Caso Cohn: ordenaron una inspección en el hospital y los acusados decidieron no declarar

Todo surgió de la séptima audiencia del juicio oral por la muerte de Alejandro, hermano del reconocido cineasta Mariano Cohn. Declaró la ex directora del centro de salud municipal y hubo otro pedido de ampliación de prueba. Se acercan los alegatos de cierre

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La sala grande de audiencias
La sala grande de audiencias en los tribunales de San Isidro donde se desarrolla el juicio por la muerte de Alejandro Cohn (Fotos: Maximiliano Luna)

A menos de dos semanas de los alegatos de cierre, las defensas de los nueve médicos imputados por la muerte de Alejandro Cohn (35) adelantaron que no harán uso de su derecho a declarar en el juicio que los tiene en el banquillo por los delitos de homicidio culposo y eliminación de pruebas. Así surgió de la séptima audiencia realizada en los Tribunales de San Isidro, donde además el juez Facundo Ocampo fijó una inspección ocular en el Hospital Central de San Isidro para el próximo martes a las 9 de la mañana.

El debate a cargo del Juzgado Correccional N°2 de San Isidro comenzó el 16 de abril e intenta echar luz sobre lo que le ocurrió a Alejandro, hermano menor del multipremiado cineasta Mariano Cohn, que el 27 de julio de 2015 a la noche ingresó por una descompensación diabética a la guardia del hospital municipal “Melchor Posse”, adonde llegó “orientado y lúcido”, y terminó, dos días después, con múltiples fracturas y muerte cerebral detectada, luego de un traslado, en el Hospital Italiano de la Capital Federal.

A lo largo de la instrucción penal de la fiscal Carolina Asprella, desarrollada entre 2015 y 2019, los distintos imputados por mala praxis fueron realizando descargos donde negaron su responsabilidad en los hechos. Desde que inició la etapa oral se especulaba con que alguno de los nueve médicos se sentara en el recinto frente al juez para contar su versión y participación en aquellos días. Y es que hay detalles en la cronología de la atención al paciente durante su internación que quedaron incompletos u omitidos, o fueron extraídos.

El martes se realizará una
El martes se realizará una inspección ocular al hospital municipal de San Isidro por disposición del juez Ocampo (Municipalidad de San Isidro)

Tal es el caso de la hoja de enfermería de guardia, donde se constata cómo llega el paciente al centro de salud y qué terapéutica se le aplica. Nunca apareció en el expediente. También está ausente el horario de ingreso de Alejandro a los boxes en la historia clínica que confeccionó el médico Marcelo Toro Solano, encargado de auxiliarlo en la ambulancia desde la Avenida de la Unidad Nacional y la calle Lima, en Martínez, donde el joven se bajó de su moto para vomitar por una desregularización de su azúcar -era diabético insulino dependiente-. Se estima que entró a los boxes de atención alrededor de las 21.

A raíz de esas falencias, no está claro el tiempo que permaneció el paciente en la zona de guardia ni quién quedó a su cuidado y qué medidas tomó. De lo que ocurrió luego en la sala del shock room -tras un posible episodio convulsivo- se dejó registro en la documentación que se labró más tarde en la Unidad de Terapia Intensiva (UTI), desde donde los profesionales asentaron un relato retrospectivo; el Report de enfermería del shock room tampoco fue hallado. Incluso el ex intendente de San Isidro, Gustavo Posse, ordenó por decreto su reconstrucción en septiembre de 2017.

Así las cosas, los distintos abogados que defienden a los nueve imputados le anunciaron al juez que sus defendidos no declararán en lo que resta de las audiencias. El primer alegato, por consiguiente, quedó previsto para el martes 21 de mayo y estará a cargo del fiscal Diego Molina Pico, seguido por el del querellante Juan Carlos García Dietze, representante de la familia Cohn en el proceso.

El cineasta Mariano Cohn y,
El cineasta Mariano Cohn y, a su derecha, el querellante Juan Carlos García Dietze (Maximiliano Luna)

Pero aún faltan algunas pruebas por producirse, ya que, a pedido de la acusación, el próximo martes todas las partes se harán presentes en el Hospital de San Isidro, en la Avenida Santa Fe 431, para observar cómo está armada la guardia, a qué distancia queda del shock room y dónde se ubica la sala de terapia intensiva, desde donde el paciente fue trasladado el 29 de julio a las dos de la madrugada hacia el Hospital Italiano, cuyos estudios darían cuenta, unas horas después, de que Alejandro presentaba muerte encefálica, además de la clavícula y cuatro costillas derechas rotas y una luxofractura de la sexta vértebra cervical, entre otras lesiones. Como consecuencia de esos hallazgos, el subjefe de Terapia Intensiva del hospital de CABA, Sergio Gianassi, presentó una denuncia policial por “muerte dudosa”.

