El juez federal Sebastián Ramos anuló todo lo actuado en la causa por el viaje de un grupo de jueces y empresarios a Lago Escondido, ocurrido en octubre de 2022, y dispuso el sobreseimiento de todos los involucrados: los jueces Julián Daniel Ercolini, Carlos Alberto Mahiques, Pablo Yadarola, Pablo Gabriel Cayssials, el procurador porteño Juan Bautista Mahiques y el ex ministro de Seguridad porteño Marcelo D’Alessandro junto a Leonardo Bergroth, entre otros.
En el fallo al que accedió Infobae, Ramos sostuvo que existió una “actividad de seguimiento irregular” por parte de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y que existe un límite para meterse en la vida privada de las personas: “Para evitar excursiones de pesca sancionables con la nulidad absoluta. No existen indicios de la comisión de un delito ni prueba alguna que permita dar apoyatura a dicha hipótesis y, por el contrario, se trata de acciones que deben quedar exclusivamente reservadas al ámbito de privacidad de los individuos”, sostuvo. El juez consideró que avanzar con esta investigación sería una “excursión de pesca”, un término jurídico que alude a cuando se avanza en una investigación con mero carácter especulativo, para ver “si se encuentra algo”, algo que está prohibido.
La resolución advirtió: “La cuestión que trasunta esta investigación vuelve a dejar al descubierto un complejo entramado de prácticas que deben ser analizadas estrictamente bajo la órbita de la protección de las garantías constitucionales. Aquí corresponde hacer especial hincapié, pues ha quedado demostrado en autos que existió una actividad de seguimiento irregular que contó con la intervención de una Fuerza de Seguridad y otros organismos del Estado, y que las intromisiones injustificadas que formaron parte de ese accionar ilegal derivaron en la vulneración del derecho a la privacidad de quienes han sido denunciados. Fue como resultado de esa maniobra ilícita que se produjo información, que fue brindada públicamente por redes sociales -tal como fuera el caso analizado del comunicado emitido por ambas concejalas de Bariloche y El Bolsón o la imagen del manifiesto de vuelo publicado en Twitter-, y que terminó dando lugar a notas periodísticas replicadas en diversos medios”.
El caso Lago Escondido nació en octubre del 2022, pero cobró notoriedad pública cuando se conocieron supuestos chats de los participantes del viaje en el que hablaban de la difusión de la noticia. Esos diálogos -registrados en la aplicación Telegram- habrían sido sustraídos de un hackeo al teléfono celular de D’Alessandro, uno de los viajeros, a través de la duplicación de la tarjeta SIM. El ex ministro de Seguridad porteña denunció el ingreso ilegal a su móvil y que los chats fueron adulterados.
Los diálogos se conocieron el fin de semana previo a la condena de la vicepresidenta Cristina Kirchner a seis años de prisión en la causa Vialidad y fueron parte de la exposición que hizo la ex jefa de Estado tras su condena, el mismo día que anunció que no sería candidata en 2023.
Tras la difusión de esos chats, el presidente Alberto Fernández habló en cadena nacional y su ministro de Justicia Martín Soria se presentó en la causa de Bariloche. La denuncia del Gobierno pidió varias medidas de prueba como la entrega de los celulares de todos los implicados y el secuestro de los mismos. Asimismo, el escrito presentado por el ministro de Justicia incluye un pedido para aceptar al Estado Nacional como querellante. A la vez impulsó la denuncia de los jueces involucrados en el Consejo de la Magistratura.
En ese contexto, la fiscalía de Bariloche imputó a los viajeros y ordenó una serie de diligencias que incluyeron allanamientos a la estancia Lago Escondido, reclamó el levantamiento del secreto fiscal e investigar la forma en que se pagó el viaje. Mientras la denuncia se concentraba en Bariloche, en Comodoro Py se presentaron otras dos denuncias: la primera impulsada por Yaradola como víctima de espionaje, que recayó en manos del juez Ariel Lijo, a cargo transitoriamente del juzgado federal 12 actualmente vacante, y la segunda impulsada por Fernando Miguez, de la Fundación por la Paz y el Cambio Climático, que pedía investigar a los jueces y que recayó ante el juez Ramos.
En marzo pasado, la Cámara Federal de Casación Penal dispuso que la causa de Lago Escondido se investigue en Comodoro Py, tal el criterio que había fijado el 1 de febrero el juez Farah. Desde entonces, la causa tramita en el juzgado de Sebastián Ramos. En este tramo, se rechazó aceptar a la AFIP y al Ministerio de Justicia que conducía Alberto Fernández y Cristina Kirchner como querellantes.
Ahora, a lo largo de 70 páginas, el juez Ramos hizo un desgranaje de cómo comenzó la causa: un alerta en redes sociales sobre el viaje de integrantes de “la mesa judicial” por parte de dos concejalas de Bariloche que no pudieron precisar cómo habían llegado a saber los nombres de los pasajeros y datos del vuelo publicados en Twitter y medios periodísticos.
También se detuvo en la declaración del piloto que relató que le hicieron firmar el destino del vuelo “de puño y letra el formulario confeccionado por ellos, algo que nunca me había sucedido antes ni me volvió a suceder”. Y continuó “también ese día, el 13 de octubre de 2022, sucedió algo extraño, el personal de la PSA presenció el embarque en la plataforma de FLYZAR y nos escoltó en parte del rodaje hasta a la pista para el despegue, algo que nunca antes me había sucedido . También quiero aclarar que cuando el oficial de PSA se hizo presente, me hizo saber que debía presenciar el embarque porque uno de los pasajeros era un fiscal federal”.
