La sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, integrada por los jueces Horacio Días y Eugenio Sarrabayrouse, revocó la condena que había recibido el policía Luis Chocobar en el año 2021 por su intervención en un hecho sucedido en el barrio porteño de La Boca, en el que abatió a un delincuente menor de edad. Los magistrados ordenaron sortear un nuevo tribunal para hacer otro juicio oral.
Fue un tribunal de Menores el que condenó a Chocobar como autor del delito de homicidio agravado en exceso del cumplimiento del deber. La pena fue de dos años de prisión y cinco de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos. Esa fue la sentencia que fue anulada este lunes.
Casación anuló la condena a Chocobar porque los fundamentos de los jueces del Tribunal Oral de Menores N°2, Jorge Ariel Apolo, Fernando Pisano y Adolfo Calvete, fueron autocontradictorios respecto de la conducta de Chocobar. “Surgen evidentes y serias inconsistencias y contradicciones internas en cada uno de los votos; y también externas, pues tal como plantea la defensa en su recurso, los tres votos afirman circunstancias distintas sobre aspectos medulares del hecho atribuido a Chocobar”, señalaron los magistrados de la sala II en la resolución a la que accedió Infobae.
El hecho ocurrió la mañana del 8 de diciembre de 2017, cuando Juan Pablo Kukoc y otro menor de edad -J.M.P.R.- intentaron robarle la cámara de fotos al turista estadounidense Frank Joseph Wolek en el barrio porteño de La Boca mientras fotografiaba los murales de calle Garibaldi, entre las calles Suárez y Olavarría.
Wolek se resistió al robo y fue apuñalado: quedó muy malherido. Luego, el policía Chocobar salió a perseguir al delincuente y, en ese contexto, disparó y lo mató.
En el juicio oral, Chocobar fue condenado por ser autor del delito de homicidio agravado en exceso del cumplimiento del deber y J.M.P.R. recibió la pena de nueve años de prisión por el delito en tentativa de homicidio criminis causa y robo contra Wolek.
El caso había generado una gran conmoción pública y la entonces ministra de Seguridad durante el gobierno del PRO, Patricia Bullrich, respaldó públicamente a Chocobar. El policía, incluso, hizo una visita a la Casa Rosada en la que se reunió con el entonces presidente Mauricio Macri.
Pero tras la condena, la defensa a cargo del abogado Fernando Soto apeló el fallo. Y en marzo pasado se presentó en una audiencia para pedir la revocatoria. Les dijo a los jueces que “no hubiese querido que muriera” Kukoc, a quien le disparó cuando huía tras asaltar a un turista estadounidense.
La querella insistió en que reclamar una condena por homicidio doblemente agravado por haber sido cometido cuando Kukoc huía y no representaba un peligro, y por haber sido cometido por un integrante de una fuerza de seguridad.
Los fundamentos del fallo
La Cámara de Casación confirmó este martes la condena a nueve años de prisión para J.M.P.R., ya que los jueces rechazaron todas sus apelaciones. Pero el tribunal sí aceptó la apelación de la defensa del policía. Los magistrados entendieron que los votos de los jueces del tribunal oral eran contradictorios entre sí sobre la conducta de Chocobar y que, por lo tanto, no había una mayoría de fundamentos para sostener el fallo.
Casación señaló que cada uno de los tres jueces del tribunal oral expuso en sus fundamentos distintas circunstancias sobre la conducta de Chocobar a la hora de efectuar los disparos cuando persiguió a Kukoc.
“No hay modo de conciliar una primera versión, según la cual seis de un total de siete disparos se realizaron por un intento de ataque y un último para cesar la huida del agresor; una segunda versión que presenta cuatro disparos dirigidos con el fin de cesar la huida, precedidos de otros tres al aire, intimidatorios; y una tercera que contempla tres disparos al aire, intimidatorios, y otros cuatro realizados interpretando erróneamente un ataque inminente”, resumió Casación las tres posturas de los fundamentos.
Los magistrados agregaron que “las auto-contradicciones y déficits en la fundamentación de los tres jueces impiden conocer qué es lo que se representó Chocobar concretamente con relación al homicidio; si hubo un enjuiciamiento serio del riesgo que introdujo; o si lo minimizó, a tal punto que no cabría formular una imputación dolosa”.
“El repaso evidenciado nos muestra que, partiendo de un problema de falta de mayoría sustancial de fundamentos, llegamos a la conclusión de que también se desconoce cuál es el criterio de cada uno de los jueces en torno a la imputación subjetiva del resultado, porque los ‘zigzagueos’ y las ‘oscilaciones’ nos obturan esa labor”, concluyeron los magistrados de Casación.
El tribunal también destacó “la ausencia de la más elemental claridad en la argumentación de la sentencia” y de un “déficit de motivación lógica en la sentencia judicial”.
Así, Casación anuló el fallo respecto a Chocobar, apartó al Tribunal Oral de Menores N°2 y ordenó que se sortee un nuevo tribunal para que realice otro juicio oral.