La sala M de la Cámara en lo Civil resolvió suspender los efectos de las resolución del Ministerio de Justicia que disponía la intervención del Instituto de Estudios Estratégicos en Seguridad Asociación Civil, referenciado en Patricia Bullrich, candidata presidencial de Juntos por el Cambio, según informaron fuentes judiciales. Se trata de la resolución que ordenaba la intervención del organismo por 180 días.
En julio pasado, a través de la la Resolución 742/2023, el organismo gubernamental decidió tomar posesión por 180 días hábiles del Instituto de Estudios Estratégicos en Seguridad Asociación Civil (IEES), que se dedica a estudiar modelos de gestión en temas de seguridad a nivel nacional e internacional.
De acuerdo con lo que precisó la IGJ, la medida se tomó con el objetivo de “normalizar la situación institucional de la entidad”, luego de que se detectaran “irregularidades contables y el desarrollo de acciones ajenas al objeto social para el cual fue autorizada a funcionar”. La Inspección General de Justicia (IGJ) emitió un comunicado que aseguró que “bajo el amparo de una persona jurídica sin fines de lucro, se ha estructurado un sistema de ingresos y egresos destinado a financiar acciones de proselitismo político”.
Patricia Bullrich reaccionó en los tribunales tras aquella decisión oficial: denunció penalmente en Comodoro Py al titular de la Inspección General de Justicia Ricardo Nissen, y al ministro de Justicia Martin Soria. “Los funcionarios denunciados persiguen a las entidades de los opositores pero beneficia a las entidades de ex clientes e incluso a sus propias fundaciones”, sostuvo.
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Pero en la justicia civil también se abrió otro capítulo. A raíz de una apelación de la abogada Silvina Martínez, representante del instituto, la Cámara civil falló contra la IGJ.
“Ninguna disposición de la ley que rige la materia (22.315) confiere efecto devolutivo a los recursos de apelación interpuestos contra las decisiones de la Inspección General de Justicia o del Ministerio de Justicia. Por ello, cabe aplicar la regla general de que lo son con efecto suspensivo. Tal como ya lo ha resuelto este Tribunal en anteriores ocasiones, con criterio que debe mantenerse en este caso”, señaló el fallo. “No obsta a tal conclusión, como se ha visto, el que se prevea en forma expresa el efecto suspensivo para las apelaciones contra las resoluciones que impongan sanciones de apercibimiento con publicación y de multa, pues ello no alcanza a desvirtuar el precepto general ya referido”, precisó el escrito.
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“Por ello el Tribunal resuelve: I. Dejar sin efecto la providencia del 21 de julio de 2023 dictada por la Inspección General de Justicia que concedió el recurso directo con efecto devolutivo. II. Conceder con efecto suspensivo el recurso directo a la Cámara de Apelaciones interpuesto por el INSTITUTO DE ESTUDIOS ESTRATEGICOS EN SEGURIDAD ASOCIACIÓN CIVIL contra la resolución 743/2023 (RESOL-2023-742-APN-MJ) del 12 de julio de 2023, dictada en el marco del EX2023-67209656-APN-DC IGJ”, dictó el fallo.
En lo que respecta al contexto, vale recordar que cuando la decisión de la IGJ se hizo pública, se generó un cruce entre oficialismo y oposición en medio de un clima político agitado de cara a la campaña presidencial.
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