El juez de la Cámara del Trabajo Gregorio Corach presentó su renuncia al cargo a partir del 1 de diciembre, informaron a Infobae fuentes judiciales. Lo hizo mientras tramitaba una causa para continuar hasta que el Senado tratará su pliego para continuar cinco años más, como establece la Constitución Nacional. Tenía un fallo que se lo permitía pero el Consejo de la Magistratura de la Nación apeló esa decisión y planteó que antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación establecían que al no tener ese acuerdo debía irse.
La postura del Consejo se plasmó antes de ayer en la causa judicial y en ese contexto el magistrado presentó su renuncia al cargo.
Hermano de Carlos Corach, ex ministro del interior de Carlos Menem, Gregorio Corach es juez de la Cámara del Trabajo desde 1991. El pasado 26 de octubre cumplió 75, la edad máxima que fija la Constitución Nacional para ocupar el cargo. Para continuar, en septiembre del año pasado le pidió al gobierno de Alberto Fernández un nuevo pliego por cinco año más –también como establece la Constitución-. El Poder Ejecutivo envió el pliego al Senado 14 días antes que cumpla 75 años.
Como la Cámara Alta no iba a completar el trámite antes de su cumpleaños, Corach se presentó en la justicia para pedir continuar en el cargo hasta que su situación se resuelva. El juez planteó que la demora en el trámite no se le puede imputar a él, que una resolución del Consejo avala la continuidad de los jueces que llegan a los 75 años y que tienen el pliego en el Senado, lo que se dio en cinco casos que citó.
El escenario a ese momento tenía como protagonista a la jueza de Casación Ana María Figueroa. Ella había cumplido 75 años, tenía el pedido de acuerdo en el Senado sin aprobar, y la Corte Suprema la cesanteó en el cargo. El máximo tribunal dijo que si un magistrado un día antes de cumplir los 75 no tenía el nuevo acuerdo del Senado debía irse. Tras ese fallo, Figueroa logró el acuerdo, pidió volver y ahora su situación quedó a resolución.
El juez en lo contencioso administrativo federal Walter Correa dictó una medida precautelar a favor de Corach para que siga en el cargo.
En su fallo, el juez Correa dijo que lo resuelto por el máximo tribunal “tiene su origen en el ejercicio de las facultades materialmente administrativas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, es decir en su faz administrativa, las cuales son asimilables al acto administrativo, y por lo tanto representan actos de superintendencia con alcance particular y circunscriptos al administrado” y que “resulta inaplicable” al caso de Corach que inició una causa judicial.
El magistrado señaló que en el caso de Corach se dan “razones de urgencia” y “circunstancias objetivamente impostergables” por lo que dispuso una medida precautelar para que el camarista “pueda continuar ejerciendo su cargo”. La decisión es “hasta tanto se resuelva la medida cautelar solicitada en estos autos o hasta tanto finalice las sesiones ordinarias del Honorable Senado de la Nación, lo que ocurra primero”.
La medida cautelar tiene una particularidad: fue firmada a las 23:59:14 horas del 25 de octubre, menos de un minuto después, el juez cumplía 75 años.
Pero el fallo fue apelado el miércoles por el Consejo, el organismo que preside Horacio Rosatti, titular de la Corte Suprema que había firmado junto a sus cuatro colegas la cesantía de Figueroa.
Entre otras cuestiones, el Consejo planteó en su escrito que el juez Correa no puede obviar la resolución que la Corte Suprema tomó en el caso de Figueroa: “resulta manifiestamente improcedente que un tribunal inferior a la Corte Suprema de Justicia de la Nación realice una interpretación de una decisión dictada por el Máximo Tribunal, en vistas a relativizar su vigencia o valor jurídico circunscribiéndolo a un mero acto administrativo”.
El Consejo también marcó como central el fallo " Schiffrin” de la Corte Suprema en el que determinó la constitucionalidad del límite de 75 años de edad. “la admisión de la medida cautelar, violentando el texto de la Constitución Nacional y apartándose del pronunciamiento del Máximo Tribunal que fija la doctrina legal para el supuesto, sin que aspecto novedoso alguno lo justifique; conculcará el principio de seguridad jurídica y, con ello, pondría en serio riesgo el interés público”, sostuvo el Consejo y advirtió que una nueva resolución a favor del juez laboral “pueda ser calificada como una “intromisión indebida” de un juez de primera instancia en la ejecución de un fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia”.
Así, el juez del caso debía resolver la situación de Corach, lo que se volverá abstracto tras la renuncia del magistrado. Ahora la renuncia debe ser aceptada por el gobierno de Alberto Fernández y publicarse en el Boletín Oficial.