La Cámara Federal de Casación Penal, con la firma de los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Hernán Borinsky, confirmó por unanimidad la sentencia condenatoria del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2 de Rosario que impuso a Iván Osvaldo Ortega la pena de cuatro años de prisión por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
La resolución se firmó el mismo día en que los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal se reunieron con sus colegas de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario con el fin de tomar una serie de medidas ante la inminente entrada en vigencia del Código Procesal Penal Federal en esa ciudad.
La investigación en cuestión tuvo su origen el 8 de agosto de 2017, cuando en un procedimiento policial realizado en la intersección de las calles José Ingenieros y Cullen, de Rosario, se detuvo al imputado y se le secuestró un envoltorio de nylon con cocaína, con un peso de 84,91 gramos, que le fue incautado en el interior de la camioneta Pick-up Ford Ranger dominio NYU605 que conducía Ortega durante el transcurso del procedimiento. A su vez, se realizó un allanamiento en su domicilio, donde se secuestraron 89 envoltorios de marihuana con un peso de 102,35 gramos; otro trozo compacto de marihuana con un peso de 209,26 gramos; y una bolsa con cocaína en su interior, con un peso de 153,01 gramos.
En su voto, el juez Gustavo M. Hornos remarcó que “en el desarrollo de la sentencia cuestionada no se advierten fisuras, ya que el sentenciante, en uso de sus propias facultades, escogió, valoró e hizo convicción sobre las pruebas e indicios serios, precisos y concordantes que analizó en su decisorio, brindando los esenciales y fundamentales argumentos para fundamentar su conclusión; toda vez que no surgen dudas sobre la participación y responsabilidad criminal de Iván Osvaldo Ortega en los hechos juzgados”. En el marco de dicha sentencia, dictada en octubre del año pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº2 de Rosario, también se dispuso el decomiso de una camioneta Ford Ranger 2 DC 4x4, teléfonos celulares, balanzas y dinero oportunamente secuestrado.
En ese sentido, la sala IV de Casación remarcó que los argumentos de la defensa de Ortega resultan insuficientes para descalificar la resolución cómo “arbitraria”, toda vez que han sido correcta y fundadamente valorados para asegurar su participación y responsabilidad en los hechos investigados. Tal fue el criterio del camarista Carbajo, que en su voto consideró que el fallo apelado “exhibe un plexo probatorio contundente que ha sido críticamente examinado por el a quo mediante una argumentación lógica que no ofrece fisuras, y que ha permitido arribar a la certeza respecto de la materialidad del hecho y del grado de intervención que en él le cupo al imputado”.
A su vez, el juez Borinsky se adhirió a la postura de su colega Hornos y agregó que los planteos que esgrimió el abogado del imputado “no resultan novedosos, en tanto constituyen una reedición de aquellos que la defensa formuló en iguales términos durante el debate oral, y fueron respondidos por parte del tribunal de mérito en el fallo bajo análisis. Por su lado, la defensa no se ha hecho cargo de rebatir cada uno de los argumentos expuestos al respecto en la resolución que impugna, dejando entrever una disconformidad que carece de aptitud para conmover lo allí resuelto. No ha brindado argumentos novedosos ni suficientes en su presentación recursiva para demostrar error o desacierto en el razonamiento seguido por el tribunal de juicio”.
De ese modo, el máximo tribunal penal del país rechazó el recurso de casación presentado por Ortega, cuya sentencia condenatoria en su contra de cuatro años de cárcel y 112.500 pesos de multa quedó firme.