Confirmaron el procesamiento por estafa de un empresario dedicado a la venta de entradas para el Mundial de Qatar

La decisión estuvo a cargo de la Cámara Nacional en lo Criminal, que además le prohibió al imputado salir del país sin autorización judicial. Los damnificados fueron siete, que habían comprado tickets para ver a la selección argentina en la primera ronda del certamen

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La Cámara Nacional de Apelaciones
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal confirmó el procesamiento por estafa de un empresario que vendía entradas para el Mundial de Qatar que nunca entregó (NA)

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal confirmó el procesamiento por presuntas estafas reiteradas y la prohibición de salida del país de un empresario investigado por vender entradas para ver a la selección Argentina de fútbol en el Mundial de Qatar y nunca entregarlas.

Se trata de Julián Bisignano, cuyo procesamiento como “autor del delito de estafa reiterada en siete oportunidades” quedó ratificado por la Sala 5 del Tribunal de Apelaciones porteño, según la sentencia a la que tuvo acceso Télam.

De acuerdo a las constancias de la causa, el imputado se desempeñaba como titular de una empresa dedicada a la venta de entradas para partidos de fútbol, con locales en los barrios de Belgrano, Villa Crespo y Puerto Madero, de la Capital Federal. Su principal negocio consistía en facilitar la obtención de tickets para asistir a eventos deportivos a personas que mayormente no eran socias de clubes de fútbol.

En ese marco, distintas víctimas le entregaron al empresario diferentes sumas de dinero en dólares y en efectivo para concretar la compra de entradas de diferentes partidos del equipo de Lionel Scaloni en el Mundial de Fútbol de Qatar 2022, disputado en los meses de noviembre y diciembre últimos. Sin embargo, esos tickets nunca fueron entregados.

Las víctimas de las estafas
Las víctimas de las estafas habían comprado entradas para ver a la selección Argentina de fútbol en el Mundial de Qatar: nunca las recibieron (AP)

De acuerdo a los testimonios que ofrecieron los damnificados en el expediente, ellos decidieron adquirir las entradas a través de la empresa a cargo de Bisignano por una cuestión común: la confianza que les despertó su alta exposición en las redes sociales y “las distintas notas periodísticas que aparecieron a su respecto”, además de algunas “operaciones similares que el imputado habría concretado con terceros”.

Bajo ese contexto, los camaristas Ricardo Matias Pinto y Roldof Pociello Argerich, al referirse a la modalidad de engaño utilizada por el imputado, expresaron: “Las firmes imputaciones realizadas por los damnificados, donde revelan un patrón de conducta idéntico (...), constituyen un sólido indicio de que los hechos se habrían concretado en la forma por ellos expuesta”.

Bisignano, según los jueces, se encargó de crear un perfil social de alta exposición en distintas plataformas como Instagram, desde donde “exhibía historias de venta de entradas para partidos de futbol y con fotografías de supuestos clientes con agradecimientos”.

Algunas de las personas engañadas habrían recibido la explicación del modus operandi del imputado, quien supuestamente les contó que las entradas las adquiría a través de un contacto dentro de la Asociación de Fútbol Argentino (AFA) y que, además, él vendía un combo a precio dólar con “tres entadas para la primera ronda de partidos del Mundial”.

El empresario llegó a recibir el dinero de las víctimas, a quienes les pidió un tiempo de espera para recibir las entradas. La secuencia de reclamos comenzó pasados algunos días. Ahí el imputado esbozó una serie de excusas: que “su contacto” en la AFA no le había conseguido las entradas, o que “en lugar de electrónicas serían físicas”. Había que seguir esperando.

La estafa terminó de redondearse la semana anterior al inicio del Mundial -que comenzó el 20 de noviembre del año pasado-. Para esa fecha, los reclamos de las víctimas se habían intensificado y el empresario recurría a nuevas excusas. Esa dinámica se agotó el 16 de noviembre, cuando, de pronto, Bisignano dejó de contestar los mensajes, bloqueó a los compradores de Whatsapp y borró la cuenta de la empresa en Instagram y su página web sin dar ninguna explicación.

El imputado vendía combos en
El imputado vendía combos en dólares con entradas de la selección para la primera ronda del Mundial (AP Foto/Luca Bruno, Archivo)

La defensa técnica del acusado planteó en el expediente que no había habido “ardid o engaño” y que, por su parte, los supuestos estafados “eran conscientes de que la actividad en la que intentaron participar no se encontraba amparada por el derecho (compra de entradas para un espectáculo deportivo mediante reventa) por lo que asumieron un riesgo de forma voluntaria”.

Sin embargo, al confirmar el procesamiento de Bisignano, los jueces de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal sostuvieron que “los tribunales también han admitido la posibilidad de configurarse el delito de estafa aun cuando la víctima del engaño persiguiera un objeto ilícito”. Y en esa línea explicaron también que el acusado “interrumpió todo contacto con los denunciantes y cerró sus redes sociales días antes del inicio del evento deportivo, es decir, cuando aún podía cumplir con la entrega de los tickets”, lo que impide sostener que “en el caso no existió engaño alguno como promueve la defensa”.

“Bisignano, luego de manifestarle a los compradores que contaba con contactos en AFA para obtener los tickets que ofrecía -a fin de generar cierta confianza en la operación que proponía-, recibió el monto total del precio establecido -en dólares- de parte de seis de las víctimas y una seña de novecientos dólares de la restante”, subrayaron los camaristas.

Asimismo consideraron que esa conducta del imputado “se compadece en forma indiciaria con las maniobras de estafas reprochadas al surgir de los testimonios pautas indiciarias de un actuar doloso desde el inicio, y no un incumplimiento contractual como alega”.

El delito de estafa está enmarcado en el artículo 172 del Código Penal de la Nación. Y junto a la ratificación del procesamiento, los jueces confirmaron también la prohibición de salida del país del empresario sin previa autorización judicial, ya que, según expresaron, “luego de haber recibido el dinero e interrumpir todo tipo de comunicación con los damnificados viajó al exterior, extremo que permite dar cuenta que cuenta con los medios suficientes para sustraerse del accionar de la justicia”.

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