Juicio por la muerte de Alejandro Cohn: hoy alegarán las defensas y el juez fijará fecha para su veredicto

Los seis médicos que quedaron imputados por la fiscalía y la querella bajo el delito de homicidio culposo darán su versión de los hechos. Tendrán su oportunidad también para brindar sus últimas palabras antes del cierre del debate

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Este jueves será el turno de los alegatos de los ahora seis médicos imputados: Toro Solano, Sánchez, Setti, Seijo, Quiroga y Montagna (Maximiliano Luna)
Este jueves será el turno de los alegatos de los ahora seis médicos imputados: Toro Solano, Sánchez, Setti, Seijo, Quiroga y Montagna (Maximiliano Luna)

En el marco de la última audiencia antes del veredicto final, las defensas de los ahora seis médicos imputados por la muerte de Alejandro Cohn (35), ocurrida el 29 de julio de 2015, tendrán desde las 9 de la mañana de este jueves la oportunidad para alegar frente al juez Facundo Ocampo luego de la ronda de alegatos del fiscal Diego Molina Pico y el querellante Juan Carlos García Dietze, quienes pidieron penas de prisión de hasta cinco años por el delito de homicidio culposo.

Al comienzo del debate los defensores adelantaron que pedirían, llegado el momento de alegar, la absolución de sus defendidos. A su término será el tiempo de las réplicas de las contrapartes, en caso de que existan. Después el titular del Juzgado en lo Correccional N°4 de San Isidro dará lugar a los acusados para que brinden, si así lo eligen, las últimas palabras antes de concluir con el proceso. Si optan por hablar no podrán referirse a los hechos juzgados durante el juicio, iniciado el 16 de abril pasado. Luego de esa instancia, el juez Ocampo fijará la fecha de la sentencia, cuyo plazo está reglado en tres días, pero se prevé que hará uso de una ampliación de tiempos.

En rigor, el juicio tuvo como eje esclarecer lo que le ocurrió a Alejandro, hermano menor del célebre cineasta Mariano Cohn (48), quien ingresó el 27 de julio de 2015 al Hospital Municipal Melchor Posse a raíz de una descompensación diabética y terminó, dos días después, y previo traslado al Hospital Italiano de la ciudad de Buenos Aires, con muerte cerebral, una escoriación en la cabeza y múltiples fracturas de momento inexplicables. El 29 de julio a las 8 de la mañana, ya enterada de la situación, la familia Cohn tomó la decisión de desconectar al joven de la asistencia mecánica respiratoria, y a las 22 de ese día, el cuerpo fue trasladado a la morgue judicial. La causa se inició por una denuncia por “muerte dudosa” presentada en la comisaría por el subjefe de Terapia Intensiva del Italiano, Sergio Giannasi.

Luego de las palabras finales de los acusados, el juez Facundo Ocampo fijará fecha para su veredicto (Maximiliano Luna)
Luego de las palabras finales de los acusados, el juez Facundo Ocampo fijará fecha para su veredicto (Maximiliano Luna)

La instrucción de la causa estuvo en manos de la fiscal Carolina Asprella, quien en 2019 requirió a juicio a los médicos del hospital municipal acusados de haber intervenido con malas praxis -por acción u omisión- durante el tránsito de Alejandro por el centro de salud. De ese modo, Marcelo Toro Solano, Ana Sánchez, Carla Setti, María Quiroga, María Seijo, Marina Vogelin, Maximiliano Ragazzoli, Darío Campos y Martín Montagna llegaron al debate oral imputados por los delitos de homicidio culposo y sustracción de elementos de prueba -en tanto la hoja de enfermería de los boxes de guardia de aquel 27 de julio nunca apareció.-

Sin embargo, la semana pasada, al momento de los alegatos, tanto la fiscalía como la querella que representa a los padres de la víctima -Mario Cohn y Beatriz Arroyo- y a su hermano Mariano Cohn, retiraron la acusación respecto al delito de eliminación de pruebas por falta de elementos para atribuir responsabilidades. Por consiguiente, el juez dictó esa misma jornada la absolución de todos los imputados bajo ese cargo. Lo mismo ocurrió con el delito de homicidio culposo, donde Darío Campos, María Voguelin y Maximiliano Ragazzoli quedaron liberados por falta de imputación. Ninguno de estos tres profesionales estará obligado a seguir asistiendo a los Tribunales de San Isidro, en la calle Ituzaingó 340.

El caso de Martín Montagna fue singular, ya que, quien se desempeñaba como jefe de Guardia en el Hospital de San Isidro durante el momento de los hechos no fue responsabilizado por el fiscal Molina Pico, pero sí quedó acusado en manos del querellante García Dietze, por lo que la defensa del médico cirujano deberá alegar este jueves.

