La Cámara Federal de Casación confirmó este martes la prisión preventiva de Faedi Masood Y.S., un joven iraquí que fue arrestado el 19 de octubre pasado en la puerta de la Embajada de Israel, en pleno microcentro porteño, con un documento presuntamente falso. El imputado había sido detenido realizando movimientos “sospechosos” mientras hablaba por teléfono -aparentemente- en idioma árabe con la mirada puesta en la sede diplomática.
Tanto el procesamiento del iraquí como su prisión preventiva llegaron hasta la Sala II del máximo tribunal penal del país luego de la apelación presentada por su abogado defensor contra la resolución de la Cámara Federal porteña, que había confirmado la postura de la jueza María Eugenia Capuchetti y el fiscal Guillermo Marijuán.
En rigor, todo ocurrió el 19 de octubre, a las 16:15 horas, frente a la sede de la Embajada de Israel, sobre la Avenida de Mayo al 700. Unos días antes, los edificios vinculados a la comunidad judía habían reforzado su seguridad a causa del brutal ataque de Hamas en Israel el 7 de octubre. En ese marco se dio la detención de Masood Yousif S.F.
Para la Justicia, el joven se encontraba “realizando movimientos sospechosos, mientras hablaba por teléfono, aparentemente en idioma árabe, mirando al personal policial y hacia el edificio donde se encuentra la citada sede diplomática, en razón de lo cual fue interceptado y activado el protocolo establecido por la embajada”. Luego de identificarlo, registraron que había tenido una causa anterior en el juzgado federal de Lomas de Zamora por falsificación de su pasaporte. También tenía un DNI argentino y gozaba de la condición de refugiado político.
Por falta de arraigo, y con medidas de prueba aún por realizar, la jueza Capuchetti dictó el procesamiento por falsificación de documento agravado con prisión preventiva, pero la defensa oficial, a cargo de Hernán Silva, apeló esa determinación. Reclamó que el procedimiento que terminó con la detención del sospechoso era nulo y a partir de entonces toda la causa debía caer. Esgrimió también que el hecho de que su cliente estuviera hablando por celular en idioma árabe en la puerta de la sede diplomática no podía ser considerado delito. Además, aseguró que la única razón para la causa en su contra estaba justificada en su nacionalidad y el contexto bélico internacional actual.
Los jueces de la Cámara Federal porteña Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens ratificaron la decisión de la jueza, en línea con el pedido de Marijuán. “No se observa la presencia de irregularidad alguna que pueda conllevar a la sanción de nulidad pretendida por la defensa”, dijeron.
Y explicaron: “no puede pasar inadvertido el contexto en el que se enmarcó el accionar policial el día en que ocurrió el hecho y lo que surge de la declaración brindada por el agente de la Policía de la Ciudad que se encontraba custodiando la Embajada de Israel, como la del personal de la Unidad de Investigación Antiterrorista de la Policía Federal Argentina”. “De recuperar su libertad, -afirmaron- el imputado podría frustrar los fines de la pesquisa”.
El expediente llegó entonces hasta la Sala II de Casación, integrada por los camaristas Guillermo Yacobucci, Ángela Ledesma y Alejandro Slokar. En una resolución emitida por mayoría -con la disidencia de Ledesma-, los jueces este martes decidieron rechazar el recurso interpuesto por la defensa en virtud de razones formales.
En esa línea subrayaron: “Que del análisis realizado en razón de lo previsto por los artículos 444 y 465 del CPPN, surge la inadmisibilidad de la vía intentada, pues este Tribunal lleva dicho que el ordenamiento procesal establece una limitación objetiva para la procedencia del recurso casatorio que, en lo sustancial, exige que, por vía de principio se trate de hipótesis que revistan la calidad de sentencia definitiva o equivalente”.
Luego añadieron: “la decisión que se pretende impugnar ha sido dictada por la Cámara de Apelaciones, en su carácter de órgano revisor de las resoluciones emanadas de los magistrados a cargo de la instrucción, es decir, en el caso existe doble conformidad judicial”.
Mientas tanto, la jueza aguarda los resultados de las conversaciones que el sospechoso mantenía al momento de ser aprehendido. También un informe requerido a la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) para saber qué tipo de “acompañamiento” le da el Estado a las personas que asumen esa condición y cuál fue el criterio para considerar refugiado a Faedi Masood.
En base a todos estos resultados, el fiscal Marijuán podrá ampliar el objeto procesal de la causa, actualmente centrada en la documentación falsa en manos del imputado.