La Corte Suprema de Justicia de la Nación tendrá la palabra final sobre el destino de los bienes de “Austral Construcciones”, la compañía insignia del empresario Lázaro Báez. El máximo tribunal deberá definir si continúa la subasta para pagarle a los acreedores o si ese proceso se suspende para que todo quede bajo resguardo para un eventual decomiso en caso que sea condenado en el caso “Hotesur-Los Sauces”, donde está elevado a juicio oral y público junto a la ex presidenta de la Nación Cristina Kirchner.
Esa es la diferencia que hoy existe entre el juez comercial que tiene la quiebra de Austral y el Tribunal Oral Federal (TOF) 5 de Comodoro Py que lleva la causa “Hotesur-Los Sauces”. La disputa no se pudo zanjar entre las partes y por ahora pasa a la Corte Suprema de Justicia, integrada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
No es el único planteo que el máximo tribunal tiene vinculado a Báez, hoy detenido en prisión domiciliaria. La Corte también tiene que resolver el futuro de “Hotesur-Los Sauces”. Se trata de una causa en la que se investiga un presunto lavado de dinero y asociación ilícita de parte de esas sociedades, propiedad de la familia Kirchner, en el alquiler de sus hoteles e inmuebles. La imputación es que los alquileres se hicieron como contraprestación a las obras públicas que las empresas de Baez recibieron durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner. Junto con la ex presidenta también está imputado su hijo, el diputado nacional Máximo Kirchner.
El TOF 5, con otra integración a la actual, sobreseyó a todos los acusados en noviembre de 2021 pero la Cámara Federal de Casación Penal en septiembre del año pasado revocó esa decisión y ordenó que se haga el juicio oral. El fallo fue apelado a la Corte Suprema que también deberá resolver.
“Austral Construcciones” fue la empresa que Báez creó a fines de 2002 y obtuvo la aprobación de la Inspección General de Justicia (IGJ) dos meses antes que Néstor Kirchner asumiera la presidencia, en mayo de 2003. Fue la compañía que más obras públicas recibió para la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015, durante los gobierno de Néstor y Cristina. Por 51 de esas obras, Báez y Cristina Kirchner -entre otros- fueron condenados en diciembre del 2022 a seis años de prisión. El fallo está bajo revisión de la Cámara de Casación.
Cuando Báez comenzó a ser investigado sus bienes y los de sus compañías quedaron embargados por la Justicia federal. Y en junio de 2018 se decretó la quiebra de “Austral Construcciones”. Desde entonces corrieron en paralelo dos destinos de los bienes de la compañía pero desde el año pasado comenzaron a ser rematados. Hasta ahora, según las constancias judiciales, por esos remates se obtuvieron 2.600 millones de pesos, según el informe del abogado de la sindicatura que lleva la quiebra. Ese dinero sirvió principalmente para pagar la deuda con AFIP y el Banco Nación -las más importantes- y para abonar los gastos de honorarios de la quiebra.
Pero el TOF 5 quiere que las subastas se frenen. Los jueces Adriana Palliotti, José Michilini y Nicolás Toselli le enviaron el 20 de marzo un oficio al juez comercial Máximo Astorga con ese pedido. Los magistrados -en su resolución a la que accedió Infobae- basaron su postura en que no solo la ley argentina le permite a la justicia federal dictar embargos sino que hay “parámetros internacionales dictados para causas en las que se investigan delitos” de corrupción.
Los jueces citaron la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), a las que el país adhirió, y resaltaron que “su incumplimiento podría llegar a ocasionar una responsabilidad internacional del Estado”.
“Asimismo, dado que el Congreso de la Nación ha aprobado todos los instrumentos internacionales en materia de lucha contra la corrupción suscriptos, debe tenerse en especial consideración que el Estado Argentino se encuentra obligado a dar cumplimiento a todas las clausulas incluidas en aquellos instrumentos”, agregaron.
El tribunal oral también citó el fallo “El Estribo” de la Corte Suprema que resolvió un caso similar y en el que concluyó que debe darse prioridad a la causa penal. Los jueces señalaron que están embargados “más de quinientos rodados -vehículos y maquinaria vial-, gran cantidad de herramientas y bienes de uso, como así también numerosos inmuebles”. Para eso entendieron que corresponde que los vehículos y las maquinarias sean entregadas a la “Dirección Nacional de Vialidad para la mantención de los caminos de la Patagonia para la estación invernal que se avecina o bien al Ministerio de Seguridad de la Nación para su afectación a la lucha contra los diversos flagelos que asotan a nuestro país, o a cualquier otra institución que cumpla fines de utilidad social”. El objetivo es mantener su operatividad y valor.
“Así las cosas, y atento al presente estado de situación, habiéndose cancelado parcialmente la deuda que Austral Construcciones registra con sus acreedores, entendemos que corresponde suspender la enajenación de sus bienes y que estos permanezcan cautelados en el ámbito de la Justicia Criminal Federal”, resolvieron y le pidieron al juez comercial “se abstenga, en lo sucesivo, de adoptar cualquier decisión que torne inoperantes las medidas cautelares trabadas en este proceso”, es decir que suspenda los remates. Y sino que sea la Corte Suprema la que resuelva.
El juez comercial Astorga no compartió el criterio. Explicó, en otra resolución del 27 de marzo a la que accedió este medio, que hay acreedores de Austral Construcciones “que tendrían derechos a ejercer sobre los bienes desapoderados y embargados en sede penal”. El magistrado reconoció el derecho de la justicia federal a mantener los embargos para futuros decomisos. “Empero, es en este proceso de quiebra -cuya finalidad es la liquidación del activo falencial y la protección de los acreedores del concurso-, el ámbito en dónde eventualmente deberían reconocerse los derechos patrimoniales dictados como consecuencia de la condena penal”, explicó.
Astorga señaló que una vez que se paguen todas las deudas “nada obstaría a que en lugar de entregarle el remanente al deudor, el mismo pudiera ser entregado al Estado Nacional, Provincial o Municipal en razón del decomiso penal”, ya que así lo establece la ley y recordó que eso mismo ocurrió en la causa por lavado de dinero -la conocida como la ruta de dinero k- en la que fue condenado a 10 de prisión y que el tribunal oral del caso hizo el mismo reclamo.
El magistrado también citó un antecedente de la Corte Suprema en el caso “Hope Funds S.A.” en la que resolvió a favor del juzgado comercial frente a una disputa con la justifica federal.
Sobre el planteo de los tratados internacionales en materia de corrupción firmó Argentina, Astorga no los desconoció pero señaló que “los jueces concursales también tiene un rol impuesto por la Constitución Nacional y obligaciones de tutela sobre los derechos de los acreedores impuestos por el propio texto constitucional -arts. 14, 18, 19 y 22- como por Tratados Internacionales”.
Ante la falta de acuerdo entre los dos tribunales, el juez comercial aceptó que la disputa por la competencia sea resuelta por la Corte Suprema y elevó el conflicto a la Cámara Comercial para que lo remita al máximo tribunal. Astorga aclaró que mientras está en trámite la competencia continuará con el remate de los bienes.