Se realizó el Primer Encuentro por el día de las personas con discapacidad en la sede de la Cámara Federal de Casación

La jornada fue presidida por el camarista Mariano Borinsky y contó con una mesa de diálogo con miembros de Observatorio Nacional de Discapacidad. Se realizó con el fin de reflexionar sobre el trato igualitario y conmemorar una fecha de carácter internacional

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Este lunes se llevó a
Este lunes se llevó a cabo el "Primer Encuentro por el Día de las personas con discapacidad" organizado por la secretaría General de la Cámara Federal de Casación

Este lunes se llevó a cabo el “Primer Encuentro por el Día de las personas con discapacidad” en los tribunales de Comodoro Py, un evento organizado por la secretaría General de la Cámara Federal de Casación Penal con el propósito de conmemorar una fecha de carácter internacional y reflexionar acerca de la necesidad del trato igualitario en todos los ámbitos de la sociedad para con las personas con discapacidad.

El presidente del máximo tribunal penal del país, Mariano Hernán Borinsky, dio inicio a la jornada en la sala “Malvinas Argentinas” del edificio de Retiro. Al inaugurar las actividades, el camarista declaró formalmente abierta la mesa de diálogo, que contó con las exposiciones de dos miembros del Observatorio Nacional de Discapacidad: Agustín Bianchi, abogado y empleado de dicha entidad, y Laura Velo, abogada y profesora de la Universidad de Buenos Aires.

Durante las exposiciones, los oradores destacaron la importancia del trato igualitario en todos los ámbitos sociales, tales como el de salud, educación y, en específico, el laboral. Además, ambos subrayaron la necesidad del acceso a la justicia, asegurado normativamente por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificado por nuestro país en 2008 a través de la ley 26.378.

Dicha Convención Internacional apunta a “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”.

La jornada fue presidida por
La jornada fue presidida por el camarista Mariano Borinsky y contó con la participación de dos miembros del Observatorio Nacional de Discapacidad

Bajo esos parámetros, el acuerdo multilateral precisa: “Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.

Por otro lado, el encuentro en la sede de la Casación Penal había sido aprobado en un acuerdo de la Superintendencia hace dos semanas. El fin buscado con esa decisión tuvo como base conmemorar el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, celebrado cada 3 de diciembre en virtud de la fecha declarada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Tal fecha fue declarada en el año 1992 a través de la resolución 47/3 de la Asamblea General de la ONU con el objetivo de fomentar los derechos y el bienestar de las personas con discapacidades en todos los ámbitos de la sociedad.

Entre las normativas que rigen esta temática en la Argentina, también se destaca la ley 22.431, sancionada en 1981 bajo el nombre de “Sistema de protección integral de los discapacitados”. Su primer artículo establece que dicho modelo tiende a asegurar a las personas discapacitadas “su atención médica, su educación y su seguridad social, así como a concederles las franquicias y estímulos que permitan en lo posible neutralizar la desventaja que la discapacidad les provoca y les den oportunidad, mediante su esfuerzo, de desempeñar en la comunidad un rol equivalente al que ejercen las personas normales”.

Dicha ley ha sido impugnada por distintos sectores de la sociedad esgrimiendo un cambio de paradigma en el abordaje del tema. En este sentido, para la Agencia Nacional de Discapacidad la normativa de 1981 “da cuenta de una concepción de la discapacidad de anclaje eminentemente médico, proteccionista, asistencialista, que entiende a la persona con discapacidad solo como sujeto de cuidado y no como sujeto de derecho; que anula el reconocimiento de la persona como actor social y la limita a ser receptora de acciones de contención diferenciales y segregacionistas”.

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