Casación revocó el sobreseimiento de ex funcionarios judiciales investigados por delitos de lesa humanidad

El expediente está vinculado con la privación ilegítima y aplicación de tormentos en perjuicio de Onofre Rosendo Mellado, entonces empleado de la Justicia de Neuquén

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Casación revocó el sobreseimiento de
Casación revocó el sobreseimiento de ex funcionarios judiciales investigados por delitos de lesa humanidad

La Cámara Federal de Casación Penal revocó este lunes el sobreseimiento de tres ex funcionarios judiciales de la provincia de Neuquén investigados por delitos de lesa humanidad presuntamente cometidos durante la última dictadura militar.

Se trata del ex juez federal Pedro Florentino Duarte, el ex fiscal Víctor Marcelo Ortiz y la ex defensora pública María Ester Borghelli, quienes habían sido beneficiados en marzo de 2023 con la confirmación de sus sobreseimientos en manos de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca en una causa abierta por la privación ilegítima de la libertad y los tormentos en contra del militante Onofre Rosendo Mellado durante su detención entre el 1 de noviembre de 1979 y el 19 de mayo de 1980.

En rigor, el caso investiga la actuación de los ex funcionarios en el expediente 743/565 del año 1979 seguido a Mellado, entonces empleado judicial provincial, por la supuesta sustracción de formularios del Juzgado de Paz de Neuquén.

Mellado fue detenido el 1 de noviembre de 1979 en la ciudad de Plottier junto a su hijo Martín, de 6 años, por un grupo formado por integrantes del Ejército, la Policía Federal y la policía neuquina. Ambos fueron trasladados a la comisaría de Plottier. Luego los llevaron a la Delegación de la PFA de Neuquén, donde su hijo fue liberado y, por último, a la Unidad N° 9, donde permaneció alojado hasta el 19 de mayo de 1980, donde recuperó su libertad.

Durante la investigación se comprobó que Duarte, Ortiz y Borghelli fueron propuestos por el General José Luis Sexton, comandante de la VI Brigada de Infantería de Montaña de Neuquén y máxima autoridad de la Subzona 5.2 al momento de los hechos, para ocupar los cargos en la justicia de Neuquén que desempeñaron desde el año 1976 hasta el año 1984.

Tanto el juez de primera instancia como la Cámara de Apelaciones de General Roca habían dictado el apartamiento de los imputados por considerar que no había elementos suficientes en su contra para continuar con el desarrollo del proceso. Frente a eso, el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal José Nebbia, presentó un recurso de casación que recayó en la Sala IV del máximo tribunal penal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky.

Los camaristas de la Sala
Los camaristas de la Sala IV Carbajo, Hornos y Borinsky

Los camaristas Hornos y Borinsky conformaron la mayoría para revocar la resolución anterior. Hornos, primero en emitir su voto este lunes, señaló que “los casos como el presente involucran un contexto particular, en la medida en la que se investiga la posible comisión de crímenes contra la humanidad perpetrados durante la última dictadura, por lo que resulta ineludible tener en cuenta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha subrayado de manera constante el ‘especial deber de cuidado’ que recae sobre los magistrados para evitar obstáculos en el cumplimiento de la obligación internacional de investigar, juzgar y eventualmente sancionar a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos”.

En esa línea, y luego de analizar los antecedentes del caso que llegó por segunda vez al tribunal de Casación, el juez Hornos expresó: “se advierte que ni los fundamentos de la resolución traída, ni los de la que constituye su antecedente necesario resultan suficientes para respaldar el sobreseimiento de Pedro Duarte, Víctor Ortiz y María Esther Borghelli, y obturar así el debate amplio de los hechos que se les atribuyen en el marco de un eventual juicio oral que ponga punto final definitivo a la controversia suscitada”.

El camarista Borinsky se adhirió a la propuesta de su colega respecto a la revocatoria del sobreseimiento. El juez Carbajo, por su parte, consideró que la decisión impugnada había sido fundada y, bajo esos términos, optó por rechazar el recurso de casación interpuesto por la fiscalía.

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