Dos fiscales pidieron investigar si un represor con prisión domiciliaria organizó una fiesta por sus 50 años de matrimonio

Se trata de Jorge Olivera, condenado por el secuestro y desaparición de la modelo y militante de Montoneros Marie Anne Erize, en 1976, entre otras víctimas

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Palito Ortega cantó en la fiesta por el 50 aniversario de matrimonio de un represor con prisión domiciliaria

La Justicia busca determinar si Jorge Antonio Olivera, un condenado por causas de lesa humanidad que tiene prisión domiciliaria por razones de salud, celebró su 50 aniversario de matrimonio en una megafiesta el último sábado, en una casa de zona norte, que fue difundida por redes sociales. El fiscal general Dante Vega, titular de la Oficina de Asistencia en causas por Violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el Terrorismo de Estado en Mendoza, y el fiscal general de San Juan, Francisco Maldonado, pidieron una serie de medidas de prueba al Tribunal Oral Federal de esa provincia para determinar las circunstancias en que se llevó a cabo ese festejo, según se informó oficialmente.

Olivera fue hallado culpable del secuestro y desaparición de la modelo y militante de Montoneros Marie Anne Erize, en 1976. Sobrevivientes de la dictadura relataron que también se jactaba de haberla violado. En 2000 lo detuvieron en Italia, en un viaje que realizó con su esposa por su 25 aniversario de casado, pero se escapó presentando un certificado de defunción falso de la joven de 24 años.

Recién fue capturado en 2008 en Vicente López. Pero en 2013 volvió a escapar: el 25 de julio de ese año se fugó del Hospital Militar porteño cuando fue a un control autorizado por los tribunales junto a Gustavo Ramón De Marchi. Lo atraparon en 2017. En 2018, fue uno de los condenados a perpetua por los crímenes perpetrados contra más de 200 víctimas en el ámbito del área 332, dependiente del III Cuerpo del Ejército.

Jorge Antonio Olivera celebró una
Jorge Antonio Olivera celebró una fiesta en medio de su prisión domiciliaria (Gentileza tiempo de san juan)

La fiscalía ahora pidió investigar si participó de una fiesta. La presentación tuvo su origen en diversas publicaciones de la red social X (exTwitter), en las que se advertía que el pasado fin de semana se llevó a cabo una fiesta de celebración por las bodas de oro de Olivera y de su esposa en la que se observa la presencia de un gran número de personas, instrumentos musicales, micrófonos y estructuras con luces. Incluso se llevaron a cabo presentaciones artísticas con músicos de renombre.

De acuerdo a las imágenes difundidas, cantó en la fiesta Ramón Palito Ortega. También estaba Cecilia Pando, esposa de un militar que se hizo conocida por defender al obispo castrense Antonio Baseotto, entonces desplazado por el ex presidente Néstor Kirchner, y que es presidenta de la Asociación de Familiares y Amigos de los Presos Políticos de la Argentina.

Según informó la página de noticias del Ministerio Público, los fiscales procuran determinar el lugar donde fue llevado a cabo el festejo, dado que Olivera transita el régimen de prisión domiciliaria. Más allá de verificar si pudo incumplirse la medida cautelar que pesa sobre el condenado, Vega y Maldonado señalaron que, aun cuando pudiere haberse llevado a cabo en su domicilio, “esta situación genera conmoción social y desnaturaliza el sentido de la pena, particularmente cuando se está frente a una persona múltiplemente condenada a prisión perpetua por gravísimos crímenes calificados como delitos de lesa humanidad”. En ese sentido, remarcaron que el suceso tornaría abstracta la finalidad del beneficio otorgado por la Cámara Federal de Casación Penal, que debe responder a razones estrictamente humanitarias.

Cecilia Pando, Palito Ortega y
Cecilia Pando, Palito Ortega y Jorge Olivera, el represor que celebró una fiesta en medio de su prisión domiciliaria

En ese sentido, los fiscales remarcaron que se trata de “una persona que en dos oportunidades evadió la justicia, mostrando un desprecio manifiesto por la debida sujeción al proceso”. El 25 de julio de 2013, Olivera, ya condenado en San Juan por delitos de lesa humanidad, se fugó del Hospital Militar porteño junto a Gustavo Ramón De Marchi, cuando ambos militares estaban a disposición del Juzgado Federal Nº2 y del Tribunal Oral Federal de San Juan porque estaban siendo investigados en causas judiciales que tramitaban en la primera instancia, al mismo tiempo que eran juzgados por otros hechos en un debate oral y público, por el que luego fueron condenados. Las tareas investigativas ordenadas por el fiscal Franco Picardi -que contó con la colaboración de la Policía Federal Argentina- lograron ubicar en 2017 a Olivera, en San Isidro.

Ante la fiesta difundida en redes sociales, Vega y Maldonado solicitaron que se requiera a la autoridad administrativa que informe si el sistema de monitoreo y geolocalización detectó alguna irregularidad durante el fin semana último, y que se cite con urgencia a la persona responsable de la detención domiciliaria, a fin de que informe en qué condiciones y circunstancias de tiempo y lugar se llevó a cabo la celebración.

Marie Anne Erize  (archivo)
Marie Anne Erize (archivo)

También requirieron que se instruya a la Gendarmería Nacional para realizar una encuesta ambiental dirigida a constatar si efectivamente el domicilio donde Olivera cumple su detención se corresponde con el de las fotografías acompañadas del evento. En caso de que se verificase que la celebración se llevó a cabo en un lugar diferente, ambos fiscales requirieron que se disponga la inmediata revocación de la prisión domiciliaria.

En caso de que se corroborase que la celebración tuvo lugar en el domicilio en cuestión, Vega y Maldonado solicitaron se le imponga a futuro a Olivera la obligación de abstenerse de realizar eventos sociales “que supongan la concurrencia de un número considerable personas ajenas al entorno familiar, la contratación de servicios de música, mobiliario, catering, o cualquier otra actividad que, en definitiva, desnaturalice el alcance y sentido de la pena impuesta, y ponga en crisis la motivación estrictamente humanitaria que justifica dicho régimen de excepción, sin que ello deba interpretarse, claro está, como un impedimento para el desarrollo de su vida familiar y social”.

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