Servini volvió a rechazar la reapertura de la causa por el atentado de Montoneros al comedor de la Policía Federal en 1976

La Cámara Federal había anulado en 2022 un fallo de Servini que cerró la denuncia por prescripción. Con aval del fiscal y las defensas, la jueza volvió a rechazar la revisión de los sobreseimientos e insistió en que la investigación está cerrada

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Masacre en el Comedor
Masacre en el Comedor

La jueza María Servini volvió a rechazar la intención de analizar las responsabilidades de la agrupación Montoneros en el atentado a la sede de la Superintendencia de Seguridad Federal de la Policía Federal, ocurrida en julio de 1976, en plena dictadura, que provocó la muerte de al menos 23 personas y heridas en más de 60, según revelaron a Infobae fuentes judiciales. La decisión ya está siendo revisada por la Cámara Federal.

En junio del año pasado, la Sala I de la Cámara Federal había anulado una resolución de Servini en donde se pedía la reapertura de la causa. Para los jueces, el fallo de Servini no había analizado si el caso, más allá del paso del tiempo, debía investigarse bajo la hipótesis de una grave violación a los derechos humanos, como ocurrió con la causa AMIA. Tampoco se evaluó, dijo la Cámara Federal, si la organización Montoneros contaba en ese momento con apoyo de estados y organizaciones extranjeras.

En ese contexto, el caso volvió a manos de Servini. Y ahora, avalada en la postura fiscal y de las defensas, la jueza volvió a rechazar reabrir la discusión. Se basó en antiguas resoluciones de la Cámara Federal y la Cámara de Casación Penal que habían cerrado la puerta a entender el caso como un crimen de lesa humanidad o un crimen de guerra. También rechazó la pretensión de revisar los sobreseimientos y de aceptar como querellantes a los impulsores de los planteos.

“Dado que los argumentos en base a los cuales se solicita la declaración de nulidad de los sobreseimientos dispuestos en autos resultan una revisión” de lo ya analizado “y descartado por las instancias superiores a este Juzgado corresponde a proceder a su rechazo”, afirmó el fallo al que accedió Infobae. Los impulsores de la denuncia apelaron y ahora la cuestión volverá a ser revisada por la Cámara Federal.

La cúpula de Montoneros
La cúpula de Montoneros

Todo ocurrió a las 13:20 del 2 de julio de 1976, cuando una bomba detonó en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal, ubicada en la calle Moreno 1431 de la Capital Federal. El ataque fue concretado por la organización Montoneros. La denuncia señala como responsables de esa agrupación a Mario Firmenich, Marcelo Kurlat, Horacio Verbitsky, Laura Sofovich, Miguel Ángel Lauletta, Norberto A. Habegger, Lila Victoria Pastoriza, entre otros.

Los detalles de ese ataque fueron relatados en un libro del periodista Ceferino Reato, “Masacre en el comedor”, considerado el atentado más sangriento que llevó adelante la agrupación Montoneros. El autor material del ataque fue José María Salgado, Pepe, un joven agente de policía de 21 años que también estudiaba Ingeniería Electrónica en la Universidad de Buenos Aires. Más tarde terminaría destrozado en una sala de torturas de la ESMA.

En 2006, la jueza federal María Servini rechazó una denuncia contra los presuntos autores del atentado por entender que no era un crimen de lesa humanidad. Solo se le dio esa entidad a los hechos ocurridos desde el Estado. El paso del tiempo hizo caer la posibilidad de analizarlos como crímenes comunes.El caso escaló a la Corte Suprema que confirmó ese criterio.

En 2021, un grupo organizaciones civiles y 400 abogados se presentaron en el juzgado para pedir la reapertura de la causa y solicitar que sea declarado imprescriptible. En ese contexto solicitaron llamados a indagatorias y capturas de los líderes de la organización que fue declarada asociación ilícita en el gobierno de María Estela Martínez de Perón. Entre los firmantes estaban la Asociación Defensores de DDHH Latinoamericanos, la Asociación de Familiares y Amigos de Víctimas del Terrorismo, la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia, el Centro de Estudios Salta, y la Asociación de Familiares y Amigos de Presos Políticos, junto con centenares de letrados y víctimas de organizaciones terroristas.

La jueza lo rechazó pero la Cámara Federal ordenó analizar el caso porque la jueza no lo había analizado debidamente. “En cuanto a la eventual calificación de crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, con los nuevos elementos propuestos; o un posible caso de grave violación a los derechos humanos. Es de destacar, además, que se omitió una contestación fundada respecto de otro pedido de los requirentes en cuanto a implementar otro procedimiento”, se afirmó.

Jueza Servini (Luciano Gonzalez)
Jueza Servini (Luciano Gonzalez)

Servini, sin embargo, volvió a decir que no en un fallo de casi 25 páginas, la mayor parte de con citas de otros tribunales. Para la jueza, la imprescriptibilidad de los hechos adquirió “firmeza de cosa juzgada” y “la discusión acerca de la calificación de los delitos investigados se encuentra agotada”.

“Más allá de lo aberrante y reprochable que resulta el hecho objeto esta causa, el análisis se limita a una valoración estrictamente jurídico-penal del mismo, puesto que la cuestión se ciñe a determinar si corresponde aplicar el caso de autos los tipos penales excepcionales que sancionen crímenes extraordinarios que habilitan la persecución sin límite de tiempo a sus autores”, señaló.

“Y en ese orden de ideas fueron mis superiores, quienes ratificaron y concluyeron que el suceso criminal acontecido el 2 de julio de 1976 la sede de la entonces Superintendencia de Seguridad Federal de la Policía Federal Argentina atribuido a la organización Montoneros no configuró un delito de lesa humanidad ni un crimen de guerra así como tampoco un acto de terrorismo en los términos de la definición prevista en el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo, ni una grave violación a los derechos humanos, con lo cual le eran aplicables las reglas generales atinentes a la vigencia de la acción y en consecuencia los hechos estaban prescritos”, se añadió.

La jueza resaltó: “el limitado marco de conocimiento atribuido en este legajo se circunscribe al hecho ocurrido el 2 de julio del 1976 y no a toda la actividad delictiva atribuida la organización Montoneros, siendo que las descripciones que se efectúa en la presentación” sobre el aporte o la participación de gobiernos extranjeros “hacen referencia a las distintas actividades ilícitas emprendidas por dicha organización pero ninguna de esas se relaciona en forma concreta y específica con el caso” en sí. La decisión de Servini volvió a ser apelada por los denunciantes, que insisten en ser querellantes. El caso volverá a ser revisado por la Cámara Federal.

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