La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un recurso y, con ello, dejó firme la condena impuesta a Armando Ramón Gómez Bravo por abuso sexual agravado y corrupción de menores en el instituto religioso Antonio Provolo de Luján de Cuyo, en la provincia de Mendoza.
En este caso se investigaron los hechos que ocurrieron entre 2005 y 2016 en perjuicio de once niños sordomudos e hipoacúsicos, cuando las víctimas tenían entre 5 y 17 años. La mayoría de los chicos abusados provenían de hogares de escasos recursos, que eran dejados por su familias como pupilos.
Los curas y directivos del Provolo reclutaban a los chicos con el argumento de que era un instituto modelo donde se enseñaba el lenguaje oral y se dejaba de lado la lengua de señas. El padre de una de las víctimas explicó que esa técnica terminó siendo una trampa porque a los chicos no los dejaban comunicarse con su lenguaje original que era el de señas.
La condena tuvo un impacto mundial: fue la primera vez que los sacerdotes de una orden religiosa con sedes en Verona (Italia), en La Plata y Mendoza, en Argentina fueron enjuiciados en 50 años de denuncias por violaciones, abuso sexual, maltratos y corrupción de menores.
La Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó la sentencia que condenó a Gómez Bravo a 18 años de prisión e inhabilitación absoluta por igual término. El Máximo Tribunal provincial también ratificó las condenas impuestas a los sacerdotes Horacio Hugo Corbacho Blank y Nicola Bruno Corradi Soliman a 45 y 42 años de cárcel, respectivamente.
La causa llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación por la queja presentada por los abogados defensores de Gómez Bravo, quien se desempeñaba como jardinero en el instituto.
El máximo tribunal -con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti- desestimó el planteo y de esta manera, la condena quedó firme.
“Considerando: Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se desestima la presentación directa”, dice el fallo de la Corte Suprema de una sola carilla.
Una de la víctimas, J.J.R, hoy de 23 años, nació en Misiones y tenía 8 años entró al instituto religioso para chicos sordos Antonio Provolo de Mendoza. Según su relato, fue violado al menos 8 veces mientras estuvo en el instituto, en ocasiones hasta llegaba a desmayarse por el dolor que sufría durante esos ataques. De acuerdo con su testimonio, J.J.R. -de condición humilde, lejos de su familia en un pueblo cerca de la Triple Frontera- fue violado en simultáneo por el jardinero Gómez y por otro ex trabajador del instituto, quien no llegó al juicio ya que fue declarado inimputable.
Luego de ser abusado el joven sufría múltiples lesiones y desgarros y era trasladado por el cura Horacio Corbacho, la monja Asunción Martínez o por el ex monaguillo Jorge Bordón para que lo revisara un médico, siempre fuera del instituto Provolo.
Una vez que era atendido por los médicos lo llevaban a un local de comidas rápidas donde le compraban el menú consistente en una hamburguesa, papas fritas y un juguete que después le quitaban. Todo esto fue relatado por la víctima en cámara Gesell, testimonio que fue registrado en 2017 y que duró más de cuatro horas.
A mediados de agosto de este año la Justicia ordenó indemnizar a 17 de las víctimas de los abusos ocurridos en 2016. “Los pagos corresponden al daño civil en concepto de indemnización y es un acuerdo de dinero entre las partes”, explicó Sergio Salinas, abogado de los jóvenes abusados cuando eran menores de edad.
Asimismo aclaró que “por respeto y seguridad a la intimidad” no se especificaron las cifras de los pagos hechos por la asociación civil Obra San José con dinero proveniente de la venta del inmueble en el que funcionaba el instituto Provolo, que compró la municipalidad de Luján de Cuyo.