La Cámara Federal de San Martín revocó una resolución que ordenaba tramitar como amparo colectivo el reclamo de los afiliados del Hospital Italiano por el aumento de las cuotas de salud en base al decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70 de desregulación de la economía que dictó en diciembre pasado el gobierno nacional de Javier Milei.
El tribunal dijo que no se cumplen los requisitos que estableció la Corte Suprema de Justicia de la Nación para los procesos colectivos.
Se trata del caso de una mujer de 78 años que presentó un amparo en el que se dictó una medida cautelar a su favor para que se retrotraiga el valor de la cuota. A ese planteo se sumaron otros afiliados y se generó un proceso colectivo. Pero la decisión fue apelada y hoy la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, integrada por los jueces Pablo Barral y Alberto Lugones, revocaron la decisión.
“Este Tribunal advierte que en el presente proceso no se verifica la efectiva concurrencia de todos los requisitos establecidos por la jurisprudencia de nuestro Máximo Tribunal para la procedencia del proceso colectivo intentado”, sostuvieron los magistrados en su resolución.
Los jueces reconocieron que existe “una causa fáctica común, cuya pretensión estaría enfocada en los efectos colectivos de ese hecho” también remarcaron que “la magnitud de los intereses individuales en juego sí justificaría la promoción de acciones autónomas”.
Y agregaron que “no debe perderse de vista que, tratándose de un vínculo de naturaleza contractual entre privados, cada afiliado deberá demostrar la irracionalidad de los montos mensuales reclamados en razón de la dimensión pecuniaria que irrogarían los aumentos cuestionados en su patrimonio”, señalaron en otro párrafo de su resolución. De esta forma revocaron la medida cautelar de quienes se sumaron al amparo colectivo y solo mantuvieron a la de la afiliada que se presentó en primer término.
El Gobierno había dispuesto hace dos semanas una medida de tutela anticipada para retrotraer los aumentos de las cuotas porque la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia entendió que hubo una cartelización de las empresas luego que los precios del mercado fueron liberados por el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70 que el gobierno dictó en diciembre pasado.
En paralelo, la Superintendencia de Seguros de Salud (SSS) inició un amparo en el que solicitó que se dicten medidas cautelares para se deje sin efecto los aumentos y el valor de las cuotas vuelva a diciembre, se fijen los incrementos con un índice que la justicia establezca y que se devuelva el dinero cobrado.
La SSS presentó en la causa un cuadro que detalla que de enero a abril la inflación de medicamentos fue del 70,82 por ciento, la de costos de salud el 76,66% y el IPC de 90,18%. Mientras que en ese período el incremento de la cuotas de las prepagas alcanzó el 145,72%. La empresa que menos aumentó lo hizo en un 117,73% y la que más en 165,06%.
En tanto, las prepagas se presentaron en la causa y defendieron el aumento. Por ejemplo, Sancor Salud sostuvo que “sin perjuicio de los derechos que posee la Comisión Directiva de Asociados de fijar incrementos en los aportes sociales; ha quedado demostrado que estos derechos se han ejercitado con absoluta razonabilidad con debido sustento en variaciones de la estructura de costos derivados de razonables cálculos”, expuso la empresa.