El fiscal Molina Pico y el querellante García Dietze (Maximiliano Luna)
El fiscal Molina Pico y el querellante García Dietze (Maximiliano Luna)

Así las cosas, la fiscalía pidió para Toro Solano, el médico que auxilió a Alejandro con la ambulancia tras su descompensación en la vía pública y lo ingresó en la guardia, cinco años de cárcel -la máxima sanción prevista para este delito- y ocho años de inhabilitación especial para ejercer la medicina. Para el fiscal Molina Pico el imputado no llevó a cabo la “atención primaria” correspondiente, lo que llevó a que el cuadro clínico se agravara. El querellante, a su vez, solicitó la misma pena de cárcel, agregó dos años más respecto a la inhabilitación de la matrícula y requirió su prohibición para salir del país en razón de su nacionalidad boliviana.

Las médicas Sánchez y Setti, ambas en la guardia junto a Toro Solano, quedaron imputadas por el Ministerio Público Fiscal a tres años de prisión condicional y cinco de inhabilitación profesional. Las dos fueron señaladas por la falta de atención médica al momento de cubrir sus puestos de trabajo: “La desidia en la atención complicó el cuadro de salud de Alejandro, que lo llevó a descompensarse –pasadas las 21:47-, entrar en shock con deterioro del sensorio y convulsión, por lo que fue llevado al sector de shock room de la guardia”, dijo el fiscal durante su alegato. La querella pidió las mismas penas pero sin su carácter condicional.

Seijo y Quiroga, en tanto, recibieron un pedido de prisión de la fiscalía de tres años de ejecución condicional y cinco de inhabilitación de la matrícula -el representante de la familia Cohn coincidió, aunque sin la condicionalidad- por haber asumido, como residentes de tercer año de medicina, la responsabilidad de estar a cargo, ese 27 de julio, del shock room, un área de atención crítica donde, en los términos del fiscal, “la vida pende de un hilo”.

El cineasta Mariano Cohn, en compañía del actor Luis Brandoni y del guionista Gastón Duprat en la primera audiencia del juicio (Carlos D'Elia)
El cineasta Mariano Cohn, en compañía del actor Luis Brandoni y del guionista Gastón Duprat en la primera audiencia del juicio (Carlos D'Elia)

Al respecto, Molina Pico expresó: “Estando en el shock room de la guardia, no fue debidamente asistido por las médicas que estaban a cargo de ese sector, las doctoras María Soledad Seijo y María Viviana Quiroga, quienes se limitaron a asistirlo con el ambú -mientras llamaban a los médicos de terapia intensiva-, lo que agravó aún más el cuadro de Alejandro, quien entró en paro cardiorrespiratorio. A consecuencia de todo ello, Alejandro sufrió muerte cerebral determinada, finalmente, el 29 de julio de 2015 a las 08:00 hs, siendo la causa de su deceso la encefalopatía hipóxico isquémica”.

Por último, García Dietze reprochó la conducta de Montagna, a quien le atribuyó tener un “rango superior en materia de control médico” como jefe de Guardia al momento de los hechos. El abogado se diferenció, en este plano, del fiscal Molina Pico, quien durante su exposición decidió levantar la acusación del cirujano luego de evaluar que no tenía competencia para distribuir los recursos humanos de la guardia y por tener comprobado que en ese horario el médico estaba operando a otra paciente por un problema de hernias.

Además, y como consecuencia de una solicitud de la fiscalía al cierre de su exposición, al finalizar el debate oral se remitirán las actuaciones y las filmaciones del juicio a la Fiscalía de Instrucción correspondiente para que se lleve a cabo una investigación respecto al trato que le dispensaron a Alejandro las enfermeras Nancy Flores y Erlith Valverde Rivera, ambas presentes en la guardia durante el ingreso de la víctima al centro de salud municipal.

El cineasta asistió a todas las audiencias del juicio por la muerte de su hermano (Maximiliano Luna)
El cineasta asistió a todas las audiencias del juicio por la muerte de su hermano (Maximiliano Luna)

De acuerdo a las pericias, Alejandro murió por causa de una encefalopatía hipóxica isquémica, es decir, falta de oxígeno en el cerebro. Los registros de su entrada al hospital tras frenar con su moto para vomitar dan cuenta de que estaba “lúcido y orientado”, con una escala de Glasgow 15/15, pero con náuseas, “sudoración profusa” y “distonía muscular”. La hipótesis de la acusación establece que la falta de atención primaria y de cuidados básicos -con suero para compensar el azúcar en sangre- llevó a que el joven sufriera convulsiones y, minutos después, un paro cardiorespiratorio. Al momento de la autopsia Alejandro presentaba una luxofractura de vértebra cervical, una luxofractura de vértebra torácica, fractura de clavícula, fracturas de cuatro costillas derechas y una escoriación en el cráneo, entre otras lesiones.

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