El copiloto también destacó un dato clave: “Yo por lo general desconozco a quien llevo, no me fijo a quien llevo. Cuando ingresé al aeropuerto fue esa mujer de la PSA la que me preguntó si ese era el vuelo que llevaba a los jueces. Esto me llamó la atención ya que ellos no deberían tener conocimiento de los pasajeros. De hecho, eso es lo que decía el formulario que yo les estaba entregando en ese momento. Los únicos que sabíamos el nombre de los pasajeros éramos yo, que complete el formulario, y la gente que trabaja en la parte comercial de FLYZAR. Quiero aclarar que esa gente no tiene trato con la PSA, por lo cual desconozco como tenían esa información de antemano”.
A eso se sumó otro episodio curioso: al momento del embarque, “había una persona de la PSA en un cuatriciclo a unos diez metros del avión cuando estábamos por iniciar el rodaje. Eso también me llamó la atención ya que no es habitual ver personal de la PSA en las inmediaciones del hangar de la empresa. Desde que trabajo en FLYZAR esa fue la única vez que se acercó un cuatriciclo de la PSA”. Por ser aviones privados, estaban acostumbrados a llevar celebridades pero los testigos resaltaron que nunca ocurrió una situación así: que los siguieran tan cerca de la aeronave poniéndose incluso en riesgo. Las filmaciones de la pista confirmaron la descripción.
“Se advierte de los dichos vertidos por ambos pilotos del vuelo en cuestión, que ese día -13/10/2022- se sucedieron una serie de comportamientos que no eran habituales ni parte de la operatoria diaria, por parte del personal de PSA, tanto en el aeropuerto de origen en San Fernando, como en el de destino en Bariloche”, determinó Ramos.
Para el juez, “no sólo ha quedado en evidencia la reticencia exhibida por las concejalas de Bariloche y El Bolsón, Roxana Ferreyra y Rosa Monsalve, al evitar brindar información, en su carácter de testigos, acerca de cómo fue que tomaron conocimiento del hecho denunciado, sino además no existen dudas de la intervención de Policía de Seguridad Aeroportuaria y otros organismos del Estado, y no sólo con la acreditada e investigada filtración del Formulario de Declaración General del vuelo, sino desde el mismo día en que ese vuelo partió desde San Fernando a Bariloche”. Esa diligencia fue sin que “exista ningún tipo de orden emanada de autoridad competente que habilitara al personal de aquella fuerza a actuar del modo en que lo hizo, ni mucho menos a compartir esa información e, incluso, documentación, al Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos -ORSNA-, en clara infracción al Régimen Profesional del Personal Policial de la Policía de Seguridad Aeroportuaria y pudiendo, a su vez, haber infringido leyes relacionadas a la ley de inteligencia nacional n°25.520″.
En ese sentido, el fallo sostuvo que “la presente investigación queda huérfana de elementos que le den sustento a la imputación pretendida –que también queda, de esta manera, fulminada de nulidad- y no se vislumbran fuentes autónomas de obtención de la misma”.
Por eso “deviene ineludible proceder al archivo de estos actuados, atendiendo a que las evidencias sobre las cuales se delineó la denuncia fueron obtenidas en violación a garantías constitucionales y apoyar en ellas una sentencia judicial compromete la buena administración de justicia”.
Ramos advirtió además “el riesgo de habilitar un accionar ilegal como el que se viene analizando, inmiscuirse en la vida privada de las personas ‘en busca’ de algún indicio de la comisión de un delito”. Y advirtió: “entramos en una zona de completa especulación, donde pareciera que cada una de las acciones de quienes están sometidos al escrutinio público por las funciones que ejercen, pueden ser observadas, analizadas, contrastadas con otras y, como consecuencia natural de ese ejercicio, reprochadas por el solo hecho de haber puesto la mirada en ellas y de sumar al relato efectuado ciertos ‘condimentos’”.
“Lo medular de la cuestión resulta ser aquel hecho que, despojado de todos esos agregados, integra el objeto de reproche y ello lo constituye el viaje privado de personas que, en esos días se encontraban en uso de licencias regularmente otorgadas, y con destino a una estancia en la ciudad de Bariloche cuya actividad comercial es justamente brindar ese servicio de hospedaje. Señalamientos como los mencionados anteriormente, vinculados al ex Presidente Mauricio Macri, a un empresario mendocino candidato a concejal por el PRO, no hicieron más que robustecer las especulaciones espurias que se han construido alrededor de ese hecho y que hemos visto que en el inicio mismo de la investigación han sido descartadas de plano”, sostuvo.
Ramos afirmó que “dejado ello de lado, sólo resta expedirse sobre el viaje realizado el 13/10/2022 en un avión privado por las personas investigadas y la reunión que habría sido llevada adelante por ellos en la estancia denominada Lago escondido, hechos que contrastados con todos los elementos reunidos en la causa no permiten atribuirle el sentido perseguido por los denunciantes”.
“Así las cosas, frente al insalvable vicio que tiñe de ilegal el origen de la hipótesis acusatoria que dio inicio a este proceso, esto es la notitia criminis obtenida mediante procedimientos ilegales, corresponde que se dicte la invalidez de dicho acto promotor, y que la misma se proyecte a todo lo actuado en esta investigación, y se declare así la nulidad de la presente causa”, dijo. Y añadió entonces que corresponde dictar el sobreseimiento de todos los involucrados aunque no hayan sido indagados porque fueron imputados por la fiscalía de Bariloche, dijo.