
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un hábeas corpus presentado por la defensa de los rugbiers condenados por el homicidio de Fernando Báez Sosa, ocurrido en Villa Gesell el 18 de enero de 2020. El pedido, ahora cerrado, había invocado una presunta privación ilegal de la libertad de los ocho imputados en virtud de la “manifiesta arbitrariedad” de las resoluciones judiciales que confirmaron la prisión preventiva de todos ellos, concretada un día después del crimen.
La acción de hábeas corpus estuvo a cargo de Hugo Tomei, abogado defensor de los ocho rugbiers, cinco de ellos condenados por el Tribunal Oral Criminal N°1 de Dolores a prisión perpetua y tres a penas de 15 años de cárcel. Se trata de Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (23), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (22), Ayrton Viollaz (24), y Luciano (21), Ciro (23) y Lucas Pertossi (24). Todos están alojados en la Alcaidía III de Melchor Romero, en parejas y en cuadro celdas ubicadas en el Pabellón 6.
La solicitud de la defensa alegó una “manifiesta arbitrariedad” en las resoluciones judiciales que dispusieron y luego confirmaron la prisión preventiva de todos sus defendidos. La Sala II del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires declaró el 6 de julio de 2020 “inadmisible” el planteo de hábeas corpus. Frente a eso, Tomei presentó un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley para llegar hasta el máximo tribunal bonaerense, que al tratar el caso rechazó sin más trámite el planteo. Días después, contra esa resolución el abogado de los rugbiers decidió presentar un recurso extraordinario federal para llegar hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El hábeas corpus, regulado por la Ley N° 23.098, es una herramienta que se utiliza frente a la “limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria sin orden escrita de autoridad competente”. También es válida en caso de una “agravación ilegítima” de las condiciones de detención de una persona. El juez competente tiene la obligación de analizar pormenorizadamente su procedencia. En este caso en particular, el expediente llegó hasta la Corte, que con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, declaró “inadmisible” el planteo, dando por concluida la pretensión.
El martes pasado los condenados por el homicidio de Báez Sosa salieron de la Alcaidía para afrontar una audiencia en la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense. El procedimiento, de carácter técnico, se dio en el marco de los recursos de apelación presentados tras el fallo del Tribunal Oral de Dolores que los encontró culpables en el veredicto del 6 de febrero pasado. La convocatoria estuvo a cargo de los jueces de la Sala, integrada por Mario Kohan, Fernando Mancini Hebeca y María Florencia Budiño. El encuentro se dio cerca del mediodía en el primer piso de la sede judicial, ubicada en la calle 43 al 800, de la ciudad de La Plata.

Previo a ese encuentro, Fernando Burlando, el abogado de los padres de la víctima -Graciela Sosa y Silvino Báez-, adelantó que frente a la instancia de revisión del fallo van a pedir la prisión perpetua para los ocho acusados. Es decir, que tres de los ocho rugbiers que recibieron 15 años también sean condenados a la máxima pena de prisión. En esa misma postura se inscribe la fiscal ante el tribunal, María Laura D´ Gregorio.
Por su parte, Tomei sostiene la figura del “homicidio en riña” para los casos de Thomsen, Comelli, Benicelli y Luciano y Ciro Pertossi, condenados a prisión perpetua. También plantea la absolución para Cinalli, Viollaz y Lucas Pertossi. A su vez cuestiona el procedimiento de detención de los rugbiers el día después del crimen de Fernando, junto a las indagatorias y los allanamientos realizados en la casa que alquilaban en Villa Gessel ese enero de 2020.
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