La Pampa recurrió a la Corte Suprema para dejar sin efecto la medida de Milei contra el subsidio al transporte

La provincia presentó una acción de amparo con medida cautelar de no innovar. Se sostuvo que la resolución tomada tras la caída de la Ley Ómnibus es “arbitraria y abusiva” y avasalla el federalismo y las autoridades municipales

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Sergio Ziliotto, gobernador de La
Sergio Ziliotto, gobernador de La Pampa

La provincia de La Pampa se presentó este viernes ante la Corte Suprema de Justicia que deje sin efecto la resolución del Gobierno de Javier Milei que elimina el Fondo de Compensación al Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del Interior del país. La medida dispuesta es ilegal y genera un perjuicio directo a los Estados Provinciales y con ello a sus habitantes”, sostuvo el escrito de 23 páginas al que accedió Infobae.

“La Provincia de La Pampa recurre a Vuestra Corte para que haga prevalecer la jerarquía constitucional, la seguridad jurídica y la forma federal de gobierno”, se añadió. Se habló de un acto administrativo nulo, arbitrario y carente de fundamentos.

Si bien la decisión política de llevar este reclamo a la Justicia había sido anunciada, la presentación se efectivizó hoy en el Palacio de Justicia y lleva la firma del gobernador Sergio Raúl Ziliotto, de la fiscal de Estado Romina Belén Schmidt y del Procurador de Rentas de la Provincia, junto a los abogados patrocinantes. Y se reclamó la inmediata intervención del máximo tribunal frente “al perjuicio inminente que genera la disposición del Estado Nacional y que afecta de manera integral y transversal derechos consagrados constitucionalmente”.

“El Poder Ejecutivo Nacional pretende con un simple Comunicado - entiéndase decisión/acto administrativo- dejar sin efecto el art. 125 de la Ley N° 27.467, configurándose un caso de gravedad institucional al violentar la división de poderes y relativizar derechos y garantías constitucionales. Otro hecho grave es la contradicción incurrida, que por un lado pone en vigencia el Presupuesto del año 2023 para el ejercicio presupuestario del año 2024 -ver Decreto Nro.88/2023-, el cual contempla la o las partidas presupuestarias del Fondo Compensador y por otro lado decide irregularmente la eliminación del mismo”, se resaltó

Colectivos en el AMBA (Adrián
Colectivos en el AMBA (Adrián Escandar)

El conflicto alude a la resolución que se dictó el 8 de febrero que elimina el Fondo de Compensación al Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del Interior del país creado por Ley 27467 y prorrogado por la Ley 27701 y por el Decreto 288/2023, medida anunciada públicamente por distintos funcionarios públicos nacionales a través de la página” oficial del gobierno. En la presentación, reclamó la inmediata intervención del máximo tribunal frente “al perjuicio inminente que genera la disposición del Estado Nacional y que afecta de manera integral y transversal derechos consagrados constitucionalmente”.

Aquella noticia surgió luego de que cayera en el Congreso el proyecto de Ley Bases que impulsaba el Gobierno, en medio de una puja abierta con los gobernadores. En ese contexto, el Ejecutivo anunció la decisión de disminuir el subsidio a las empresas de transporte público en todo el país, incluyendo la eliminación “inmediata” del Fondo Compensador del Interior, cuyas sumas millonarias eran recibidas por las compañías de colectivos que operan fuera del AMBA. La Casa Rosada subrayó que, a partir de ahora, la ayuda oficial se canalizará a través de SUBE y será exclusivamente para los beneficiarios de la tarifa social, que implica un descuento del 55%. En la mayoría del país no rige la SUBE.

La Pampa repasó los términos de aquel anuncio y también las palabras del vocero oficial Manuel Adorni diciendo que “esta decisión guarda relación con el pacto fiscal que los gobernadores y el Gobierno nacional firmaron entre 2017 y 2018, donde se comprometían a eliminar progresivamente los subsidios diferenciales en materia de transporte para el Área Metropolitana y establecía que las provincias definirían las diferentes compensaciones que cada empresa de transporte público iba a necesitar”.

Javier Milei (EFE)
Javier Milei (EFE)

“La falsa premisa esgrimida por el funcionario nacional pretende argumentar que se intenta lograr una equidad a lo largo y a lo ancho del país -dijo el gobernador de La Pampa en su escrito judicial-. Por el contrario, se pone en evidencia que se tomó una decisión que viola en forma manifiesta la ley y desconoce las diferentes realidades existentes en las provincias”. Además aseguró que “falazmente” se aludió a los Consensos Fiscales de los años 2017 y 2018, “desconociendo que los mencionados no se encuentran vigentes en tanto su derogación por el Consenso fiscal del año 2021 fue ratificado por el congreso nacional mediante la ley N° 27687.” Y resaltó que “la provincia de La Pampa no suscribió los consensos fiscales de los citados años por tanto no le son oponibles”.

La presentación también hizo hincapié en “la manifiesta ilegalidad del acto que deja sin efecto leyes del Congreso contrariando el orden jurídico vigente al eliminar el Fondo de Compensación al Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del Interior del País y la ley de Presupuesto del año 2023 prorrogada para el presente ejercicio”.

Según se detalló, “con la eliminación del Fondo compensador y consecuente merma en la prestación del servicio de transporte se conculcan los derechos a la salud, educación, justicia, entre otros”. Es que “el transporte es un servicio de vital importancia que conlleva el acceso a muchos de los servicios esenciales que debe brindar el Estado” y “el fondo compensador implica que se garanticen los corredores viales a fin de que los administrados puedan viajar, conectarse y comunicarse entre distintos puntos de la provincia”.

Además, destacó la extensión de territorio de su provincia y las grandes distancias entre ciudades. “Con esta explicación se intenta demostrar cómo la eliminación del Fondo Compensador del Interior afecta derechos de los habitantes que se verán privados de acceder al servicio de transporte y con ello no podrán hacer efectivo el goce de derechos como salud, educación, justicia. A su vez, su eliminación implica un aumento en las tarifas de transporte urbano que afecta a los usuarios”, agregó.

Resulta llamativo el brusco cambio de dirección implementado por el Estado Nacional en franca contraposición a la política de Estado efectivamente llevada a cabo desde el año 2001, la cual como ya se dijo fue evolucionado a favor del ciudadano en general en razón de la sustentabilidad y sostenibilidad de los servicios públicos de transporte de pasajeros, garantizando cubrir la estructura de costos. De modo alguno resultaría efectivo subsidiar la demanda”, afirmó la presentación.

En otro orden, los accionantes aseguraron que “la Provincia de La Pampa ha solicitado en reiteradas oportunidades la incorporación de la SUBE para la totalidad de las líneas urbanas y suburbanas, no obteniendo una respuesta favorable y encontrando impedimentos por parte del Estado Nacional para su implementación”. “Como es de conocimiento de los Sres. Jueces de la CSJN, durante varios meses el Gobierno Nacional no contaba siquiera con el material plástico requerido para abastecer de tarjetas usuarios de CABA y AMBA”, se añadió.

Y completó: “No serviría de nada subsidiar al usuario si no existen empresas que quieran y/o puedan prestar el servicio. Así, tales distancias repercuten en el acceso poblacional a condiciones básicas humanas, como a la salud, a la educación, alimentación, calidad del empleo, condiciones ambientales y a la administración en general como forma de obtener/satisfacer sus necesidades”.

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