La Cámara Federal de Casación declaró inadmisible el recurso extraordinario para llegar hasta la Corte Suprema presentado por el ex agente de inteligencia Raúl Martins con la intención de tratar su pedido de prisión domiciliaria en una causa donde se encuentra imputado por explotación sexual de mujeres.
El ex miembro de la antigua SIDE tiene 75 años y se le endilga haber liderado una asociación ilícita dedicada a la explotación sexual de mujeres a través de la implementación de locales comerciales catalogados como “bar, café o whiskería”, desde el 10 de noviembre de 2010 hasta el 27 de octubre de 2014, cuya principal actividad habría tenido lugar en un inmueble ubicado sobre la avenida Juan B. Justo de la ciudad de Buenos Aires.
Se encuentra detenido en México -donde se mudó en 2006- desde 2019 bajo una prisión preventiva prorrogada en octubre pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 7 porteño, encargado de su situación procesal. Fue aprehendido por autoridades mexicanas en el aeropuerto de la ciudad de Cancún mientras llevaba una peluca negra para disimular su identidad.
La Justicia argentina labró un pedido de extradición para juzgar a Martins en esta causa que se inició por una denuncia articulada por la ONG “La Alameda” y por Lorena, su hija, quien acusó a su padre de ser lisa y llanamente un proxeneta. El ex espía, con ciudadanía mexicana ya tramitada, interpuso un amparo para evitar su traslado al país.
Si bien en 2012 la jueza federal María Servini había desestimado la denuncia por considerar que la impulsora de la acusación tenía diferencias con su padre por asuntos familiares, el fiscal Federico Delgado consideró que el archivo de la causa era prematuro.
Así, el proceso se reactivó en 2016, cuando Servini ordenó indagar al ex agente y a su mujer, cuyo último domicilio conocido figuraba en una casa en México en la que habrían regenteado The One y otros locales nocturnos en Cancún. Por otra parte, en una causa paralela también se procesó al hijo y a la madre de Martins por lavado de dinero.
En rigor, Martins quedó procesado por “haber formado parte de una organización criminal dedicada a la explotación sexual de mujeres, mediante la implementación de locales comerciales catalogados como bar/café/whiskería desde el día 10 de noviembre de 2010 hasta el día de la fecha en los locales de la Avda. Juan B. Justo Nro. 5302, Vicente López Nro. 2257 y Anchorena Nro. 1119/21/23, de esta ciudad. Pese a denominarse de distintas maneras y tener diversos ‘gerenciadores’, a lo largo de los años, no han cambiado nunca su ‘objeto comercial’ ni grupo explotador final”.
“Este conjunto de hechos sólo podía llevarse a cabo a través de la impunidad que a Raúl Martins y los restantes miembros de la organización les garantizaba la protección de funcionarios estatales”, sostuvo la jueza Servini cuando lo procesó.
El 2 de octubre pasado, el TOCF 7 porteño resolvió prorrogar por el término de seis meses la prisión preventiva del imputado y rechazar su solicitud de prisión domiciliaria. Esa decisión fue -apelación mediante- confirmada el 6 de diciembre por la Sala IV de Casación, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky.
Esta Sala volvió a intervenir ante el recurso extraordinario presentado por la defensa de Martins con el propósito de tratar su pedido en la Corte Suprema. Con la firma de sus tres camaristas, el planteo quedó declarado inadmisible por no contar con los recaudos necesarios para elevar el expediente al Máximo Tribunal.
“Es requisito para acceder a la competencia extraordinaria intentada que el recurrente demuestre que la resolución que impugna sea contraria a los derechos federales invocados (...); aspectos no verificados en el sub examine”, expresaron los jueces de Casación.
“Por otra parte, -concluyeron- a pesar de su invocación, no se advierte que la sustancia de los planteos en que el impugnante funda su recurso implique el debate de una cuestión federal debidamente fundada (...) o algún supuesto de arbitrariedad (...) que excepcionalmente permitan habilitar la instancia extraordinaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.