Luego de una década de trámite judicial, este lunes se cayó definitivamente el juicio oral contra los ex responsables de la Sedronar por el tráfico de efedrina durante los gobiernos de Cristina y Néstor Kirchner. Tras un dictamen del fiscal Marcelo Colombo, el Tribunal Oral Federal 8 dispuso el sobreseimiento de todos los acusados, pudo saber Infobae de fuentes judiciales.
Los principales imputados en esa causa eran: Ramón Granero, Gabriel Abboud y Julio De Oure (ex director del Registro Nacional de Precursores Químicos). Pero también estaban procesados dos de los cuatro hermanos Zacarías, ligados a la familia Kirchner. Uno de ellos, Miguel Angel, era el secretario privado de Granero y tenía decenas de llamados con empresarios que luego fueron condenados por el tráfico de efedrina. El otro, Máximo Zacarías, era empleado de Ceremonial del PAMI.
El expediente tuvo un pico de exposición en 2014, cuando la jueza federal María Servini amenazó públicamente con allanar la Casa Rosada ante la falta de colaboración del gobierno de Cristina Kirchner. En ese momento, la jueza buscaba información sobre llamadas telefónicas. Finalmente, el entonces secretario general de la presidencia, Oscar Parrilli, recibió a los funcionarios judiciales y les entregó los datos.
En el primer procesamiento, Servini sostuvo que “ningún kilo de efedrina podría haber ingresado legalmente al país sin el conocimiento, consentimiento y autorización” de los máximos responsables de la Sedronar.
El precursor ingresaba al país desde China e India y terminaba en México, donde estaba prohibido. Entre 2004 y 2008 se importaron 47.625 kilogramos de efedrina (2600 en 2004; 3900 en 2005; 6100 en 2006; 20.450 kilos en 2007 y 15.000 kilos en 2008). El “festival” de la efedrina se cortó en septiembre de 2008, apenas un mes después del Triple Crimen de General Rodríguez.
El juicio oral estaba a punto de comenzar pero apenas una semana antes el fiscal Colombo planteó en una audiencia que todos los acusados debían ser sobreseídos. El argumento central fue que estaban siendo acusados como “partícipes necesarios” del delito de haber introducido al país materias primas destinadas a la fabricación de estupefacientes, una acusación que acumuló sentencias absolutorias y sobreseimientos.
Colombo mencionó, entre otras resoluciones, un fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 de San Martín, que el 23 de agosto absolvió a tres intermediarios acusados de haber desviado más de 15 toneladas de efedrina hacia los cárteles mexicanos: Carlos Edelmiro González, Marcelo Lisanti y Marcial Crespi. Aunque la maniobra no se puso en duda, el fiscal de ese juicio, Carlos Cearras, consideró que no estaba probado que los acusados sabían que los precursores químicos que vendían se usarían para la producción de drogas sintéticas. Y por ese motivo se cayó la acusación.
El debate jurídico con la causa de la Sedronar es similar al que se planteó con Hotesur-Los Sauces y el Memorándum con Irán, donde Colombo también es fiscal. El artículo 361 del Código Procesal Penal admite, como excepción, que los jueces sobresean a un acusado “cuando por nuevas pruebas resulte evidente que el imputado obró en estado de inimputabilidad o exista o sobrevenga una causa extintiva de la acción penal y para comprobarla no sea necesario el debate”.
Ante el planteo de Colombo, el presidente del TOF 8, Nicolás Toselli, decidió suspender la audiencia preparatoria y los jueces se tomaron más de dos meses para analizar los antecedentes.
Finalmente, los jueces terminaron convalidando los argumentado del fiscal. “Desde la elevación de la causa a juicio hasta la actualidad, -en momentos preliminares al juicio-, se verificó una sucesión de nuevos y reveladores acontecimientos que a la postre se tradujeron en diversos pronunciamientos liberatorios que benefician a los sujetos sindicados como autores y/o responsables directos de los hechos ilícitos de cuya participación se asignara a los funcionarios públicos de Sedronar junto con el imputado Máximo Zacarías en este legajo”, dice el fallo al que tuvo acceso Infobae.
Y agrega que la solución “importará un claro beneficio para el sistema de administración de justicia, economizando los recursos humanos, materiales y temporales que por lógica demanda el juicio, concretándose el más preciado beneficio en el derecho de defensa de los encartados”.
Además de Toselli, el fallo fue firmado por Sabrina Namer y María Gabriela López Iñiguez.
La causa fue elevada a juicio en diferentes tramos. La primera elevación, en 2017, llevaba la firma del ex juez Sergio Torres. Unos días antes, llamativamente, la jueza Servini se había apartado ante una serie de planteos realizados por la defensa de Abboud en Comodoro Py y en el Consejo de la Magistratura. La jueza dijo en ese momento que fue “víctima de hostigamiento”.
Granero, uno de los funcionarios que llegó desde Santa Cruz, nunca habló en público del escándalo. Cuando fue procesado, estaba cumpliendo funciones en la ex Enarsa y se retiró en silencio. Las pruebas en su contra se expandieron por otros expedientes. En un juicio oral ante el Tribunal Oral Federal 4, una ex asesora suya, Sandra Oyarzábal, admitió que era pareja de Augusto Abraham, uno de los empresarios condenados por el tráfico de efedrina.
Oyarzabal era una de las testigos propuestas por el fiscal Colombo.
Otra ex asesora de Granero, Susana Muzzio, que manejó varios de los expedientes administrativos en la Sedronar, había sido empleada de Prefarm, uno de los laboratorios que importó mayor cantidad de efedrina.