Este martes, en tanto, el magistrado resolverá sobre un pedido que hizo la querella para llamar a declarar al exdirector de Salud de la Municipalidad de San Isidro, Juan Viaggio, quien para la familia Cohn podría esclarecer, como funcionario con autoridad sobre el hospital, cómo era el manejo y archivo de las historias clínicas, quién era el encargado de distribuir los recursos humanos durante las guardias y qué rol cumplían los residentes en el centro de salud, ya que dos de las imputadas, Quiroga y Seijo, cursaban su tercer año de residencia médica al momento de los hechos. Tras el planteo de García Dietze, todas las defensas se opusieron por considerar que convocar al testigo sería “dilatorio” y que no resultaría “útil ni conducente”.

Séptima jornada

La séptima jornada este jueves en los tribunales de Ituzaingó 340 inició 9.15 con un primer testigo. Ante la sala colmada de familiares de todas las partes, y con la asistencia perfecta de Mariano Cohn en compañía de sus padres -Mario y Beatriz Arroyo- y de su compañero creativo Gastón Duprat, se sentó en la sala grande de audiencias el neurocirujano Joaquín Pérez Zabala, quien el 28 de julio de 2015 respondió a una interconsulta de terapia intensiva donde determinó, en base a una tomografía axial computarizada del cerebro, que no había nada que le llamara la atención para operar quirúrgicamente al paciente.

A esa altura de los acontecimientos, Alejandro ya estaba en UTI con respirador artificial y en coma inducido, una cricotomía, un derrame de sangre y líquido hemático en la zona del pulmón derecho -hemotórax- y en recuperación tras sufrir un paro cardiorrespiratorio durante su paso por el shock room. Además recibía fármacos por sonda para estabilizar su presión arterial.

En ese marco, Pérez Zabala señaló que en la TAC notó un “edema incipiente” que era “esperable en pacientes que sufren estos procesos”. Luego aclaró: “Yo no tenía clara la etiología. Yo lo que evaluaba era si había alguna lesión que requiriera de alguna conducta desde el punto de vista quirúrgico, y como no la encontré, no tuvimos que avanzar en forma activa”.

En la fila de atrás,
En la fila de atrás, los médicos imputados Montagna, Seijo, Quiroga, Vogelin, Ragazzoli, Toro Solano y Campos: faltan Sánchez y Setti (Maximiliano Luna)

Poco después precisó: “El paciente -en ese momento- ya estaba recibiendo soporte vital para que pudiera mantenerse con vida. Ya se encontraba, a mi entender, con la terapéutica necesaria: estaba asistido mecánicamente, profundamente sedado, con un manejo adecuado de la presión arterial y la frecuencia cardíaca (...). -Alejandro- tenía una respuesta neurológica positiva, reflejos corniales y pupilas hiporreactivas. Era un paciente en estado grave que se estaba estudiando”.

A su término, compareció Susana Guidi Rojo, quien fuera en 2015 la directora del Hospital “Melchor Posse”. Su testimonio duró cerca de dos horas y dio cuenta, entre otros asuntos, de cómo era el diagrama organizativo del centro de salud en ese entonces. Explicó que los residentes tenían un día a la semana que cumplían una guardia contratados en calidad de médicos, y que los boxes de esa noche del 27 de julio estaban cubiertos por el doctor Toro Solano, que salió en el auxilio y trajo al paciente, y las doctoras Sánchez y Setti. Dijo también que todos actuaban “como un equipo”.

Bajo ese contexto, criticó a Toro Solano por cuanto no dejó constancia escrita del tratamiento a brindarle al paciente cuando lo ingresó al sector de guardia, ni asentó a quién le transfirió la responsabilidad de su cuidado cuando él salió a atender otra urgencia. “Si le hubiese entregado el paciente a otro médico debería estar la firma. ¿Dónde está la firma? Yo no la veo”, manifestó Guidi Rojo, actualmente jubilada y con 52 años de ejercicio dentro del hospital municipal.

