La Cámara Federal porteña ratificó este jueves el procesamiento con prisión preventiva de Ezequiel Núñes Pinheiro, el llamado “hacker” misionero; y del ex policía Ariel Zanchetta, en el marco de la investigación que los sindica como parte de las maniobras que se llevaron adelante para espiar a jueces de la Corte Suprema y de Comodoro Py 2002 —que tuvieron como epicentro la provincia de Misiones y que incluyeron la creación de líneas telefónicas truchas a nombre de los ministros—. El fallo no sólo reforzó la gravedad institucional de las maniobras: también apuntó a profundizar qué motivaciones tuvieron los autores intelectuales.
“La participación de ambos se inserta en un contexto de hechos que revisten gravedad institucional y que están caracterizados por el modo clandestino y oculto en que se manejaban sus autores —incluyendo la operación a través de redes informáticas con alias y mediante transferencias de valores en ‘criptomonedas’ en cuentas digitales ajenas al sistema bancario—. Las características propias de los eventos y el rol que en aquellos habría tenido, permiten sostener un riesgo concreto de entorpecimiento de la instrucción. En especial, cuando lo anterior se presenta en una pesquisa en plena etapa de producción de pruebas, que tienden a determinar los alcances reales de los acontecimientos y la identidad de los demás involucrados”, sostuvo el fallo al que accedió Infobae y que firmaron los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico.
El fiscal Gerardo Pollicita y el juez Marcelo Martínez De Giorgi están a la espera de una serie de diligencias que están en marcha y que se guardan bajo llave. “Los puntos de contacto entre múltiples eventos producidos en similares épocas y la identidad de los afectados, revelan la procedencia de esta línea de investigación, cuando aún se desconocen los móviles (además de los evidentemente económicos) que podrían haber rodeado a la trama”, se advirtió.
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La causa tiene dos ramas: una, la intrusión a los celulares de un grupo de jueces; la otra, la creación de líneas de teléfono que fueron denunciadas por el presidente de la Corte Horacio Rosatti y que develó que el suyo no fue el único afectado. A fines de junio, Martínez de Giorgi ordenó cuatro detenciones. Para esa altura, Nuñes Pinheiro ya había desfilado en indagatoria y en testimonial en otras causas admitiendo que había sido contratado por un usuario de Telegram al que desconoce para acceder, con los datos de las tarjeta sim, a los celulares de jueces y funcionarios porteños. Él sostiene que no fue el que entró a esos teléfonos. Y que no conoce a quién está detrás de esto.
El misterio rodea a Zanchetta, un ex policía que dijo que los datos los buscó porque trabajaba de periodista. La Justicia no le cree, pero hasta ahora no encontró lazos directos que lo unan con Nuñes Pinheiro. Sobre eso se basaron las apelaciones que presentaron el martes pasado los abogados Sebastián Noguera, del hacker; y Fernando Scanavino y Marcelo Peña, de Zanchetta, cuando reclamaban la libertad y sobreseimientos.
La acusación a Zanchetta “responde una lógica ficticia, no hay un solo elemento que acredite la comunicación y/o el conocimiento de los sujetos involucrados para con el. De los informes sobre comunicaciones queda claro que fue la provincia de Misiones, y no existe registro de comunicación con la ciudad de Junín, o el número telefónico de Zanchetta —sostuvo su apelación a la que accedió este medio—. Para configurar a Zanchetta como proveedor de datos esenciales para cumplir el objetivo descrito, se omite deliberadamente que el encartado declaró tener usuario desde el año 2020 y pagar abono a SudamericanaData, por medio de Mercado Pago, con cuenta a su nombre”. Adjunto además distintas notas que dijo haber hecho con seudónimo. Una de ellas está ligada a los servicios de inteligencia, comprobó este medio.
