La Cámara Federal de Paraná rechazó este miércoles un pedido de información pública al jefe de Gabinete Agustín Rossi acerca de los fondos presupuestados para los viajes del presidente Alberto Fernández en su última gira oficial por el mundo, así como la función que cumple la comitiva de su pareja Fabiola Yáñez en ese itinerario. La solicitud, planteada ante la Justicia por un abogado de la provincia de Entre Ríos, fue denegada por no seguir el procedimiento estipulado en la Ley de Información Pública Nº 27.275.
Alberto Fernández inició una suerte de despedida mundial como jefe de Estado a través de una serie de viajes al exterior que comenzaron el 8 de septiembre pasado con su arribo a la ciudad de Nueva Delhi, India, para participar de la Cumbre del G20. Luego viajó hacia La Habana, Cuba, donde llegó el 14 de ese mes para formar parte de la Cumbre del G77+China, un bloque que agrupa a la mayoría de los países en vías de desarrollo del hemisferio sur.
Cuatro días después de su participación en ese cónclave, Fernández voló a la ciudad de Nueva York para presenciar por última vez la Asamblea General de Naciones Unidas (ONU). Y un mes más tarde, invitado por el mandatario del régimen comunista Xi Jinping, el presidente viajó a Pekín, China, para formar parte del Tercer Foro de la Franja y la Ruta de la Seda para la Cooperación Internacional.
En ese contexto, una semana antes de que el Jefe de Estado iniciara su itinerario oficial, el abogado Ricardo Luciano, matriculado en Gualeguaychú, presentó un “amparo de información pública” ante el Juzgado Federal de esa ciudad para intimar al jefe de Gabinete Agustín Rossi a que brinde una serie de respuestas acerca de ese trajín internacional.
“El señor presidente de la República Argentina, Dr. Alberto Ángel Fernández, se encuentra por realizar una inédita e innecesaria gira de despedida mundial, visitando varios países -algunos todavía sin determinar-; gira mundial sin ningún sentido, atento a que en tres meses dejará su mandato y ni siquiera tiene la posibilidad de ser reelecto, ya que no es candidato a presidente”, comenzó planteando Luciano ante el juez federal Hernán Sergio Viri para fundar su acción de amparo.
“-El- viaje le va a costar al erario público una cifra muy importante en dólares que, se sabe, el país no tiene”, continuó el abogado, tras lo cual agregó: “Los dineros públicos en divisa extranjera (...) que utilizará nuestro Presidente y su comitiva son necesarios para importar insumos médicos que faltan y otros de todo tipo como remedios, prótesis, autopartes de automotores, por citar algunos”.
En esa línea, solicitó que, con motivo de la “gira de despedida mundial”, el jefe de Gabinete responda: “1) Si tiene el Sr. presidente autorización del Congreso para ausentarse del país, a qué destinos y por cuánto tiempo; 2) Que indique el sentido estratégico, político y económico de los viajes a realizar; 3) Que informe cuál es la agenda institucional y privada del Sr. presidente y de su comitiva en cada país que visitará; 4) Que informe la comitiva que lo acompañará y función que cumple cada uno/a; 5) Que señale cuáles serán los lugares de alojamiento del Sr. presidente y de la comitiva; 6) Que informe cuál es la comitiva de la Sra. Fabiola Andrea Yáñez y qué función cumplirá; 7) Que informe el monto ‘total’ en dólares que tiene presupuestado para todos los viajes a realizar, viáticos de la comitiva y todo otro gasto a efectuar”.
La solicitud en cuestión se fundó en la Ley de Información Pública Nº 27.275, que tiene como propósito garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública, y faculta, a su vez, a “toda persona humana o jurídica, pública o privada” a recibir del Estado la información solicitada acerca de sus actos de gobierno.
Sin embargo, el artículo 9 de esa norma establece que el pedido de informes debe ser presentado ante “el sujeto obligado que la posea” -en este caso, el jefe de Gabinete-. Solo recién ante el silencio del organismo estatal y el vencimiento de los plazos legales para remitir la información requerida -un total de 30 días hábiles-, se encuentra habilitado el uso del amparo judicial.
Esto explicó el juez federal Viri al rechazar de forma inmediata la acción presentada por Luciano, quien apeló esa decisión y alegó que “acudir a los pedidos -de información- en sede administrativa carece de sentido, en virtud de que los viajes organizados por el Sr. Presidente estaban por realizarse al momento de iniciarse el amparo”. Además subrayó que “los dólares destinados a la gira oficial resultan indispensables para afrontar gastos de importación del Estado para la adquisición de insumos, remedios y prótesis”.
Así las cosas, el expediente recayó en la Cámara Federal de Paraná, integrada por los jueces Mateo José Busaniche y Beatriz Estela Aranguren, quienes en conjunto decidieron rechazar el recurso de apelación, en tanto “se observa que el actor formula el pedido de información pública respecto del Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación directamente ante el Juzgado Federal de la ciudad de Gualeguaychú, sin haberlo solicitado ante el requerido, en contradicción con lo previsto por el art. 9 de la ley 27.275″.