 La ex directora del
La ex directora del Hospital "Melchor Posse", Susana Guidi Rojo (DyN)

Luego, con énfasis, insistió: “Toro Solano tenía que entregarle el paciente a una de las otras dos médicas de la guardia. O comentar: ‘dejo un paciente acá, está en alerta amarilla, contrólenlo’...El médico tiene que escribir todo lo que hace, salvo que sea una emergencia, pero eso no era una emergencia, era una urgencia que después pasó a ser una emergencia porque se agravó el paciente. Si no le entrega el paciente a ningún otro médico, queda a cargo de las enfermeras, que están yendo y viniendo todo el tiempo, pero no podemos darle esa responsabilidad a la enfermera. Era un caso para hablar con los médicos. Hay que dar las alertas y transferir las responsabilidades”.

Ante una pregunta del fiscal Molina Pico, Guidi Rojo precisó que su jefe directo era el funcionario municipal Viaggio, con quien aseguró tener diálogo por ser de quien recibía los insumos y la parte tecnológica para el hospital. A su vez no recordó la existencia de cámaras de seguridad en ninguno de los sectores del complejo hospitalario. Y explicó que las historias clínicas durante su gestión se guardaban en unas “jaulas” del subsuelo del hospital, pero que ella nunca quiso “asumir la responsabilidad” de tener la llave, por lo que la tenían los de la “vigilancia tercerizada”.

Con respecto a la ausencia del libro del shock room, la testigo expresó: “No me parece bien. Los médicos tienen que escribir lo que viven, lo que atienden y lo que hacen, y acá falta una parte. Falta la parte de la atención de las médicas del shock room -Quiroga y Seijo-. No me parece bien que no esté. Considero que es un error, un error administrativo importante. Pero no hubo falta de atención, porque las médicas lo atendieron. En esa emergencia, ellas no pudieron entubar, actuaron los médicos de terapia intensiva -Ragazzoli y Vogelin-, y a lo mejor después ya lo subieron al paciente a UTI -en el segundo piso, donde horas después quedaría a cargo de Campos-. Ellas tendrían que haber escrito lo que pasó, esa es la realidad: es un error”.

Alejandro y Mariano Cohn (Archivo)
Alejandro y Mariano Cohn (Archivo)

En un cuarto intermedio, Infobae pudo dialogar con Mariano Cohn (48), quien comentó: “Guidi Rojo fue la directora del hospital de San Isidro hasta el 2019. Quedó a la vista en la audiencia el caos y desorganización que se vivía ahí. Si entrabas a la guardia era una lotería que te curen o te dejen abandonado. Esta señora parecía un personaje de Gasalla (era una mezcla de la empleada pública con la maestra que hacía el cómico)”.

Y añadio: “Desde el comienzo intentó limpiarse de culpa y cargo, diciendo que ella era la directora del hospital pero que no tenía responsabilidad médica, queriendo atribuir la responsabilidad exclusivamente a los residentes que estaban en la guardia y al médico de la ambulancia. Pero esa teoría se le cayó a pedazos con las preguntas cruzadas de los abogados y la querella. Lo bueno es que su declaración quedó grabada por las cámaras que hay en la sala, frente al fiscal y al juez”.

Reanudada la sesión pasado el mediodía, brindaron testimonio dos médicos convocados por la defensa de Montagna, designado ese lunes 27 de julio como jefe del Servicio de Guardia. Se trata de Juan Uboldi y Jorge Nakane, quienes manifestaron que al momento del ingreso de Alejandro al hospital ellos estaban junto a Montagna -en su rol de cirujano- en el área de quirófanos operando a una paciente por un problema de hernias. Según la documental, esa intervención quirúrgica duró hasta las 22:45.

Por otro lado, ninguno de los dos delitos que se les endilga a los imputados supera los cinco años de cárcel. El delito de homicidio culposo, por caso, está regulado en el artículo 84 del Código Penal (CP) y reprime con una pena de uno a cinco años de prisión al que “por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo causare a otro la muerte”. También sanciona con una “inhabilitación especial” por cinco a diez años.

El delito de violación de medios probatorios -artículo 255 del CP- establece una sanción de un mes a cuatro años de prisión para el que “sustrajere, alterare, ocultare, destruyere o inutilizare en todo o en parte objetos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente (...)”.

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