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La defensa de Núñes Pinheiro también negó vínculos con el ex policía. “Suponer un actuar conjunto, al menos con Zanchetta ¿qué supone esto?: 1) Comunicaciones entre ambos; 2) Envío de datos sobre las víctimas, y 3) Tendría que haber registros de alguna clase; y si estos registros existiesen deberían de estar en los elementos secuestrados. Suponer lo contrario es valerse de un estado injusto para el imputado donde se le está exigiendo la probanza de su inocencia”, se quejaron en su escrito. “Si Ezequiel hubiera sido realmente consciente y se efectivamente hubiera actuado a sabiendas del alcance del daño y fuera parte de una banda nunca hubiera hecho los cambios de SIM en su casa y su lugar de trabajo. Esta torpeza no puede pasarse por alto porque en el fondo y también en la superficie denota que jamás hay ni hubo valoración por parte del Juez, lo único que hay de valoración es la palabra utilizada dentro de la resolución, nada más”, comentó el texto.
Sin embargo, la Cámara Federal rechazó este jueves esos argumentos y confirmó los procesamientos por violación de secreto y privacidad y tentativa de estafa. “Hay indicios suficientes para sostener” que Nuñes Pinheiro “ocupó un rol central en diferentes fases de los hechos que implicaron la obtención de información personal de los magistrados, la toma de control de sus líneas telefónicas (con la consecuente afectación a sus comunicaciones), el acceso a todas las cuestiones de naturaleza privada que poseían en el historial de sus aplicaciones y el posterior uso dado a lo anterior”.
Al ex policía Ariel Pedro Zanchetta, las pruebas lo vinculan con haber pedido informes en la base SudamericanaData de los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky el 8 de septiembre de 2022, el mismo día en que Borinsky perdió el control de su línea. Y que también entraron al teléfono del juez Rodrigo Giménez Uriburu, uno de los magistrados que llevó adelante el juicio oral contra Cristina Kirchner.
Para la Cámara Federal, “la naturaleza de los datos obtenidos era compatible con el tenor de la maniobra. ‘Sudamericadata’ informó que en aquel momento, llegaron a conocimiento de Zanchetta los números que usaban los damnificados y que la prestataria era Movistar. Además, las consultas incluyeron sus números de documento, domicilios actuales y anteriores, el nombre de otros sujetos vinculados a esos domicilios, empleadores, bancos en los que operan, automotores, correos electrónicos, sociedades y datos de salud. Hay más. Se supo que, durante 2022, el mismo imputado efectuó 2157 consultas de datos. Entre aquellos, estaban los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti –el once de mayo de 2022″, tal como reveló Infobae.
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“Recuérdese: en el marco de este proceso se corroboró que entre diciembre de 2022 y mayo de 2023, se dieron de alta ilegítimamente cinco abonados telefónicos usando el nombre” de Rosatti y “hay indicios de análogas operaciones en perjuicio del también Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Ricardo Lorenzetti, entre otros”, afirmaron los camaristas. ”Los resultados de las medidas revelaron que no se limitó a lo anterior la colección de datos de personas que ocupaban determinadas funciones públicas e institucionales”, agregaron. La fiscalía detalló que también pidió informes del ministro de la Corte Juan Carlos Maqueda, de los miembros de la Cámara Federal Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi, del entonces juez de Córdoba Ricardo Bustos Fierro, y del director de la vocalía de Rosatti, Silvio Robles.
La resolución judicial subrayó que “Zanchetta se desempeñó en la Policía Federal Argentina desde 1988 hasta su retiro como Sargento Primero en 2013″ y que “actualmente, se encuentra registrado en NOSIS con la actividad de ‘servicios de asesoramiento, dirección y gestión empresarial n.c.p.’”. “Él alegó que ejercía como periodista y que para eso usaba la información de ‘Sudamericadata’. Sin embargo, -en una búsqueda de la fiscalía- no fue posible encontrar ningún artículo o noticia publicada a su nombre en portales de información digital, sino únicamente una carta de lectores en un diario local de Junín”, señaló el fallo.
“Valorado –conjunta y especialmente- con el contexto de coincidencias temporales, de objetivos y de datos –indicadoras de operaciones compatibles con la práctica de espionaje-, otorga motivos fuertes para tener por desvirtuado su descargo, otorgando aval probatorio suficiente a la hipótesis del acusador público de que desplegó un papel activo en las maniobras descriptas. Se insiste: sin merma de ello, la necesidad de conocer más sobre los móviles de aquellas (particularmente en este caso, dada la naturaleza y cantidad de información que colectaba sobre personas en cargos públicos e institucionales) se mantiene en pie”, se resaltó.
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