El juicio oral por la llamada “Causa Skanska”, el primer escándalo de corrupción kirchnerista, comenzará el próximo 4 de abril del año próximo, según determinó este miércoles el Tribunal Oral Federal 2 que llevará adelante el debate. En el banquillo estarán los ex funcionarios Julio De Vido, José López y otra veintena de acusados, confirmaron a Infobae fuentes judiciales. Los delitos son cohecho y administración fraudulenta.
El tribunal estará a cargo de los jueces Jorge Gorini, Guillermo Costabel y Marta Gabriela López Iñiguez. Gorini fue uno de los jueces que condenó a López y a la vicepresidenta de la Nación, Cristina Kirchner, en el juicio oral por las obras públicas viales en Santa Cruz al empresario Lázaro Báez. Las defensas habían promovido recusaciones para los magistrados, que fueron rechazados en las últimas semanas por Casación investigaba en los primeros años del kirchnerismo los presuntos pagos ilegales por parte de la empresa multinacional a funcionarios locales para la adjudicación de la construcción de gasoductos.
La obra –que sería financiara por un fondo fiduciario por Nación Fideicomisos- buscaba la expansión de la capacidad de transporte de gas natural que comprendía la instalación de gasoductos en el sistema norte (TGN) y en el sistema sur (TGS), además de potencia de compresión en las dos plantas existentes y la construcción de una nueva planta.
Y en la investigación apareció una prueba clave: una grabación en donde el ex responsable del área comercial de la empresa, Javier Azcárate, reconocía que Skanska coimeó para participar de una millonaria ampliación de gasoductos organizada por el Ministerio de Planificación y cómo se usaban facturas truchas para justificar los sobornos. Las palabras de Azcarate quedaron registradas en la charla que grabó el síndico de la compañía Claudio Corizzo, que estaba haciendo una auditoría interna.
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La causa comenzó en 2006 por la denuncia del entonces diputado de la Coalición Cívica Adrián Pérez por irregularidades en la contratación del Proyecto de Ampliación de Gas 2005, implementado por el ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación. En diciembre de 2010, el entonces juez Norberto Oyarbide dictó decenas de procesamientos por cohecho y defraudación contra la administración pública. Casi un año después la Cámara Federal dispuso la confirmación de algunos procesamientos, faltas de méritos para otros y que el tema pasara al fuero tributario.
Imprevistamente, la Sala I de la Cámara Federal desechó la validez de ese audio por entender que había sido obtenido de forma engañosa y no podía usarse como prueba. Así lo dijeron entonces los jueces Eduardo Freiler y Eduardo Farah: que la grabación constituyó una “actividad parajudicial” y que Azcárate fue víctima de un engaño, un ardid, y que sólo por eso se autoincriminó.
Esto posibilitó en 2011 revocar los procesamientos de tres de los principales acusados, el ex titular del ENARGAS Fulvio Madaro; el ex gerente de Fideicomisos del estatal Banco Nación Néstor Ulloa y el ex secretario de Energía Daniel Cameron, entre otros empresarios y ex funcionarios.
El fallo quedó firme porque el fiscal Germán Moldes no lo apeló, pero en diciembre de 2015 la Corte Suprema –por apelación de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA)- ordenó revisar la validez o no de la grabación, en una suerte de virtual reapertura de la causa.
Y en abril de 2016 la Cámara Federal de Casación Penal dio por válida la grabación, y el fiscal Carlos Stornelli se presentó ante el juez Sebastián Casanello pidiendo la reapertura de la causa. También reclamó que se dictara la llamada “cosa juzgada irrita”.
Casanello abrió el planteo y avanzó con las indagatorias de las que no habían sido rozados en la primera parte de la investigación, pero quedaba en un limbo aquellos sospechados que pedían que quedara firme su sobreseimiento inicial bajo el principio de la cosa juzgada.
En 2018, diez años después de aquel fallo inicial, la Sala I de la Cámara Federal –con otra composición- decidió anular los sobreseimientos inicial. “Sabido es que una sentencia que no considera entre sus fundamentos un elemento probatorio relevante para la solución del caso no puede ser considerada un acto jurisdiccional válido”, dijeron los jueces Bruglia, Llorens y Bertuzzi.
“Entonces, al imponerse en la actualidad la valoración de la grabación como elemento de prueba, fruto de la reincorporación decidida por la Cámara Federal de Casación Penal, ya no es posible defender la validez de la sentencia dictada por esta Sala el día 10 de noviembre del 2011, que no incluyó entre sus fundamentos el análisis de ese relevante elemento de juicio, omisión que no puede dejar de ser significada como un grave defecto de fundamentación en los términos antes expresados”, se añadió.
Los acusados fueron llamados a indagatoria, procesados y elevados a juicio. Junto con López serán juzgados Julio De Vido, ex ministro de Planificación Federal, Nelson Ulloa, ex gerente del Fideicomiso Banco Nación y Javier Azcárate, el entonces gerente comercial de la firma que había reconocido en una auditoría interna el pago de sobornos a funcionarios.
En agosto pasado, las defensas buscaron que el juicio no se llevara adelante por un planteo de prescripción: decía que ya no podían juzgarlos por el paso del tiempo y reclamaron que extinga la acción penal por el paso del tiempo de la causa. La Cámara Federal de Casación rechazó el planteo y dio el aval para avanzar.