La justicia argentina ya no busca más a uno de los sospechosos que estaba prófugo por la voladura de AMIA. En junio pasado, el entonces juez de la causa, Daniel Rafecas, había ordenado la captura de cuatro sospechosos de haber colaborado con la planificación del atentado junto a la agrupación Hezbollah de la masacre de la mutual judía, ocurrida hace casi 30 años. Entre ellos estaba Ali Hussein Abdallah. Sin embargo, el buscado murió por COVID en El Líbano durante la pandemia, antes de que se ordenara su detención, revelaron a Infobae fuentes judiciales.
Se trata de uno de los prófugos que la justicia argentina había puesto en la mira para poder interrogarlo. Su imputación llegó a 28 años del atentado, en base a las pruebas que trabajó la fiscalía junto con la justicia brasileña. Infobae publica el documento del acta de defunción que se envió a la Justicia argentina.
A raíz de esta información, el fiscal de la UFI-AMIA Sebastián Basso planteó el nuevo escenario en el expediente. “El objeto de esta presentación es solicitarle que declare extinguida la acción penal respecto de Ali Hussein Abdallah - (a) “el alto”, “el Tawil” o “Alí El Taweel”, nacido el 10 de marzo de 1956 en Kayla, El Libano, hijo de Hussein y Halimi (alias Elvira), cédula de identidad paraguaya 1.110.808, naturalizado brasileño el 8 de julio de 1999, nro. de identificación tributaria brasileño 414.641.929-87, CNH 857133638, documento de identidad 41051680, cédula 109643371, documento de viaje 53230 y RNM V0801590, pasaporte FA001215-, difusión roja A5527/6-2023 por haberse acreditado su muerte y que se lo sobresea por aplicación del art. 336 inc. 1ro. del Código Procesal Penal, en función del art. 59 inc. 1ro. del Código Penal”, dice el dictamen al que accedió este medio.
A Alí Hussein Abdallah se lo acusó de “formar parte y/o cooperar con la organización criminal de carácter militar, denominada brazo armado y clandestino de Hezbollah, que se instaló en la zona denominada Triple Frontera, al menos desde fines de los años ochenta del siglo veinte y hasta la actualidad, y que facilitó las actividades de los agentes operativos de la asociación delictiva para perpetrar los atentados con explosivos en la ciudad de Buenos Aires, los días 17 de marzo de 1992 y 18 de julio de 1994″. El dictamen remarcó que estos atentados provocaron más de cien muertos y 600 heridos y fueron realizados con el indudable propósito de denigrar y agredir a la comunidad judía de la República Argentina y al Estado de Israel.
De acuerdo a la investigación, el rol de Abdallah se evidenció en el aporte que realizó para que uno de los agentes operativos, Salman Raouf Salman, tuviera un domicilio válido en Ciudad del Este, Paraguay, y de esa manera, cumpliera con los requisitos indispensables para acceder de manera ilícita a la nacionalidad paraguaya.
“De esa forma, al lograr una nueva identidad falsa, le facilitó un desplazamiento sigiloso y oculto ante las autoridades para transitar por distintas partes de Latinoamérica. En concreto, facilitó a Salman el domicilio de Edificio Progreso, ubicado en Monseñor Rodríguez y Pampliega, sexto piso, depto. “C”, de Ciudad del Este, edificio este en el que Alí Abdallah era propietario de dos unidades en ese piso”, advertía la acusación.
En noviembre de 2022, el fiscal Basso solicitó al juez Rafecas su indagatoria y captura nacional e internacional. El 13 de junio de 2023, Rafecas firmó esa orden junto a la de otras tres personas: Hussein Mounir Mouzannar, Farouk Abdul Hay Omairi y a Abdallah Salman (alias) José El Reda, tal como informó entonces Infobae. En agosto, se dispuso la rebeldía de todos. En octubre, el juzgado vacante que lleva la causa AMIA quedó en manos del juez Ariel Lijo.
