marité Zamora’ como el escalón superior de Jésica González en la estructura distributiva de los beneficios, sino que existen pruebas fílmicas de esta situación”.

Las pruebas evaluadas en la causa
Las pruebas evaluadas en la causa

Esas filmaciones mostraban a un gran número de personas que se acercan para solicitar la asignación de un plan social y son atendidos por diversas personas de la agrupación que los hacen llenar planillas con sus datos. En numerosas tomas de ese video se ve a la imputada Zamora fiscalizando personalmente la registración de los ciudadanos para obtener los planes sociales. Puntualmente, Zamora caminaba entre los encargados de recabar los datos del público dentro del local de “Pueblo Militante”, retirar y agrupar las planillas, saludarse con otros integrantes de la agrupación y evacuar consultas.

Para el tribunal, esta prueba que fue obtenida en el propio domicilio de la imputada corrobora las declaraciones de los testigos que colocaron a Zamora como aquella funcionaria del Municipio de José C. Paz a cargo de la distribución de los planes sociales asignados a la cooperativa “Donde hay una necesidad hay un derecho”. Ella daba la autorización acerca de la concesión y también decidía su revocación.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de San Martín impuso a las acusadas cinco años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el mismo tiempo de la condena. En la causa hubo otros condenados a penas menores. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia. Las defensas presentaron un recurso extraordinario a la Corte Suprema, pero esta semana los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimaron los planteos.

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