El gobierno de Javier Milei, a través de la Procuración del Tesoro que conduce Rodolfo Barra, apeló este viernes el fallo de la Cámara del Trabajo que frenó las reformas laborales que había puesto en marcha el DNU 70/23, confirmaron a Infobae las fuentes consultadas. Con el recurso presentado ante ese tribunal, el Ejecutivo llegará así a la Corte Suprema de Justicia, por vía directa o en queja, para que se revise esa decisión.
Al mismo tiempo, la Casa Rosada ya había cuestionado en el fuero contencioso administrativo la resolución que el fuero laboral dictó en la demanda impulsada por la Confederación General del Trabajo. Es que el Gobierno entiende que la justicia laboral no estaba habilitada para pronunciarse. Y que el caso debía ir a la Cámara en lo Contencioso que ya había solicitado la inhibitoria. Es más: los abogados del Estado subrayan que la jueza que votó en minoría en el fallo de la Cámara del Trabajo así lo dijo, en sintonía con el fiscal.
En la justicia laboral ya se dictaron cinco fallos en contra del DNU. El primero fue el que motorizó la CGT, cuya presentación se vio enmarcada en una movilización al Palacio de Tribunales el último miércoles del 2023. Horas después anunciaron un paro con movilización para el 24 de enero, que fue ratificado esta semana, en medio del debate en las comisiones de la Cámara de Diputados por el proyecto de la Ley Ómnibus, la otra pata de las reformas que plantea el Gobierno de Milei que no fueron incluídas en la norma.
En la Ley Ómnibus se incluye la iniciativa de concretar en tres años el traspaso de la justicia nacional a la órbita porteña. Es algo especialmente resistido por la Asociación de Jueces y Funcionarios Nacionales. Hoy, mientras el Gobierno impugnaba los fallos que pusieron freno a las reformas del DNU en materia laboral, la Cámara del Trabajo en pleno firmó una acordada oponiéndose a esa iniciativa.
“Esta Cámara reitera en esta ocasión su posición histórica en cuanto a los cuestionamientos jurídicos que merecieran todos los intentos de hacer desaparecer por vía de transformación y/o traspaso a la Justicia Nacional del Trabajo”, sostuvieron a lo largo de siete páginas de considerandos que concluyeron así: “1) Expresar su total y absoluto rechazo a la iniciativa del Poder Ejecutivo Nacional; 2) Reiterar la postura expresada por esta Cámara en las Resoluciones ya citadas con base en las argumentaciones reseñadas. 3) Poner esta resolución en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial, del Congreso Nacional y del Ministerio de Justicia”.
La CGT y otras centrales gremiales sostuvieron que el DNU era inconstitucional porque se derogan leyes laborales y se hacen modificaciones a otras. El juez José Ignacio Ramonet, que recibió la denuncia, rechazó dictar una precautelar porque el decreto aún para ese momento no había entrado en vigencia, pero se declaró competente para intervenir en el reclamo de la CGT. Y le pidió a la Jefatura de Gabinete de la Nación, a cargo de Nicolás Posse, que en tres días conteste la demanda de la entidad sindical.
En ese interín, Barra se presentó ante el juez del fuero en lo contencioso administrativo Esteban Furnari, que tramita el primer amparo colectivo y fue concentrado decenas de demandas. El Ejecutivo le reclamó que pida la causa de la CGT. El juez hizo lugar. Sin embargo, Ramonet se resistió a entregar en ese tramo su causa. Para esa altura, la CGT ya había ido a la Cámara del Trabajo para insistir con frenar la aplicación del DNU.
El 3 de enero, la Cámara del Trabajo tomó el caso de la CGT y resolvió, por mayoría, voltear las reformas laborales del DNU. El voto principal fue el del juez Alejandro Sudera, al que adhirió su colega Andrea García Vior y la disidencia de jueza Dora González Para la Cámara del Trabajo, “se dan, a mi ver, circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican tanto la asunción de la competencia cuanto la habilitación de la vía elegida” y con citas a Juan Bautista Alberdi, el fallo aseguró que el DNU no exhibía las razones de urgencia en materia laboral para aplicar estas reformas, “máxime cuando varias de las normas que el Poder Ejecutivo Nacional pretende modificar sin darle intervención a los legisladores tienen naturaleza represiva o sancionatoria al punto que se las ha incluido como integrativas del derecho penal laboral”. Sobre este espejo, fueron sumándose más fallos adversos en el fuero laboral.
Pero en el fuero contencioso también pasaron cosas: con la feria ya iniciada, el juez Enrique Lavié Pico, que reemplazó durante la feria de enero a Furnari, decidió habilitar la feria y desarmar el proceso colectivo que había impulsado su antecesor en la demanda conocida como Observatorio de Derecho a la Ciudad. El Estado Nacional también apeló.
Y ahora será la Cámara en lo Contencioso la que quedó habilitada para resolver. Los camaristas de feria son Sergio Fernández y Carlos Manuel Grecco. Mientras tanto, a partir de la próxima semana, Lavié Pico quedó en condiciones de resolver si el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70 del gobierno nacional de Javier Milei sobre la desregulación de la economía es constitucional o no.