La Justicia Federal de Posadas, capital de Misiones, se declaró incompetente y remitió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación el expediente que había iniciado el Estado provincial contra el DNU de Javier Milei en el punto en el que desregulariza la actividad yerbatera y limita las funciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM). El DNU eliminó sus facultades para fijar dos veces al año el precio oficial de la hoja verde y la yerba canchada. También le quitó al organismo el poder de policía.
La fiscalía de Estado de la Provincia de Misiones había presentado una medida cautelar de no innovar con la finalidad de que el Estado Nacional “se abstenga de aplicar en su texto integral el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 y, en especial, que se abstenga y/o cese de aplicar, emitir, realizar, resolver y/o ejecutar toda norma o acto que derive de su vigencia o que fuere dictado en su cumplimiento, en relación a las modificaciones introducidas al texto de la Ley N° 25.564 de creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate conforme lo dispuesto en los artículos 164, 165, 166, 167 y 168 del citado DNU”. Según el planteo de la provincia, la nueva regulación dejaba al organismo sin el manejo de recursos y le impedía fijar precios.
La fiscal interina Silvina Flavia Gutiérrez opinó que “el proceso debe ser tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su instancia originaria”, o sea como órgano que debe intervenir en los pleitos entre Estados.
El juez federal Alejandro Gallandat, subrogante del Juzgado Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas, habilitó la feria y dictaminó que al estar involucrada una provincia contra el Estado Nacional debe ser la Corte Suprema la que decida sobre la cuestión de fondo: si el DNU es o no constitucional. “Al ser una Provincia parte en un proceso y tener manifiesto contenido federal, el caso se revela como aquellos reservados a la jurisprudencia originaria del Máximo Tribunal del país”, sostuvo el juez federal.
El juez hizo mención al otro expediente contra el DNU que presentó la provincia de La Rioja. “Tengo en cuenta también que, conforme ha tomado estado público, existe una acción iniciada como competencia originaria ante la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación por la Provincia de La Rioja contra el Estado Nacional, en la cual también se solicita la inconstitucionalidad del DNU 70/2023 del P.E.N.”, señaló. “En esa acción, en la primera providencia dictada por nuestro Máximo Tribunal de Justicia, con fecha 29/12/2023, aceptó dar trámite a la medida cautelar disponiendo el pase a dictamen del Procurador General de la Nación para que se expida sobre la competencia originaria, con cita de 7 antecedentes de esa misma Corte en la materia”, agregó Gallandat.
El último día hábil del 2023, la Corte Suprema resolvió que en febrero analizará la demanda que había presentado a última hora del jueves 29 de diciembre presentó el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, pidiendo que se declare la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia de desregulación de la economía firmado por el presidente Javier Milei, que entró en vigencia ese mismo viernes.
Se trata de una demanda elaborada Quintela por los abogados Eugenio Raúl Zaffaroni y Raúl Ferreyra a través de una “acción declarativa de certeza en la que se reclama la declaración de inconstitucionalidad” de la norma impulsada por el Poder Ejecutivo ya que “produce perjuicios irreparables a la ciudadanía por resultar contrario a los artículos 1, 5, 14, 14 bis, 17, 19, 28, 29, 31, 36, 75, 99, 121 y subsiguientes de la Constitución Federal y el artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
“Se hace saber que esta Corte estudiará las cuestiones sometidas a decisión luego del receso correspondiente a la próxima feria judicial del mes de enero”, dice la resolución de apenas una carilla que resolvió la Corte Supurema. Y aclara que las actuaciones pasarán ahora a la Procuración General de la Nación para que dictamine.
La de la Rioja es la primera presentación que se hace ante la Corte Suprema en contra del DNU, que ya fue objetado a través de diferentes amparos en tribunales de primera instancia de diferentes fueros. Ahora, llegará el caso de Misiones, en donde se descuenta que también se correrá vista a la Procuración General para que opine sobre la competencia.