La División de Investigación Federal de Fugitivos y Extradiciones del Departamento INTERPOL reportó el fallecimiento de Abdallah, con el acta de defunción del nombrado en idioma árabe. Ante ello, la UFIA AMIA le solicitó al Sr. Director General de Inteligencia Criminal e Investigaciones de la Gendarmería Nacional Argentina, la colaboración del personal a su cargo para poder llevar a cabo la traducción. Allí se detalló: “Ali Hussein Abdallah falleció el 20 de noviembre del 2020 en el Líbano, en la localidad Al Ghobairi, Baabda, en el Hospital Universitario Al Hariri, a causa de un paro cardiorrespiratorio, habiendo contraído coronavirus”.
Frente a ello, el fiscal entendió que correspondía declarar extinguida la acción penal por muerte: solicita se deje sin efecto su rebeldía y se ordene la suspensión de las inscripciones de captura nacional e internacional. El 11 de marzo pasado, el juez Lijo firmó esa declaración para dar fin al proceso sobre Abdallah. Desde el 20 de marzo, la Secretaria General de Interpol procedió a dar de baja la notificación roja.
Otro de los buscados por el juez Rafecas fue detectado en Brasil: Farouk Abdul Hay Omairi, un hombre de casi 80 años, origen libanés y con residencia en la zona de la Triple Frontera que se hizo brasileño. Precisamente, Brasil ya dijo que por su legislación no entregará a un ciudadano suyo a la Argentina pero sí ofreció juzgarlo en sus tierras, tal como lo detalló Infobae en noviembre pasado. Eso es lo que debe resolver el Gobierno argentino. La respuesta de Brasil llegó en el último tramo de la gestión de Alberto Fernández. Vía Cancillería, el Ejecutivo de Javier Milei tiene la posibilidad de aceptar la oferta y rechazarla. Mientras no haya ninguna contestación, Brasil no puede avanzar porque no tiene caso, precisaron a Infobae las fuentes consultadas.
Un tercer implicado, Houssein Mounier Mouzannar, buscaba que se lo interrogara en la causa, pero desde El Líbano. Hasta el momento los planteos no tuvieron éxito. El consulado se negó a certificar la firma del imputado y su defensor, esencialmente porque se trata de un prófugo.
Un dato: el mismo día que en los portales de los diarios anunciaban la orden de captura de los cuatro nuevos buscados, Mouzannar salió de Paraguay. La noticia había sido adelantada por su abogado a una radio de ese país. Explicó que su cliente no tenía nada que ver con el ataque y que salió de Paraguay “para alejarse del peligro y que nosotros podamos trabajar tranquilos y no bajo presión”. Salió de Paraguay rumbo a Brasil, y de ahí abordó un vuelo con tickets que compró su esposa vía Doha a Beirut. Desde allí, y con los movimientos de un abogado argentino, hizo saber en la causa que no se fugó, que viaja habitualmente al Líbano para visitar a su madre enferma y que está a disposición para prestar colaboración.
El atentado y la investigación
El 18 de julio de 1994, a las 9:53, un coche bomba subió a la vereda e impactó contra el frente del edificio de la AMIA, en Pasteur 633. La camioneta Trafic llevaba en el furgón, entre los asientos y el buche de las ruedas traseras, una combinación de nitrato de amonio -con el agregado para potenciar el nivel de destrucción de aluminio-, un hidrocarburo pesado, trinitrotolueno (T.N.T.) y nitroglicerina. La carga explosiva fue similar a unos 300 o 400 kilos de TNT. El atentado mató a 85 personas.
Al borde de cumplirse 30 años de aquella masacre, la Cámara Federal de Casación Penal dictó hace dos semanas un fallo en donde absolvió al reducidor de autos Carlos Telleldín de su participación en el ataque. y por el otro confirmó condenas (modificando las penas) para los señalados por las graves irregularidades que se cometieron en la investigación. Entre los acusados estaba el propio ex juez de la causa, Juan José Galeano, el primero en avanzar sobre Irán. El fallecido fiscal Alberto Nisman acusó formalmente a ese país en 2006 de estar detrás del atentado.
