La investigación por la muerte de la periodista Débora Pérez Volpin, ocurrida hace cinco años durante un procedimiento médico, tendrá a partir de este viernes un nuevo capítulo. Un tribunal oral comenzará a juzgar al ex director del sanatorio La Trinidad por encubrimiento; y a una instrumentadora quirúrgica por falso testimonio. Las acusaciones contra ambos surgieron como consecuencia del primer juicio, en el que fue condenado a tres años de prisión el endoscopista que atendió a la víctima.
Los acusados en el debate serán Roberto Martingano, quien al momento del fallecimiento de la periodista —ocurrido el 6 de febrero de 2018 durante una endoscopía— ejercía el cargo de director de la clínica ubicada en el barrio de Palermo, y de la instrumentadora Miriam Frías, presente en esa intervención médica. Ambos comenzarán a ser juzgados este viernes en un proceso que estará en cabeza del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOCC) 26 porteño.
La instrucción del caso estuvo en manos de la jueza María Fabiana Galletti, quien al procesar por encubrimiento al ex director consideró que luego de la muerte de Pérez Volpin él había incurrido en “un accionar tendiente a ocultar prueba a los investigadores de vital importancia para la comprobación del delito y para la determinación de la responsabilidad penal”. Para la magistrada, “es evidente que su conducta no ha sido inocente o ingenua ni que obró en desconocimiento de la situación”.
Y es que según la jueza, Martingano “ordenó” que se pusiera a “resguardo únicamente la caña endoscópica” y “tomó inmediato contacto directo con todos aquellos que participaron del estudio y otros profesionales”. También “supo por sus peritos la causa probable —luego confirmada— del fallecimiento; mandó a preservar sólo una parte del equipo endoscópico y participó activamente de todas las requisitorias policiales y judiciales”.
En esa línea, la magistrada agregó: “Con toda esa información anticipada y privilegiada, siempre estuvo un paso adelante en la investigación; y, en ese contexto, seleccionó qué elementos probatorios aportar”.
Por su parte, Miriam Frías, que estuvo asistiendo en el procedimiento donde falleció la periodista y legisladora porteña, fue procesada por el delito de falso testimonio tras repetir varias veces que no recordaba el hecho al momento de declarar en el juicio oral que se le siguió al endoscopista Diego Bialolenkier y a la anestesista Nélida Puente. Al ser la única testigo de ese momento se generaron sospechas sobre sus dichos.
En rigor, en agosto de 2019, el TOCC 8 de la Capital Federal, a cargo del juez Javier Anzoátegui, estableció que la periodista murió por la “conducta imprudente y negligente” del médico endoscopista durante el procedimiento de “video endoscopia digestiva alta”. En consecuencia, Bialolenkier fue condenado a tres años de prisión condicional por homicidio culposo, con una pena sin cumplimiento efectivo. Mientras que la anestesista quedó absuelta. En marzo de este año, la sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó ambas decisiones.
Por su parte, en esta segunda causa la defensa de Martingano había intentado acceder a la suspensión del juicio a prueba, lo cual fue rechazado por el TOCC 26 y luego ratificado por la Corte Suprema de Justicia. Por lo tanto ahora comenzará el debate público donde se evaluará si el profesional es condenado o absuelto en función de las pruebas recolectadas en el caso.
Previamente, durante la instrucción penal y frente a la indagatoria de la jueza Galletti del 13 de febrero de 2020, el ex director de La Trinidad contó que cuando uno de los médicos legales convocado por el sanatorio para participar de la autopsia le planteó que habían visto lesiones en la mucosa del tubo digestivo, lo primero que hizo fue llamar a la encargada del quirófano para pedirle que “precinte el endoscopio y lo guarde bajo llave”. “Doy esa indicación porque si esa misma noche hay una urgencia y se necesita usar ese aparato, tenía que tener la seguridad de que ese aparato no fuese a dañar a alguien”, explicó.
También comentó que esa orden la dio respecto “solo a la caña y no al procesador, ya que el procesador no entra en contacto con el paciente”. A su vez, volvió a reiterar que el motivo que lo llevó entonces a poner en “resguardo” el instrumento fue para “evitar” que se utilizara, ya que le había “asaltado una duda sobre si pudo generar lesiones en la paciente Pérez Volpin”. Y luego precisó: “era la única caña que había para hacer un procedimiento de este tipo en el sector”.
Débora Pérez Volpin tenía 51 años cuando murió pasadas las 17 ese 6 de febrero de 2018. Se había internado por unos fuertes dolores estomacales a los que los médicos no terminaban de encontrarle explicación. Al entrar al quirófano habló con la anestesista. Luego se durmió. Nunca volvió a despertar.