El voto del juez de Casación Carlos Mahiques volvió apuntar hacia la responsabilidad de Irán. Y promovió la salida del juicio en ausencia como una manera de avanzar. La propuesta de Mahiques ya había sido sostenida hace diez años antes por el juez de la Cámara Federal Eduardo Farah. A esa altura ya habían pasado 20 años del atentado y el caso había sido declarado de lesa humanidad.
A la hora de opinar sobre la inconstitucionalidad del Memorándum con Irán que firmó el Gobierno de Cristina Kirchner con Irán -pacto por el que más tarde la ex presidenta fue denunciada por Nisman y enviada a juicio por encubrimiento al atentado-, Farah afirmó que la causa se veía impedida de avanzar, pero tenía una responsabilidad con las víctimas de un caso declarado de lesa humanidad.
“Es cierto que uno de los presupuestos del debido proceso adjetivo consiste en brindar a los imputados la oportunidad de ser oídos, de contar con defensa técnica, de ofrecer pruebas, de controlar las que otras partes produzcan, de alegar sobre el mérito de ellas y de recurrir una sentencia condenatoria. La Constitución Nacional garantiza todos y cada uno de esos derechos Pero la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales que gozan de igual jerarquía también garantizan a las víctimas el derecho a conocer la verdad en juicio y ejercer en él sus pretensiones; y si, de un crimen de lesa humanidad se trata está en juego además la responsabilidad internacional del Estado Argentino en caso de no atender esas razonables expectativas”, había dicho Farah en aquel fallo.
Y añadió: “sometidos ambos derechos al fiel de la balanza, encuentro que no es justo postergar indefinidamente la satisfacción del derecho de las víctimas a conocer la verdad, a la vez que entiendo que es jurídicamente posible, en el estado de rebeldía voluntaria en que se encuentran los imputados en la causa, su juzgamiento en ausencia, en las condiciones que más adelante se indican. Nuestras leyes de procedimiento no lo han regulado, pero nuestra Constitución Nacional no lo prohíbe, es más, entiendo que lo exige en el caso de un delito de lesa humanidad a tenor de los instrumentos internacionales incorporados con igual jerarquía frente a la contumacia de los imputados”.
La Justicia argentina sostiene que los funcionarios iraníes considerados responsables de decidir, planificar y ejecutar el ataque fueron: Alí Akbar Hashemi Bahramaie Rafsanjani (a la época de los hechos presidente de la República Islámica de Irán), Alí Fallahijan (por entonces Ministro de Información iraní), Alí Akbar Velayati (en aquel tiempo Ministro de Relaciones Exteriores de la nación persa), Mohsen Rezai (por entonces a cargo del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria “Pasdaran”), Ahmad Vahidi (en aquella época a cargo de la fuerza de elite “Al Quds” perteneciente a la Guardia Revolucionaria), Mohsen Rabbani (al tiempo de los hechos Consejero Cultural de la Embajada iraní en Argentina), Ahmad Reza Asghari o Mohsen Randjbaran (en aquel entonces Tercer Secretario de la representación diplomática iraní en Argentina), y Hadi Soleimanpour (por entonces Embajador de la República Islámica de Irán en Buenos Aires).
También figura Imad Fayez Moughnieh, quien estaba a cargo del Servicio Exterior de la agrupación terrorista libanesa y acusado de dirigir el grupo que atacó la sede de la mutual judía en Buenos Aires. Según se pudo establecer, ya falleció al igual que el ex presidente Rafsanjani y por lo tanto se ordenó sus respectivos sobreseimientos. A esa lista se sumaron en 2023 otros cuatro sospechosos: Hussein Mounir Mouzannar, Alí Hussein Abdallah, Farouk Abdul Hay Omairi y a Abdallah Salman (alias) José El Reda. Con su muerte acreditada, Abdallah quedó afuera de esa lista por su muerte.