El limbo judicial que abren los 75 años de la jueza Ana María Figueroa, mientras el oficialismo busca ratificarla en su cargo

La presidenta de la Cámara Federal de Casación Penal alcanzará este miércoles la edad límite que fija la Constitución para que un magistrado pueda permanecer en el cargo. Para continuar por cinco años más necesita el aval del Senado y el nombramiento por parte del Ejecutivo. Qué pasa si eso llega después del “día D”

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jueza Ana María Figueroa
jueza Ana María Figueroa

“Y… ¿se va o se queda la doctora?”. La pregunta la soltó uno de los policías que custodian el edificio de Retiro a uno de los periodistas que camina por estos días los tribunales de Comodoro Py. Es que la continuidad o no de la jueza Ana María Figueroa, la presidenta de la Cámara Federal de Casación Penal que el miércoles próximo cumplirá 75 años, dejó de ser una charla de despachos cerrados y se ha convertido en el eje de las apuestas en todos los pasillos del edificio clave de Retiro. La protagonista de esta historia también sigue la definición expectante. “No sé nada. Me entero por los diarios, pero igual no hay que creerles nada”, soltó con picardía en su despacho.

Fue en la tarde del miércoles pasado. Por esas horas, desde la bancada oficialista en el Senado, tierra de Cristina Kirchner, se cocinaba una nueva reunión urgente para tratar el pliego de la jueza que busca renovar su cargo por cinco años más. Pero el intento volvió a fracasar por la imprevista ausencia de una senadora clave, luego de las gestiones que se hicieron sobre los tres legisladores que habían pegado el faltazo a mediados de julio. En el juego contra reloj, los cronistas parlamentarios informan de una nueva iniciativa para esta semana.

“Lo que está pasando con Figueroa es una situación inédita -advierte un juez en diálogo con Infobae-. El 10 de agosto, si no tiene el acuerdo del Senado y el nombramiento del presidente, ¿es jueza? Y si es jueza, ¿puede firmar un fallo? Y si no puede firmar nada, ¿los otros dos jueces que están con ella en la misma sala pueden sacar un fallo?”.

El artículo 30 bis del Código Procesal Penal que regula la competencia de la Casación establece que, salvo cuestiones unipersonales, en las causas “intervendrán tres (3) jueces, no obstante lo cual (se) podrá dictar resolución válida mediante el voto coincidente de dos (2) de ellos”. Eso se aplica, por ejemplo, cuando un magistrado está de licencia y los otros dos están de acuerdo en lo que se define.

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La pregunta no es inocente. La jueza Figueroa, junto a sus colegas Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, tiene para resolver la suerte de tres expedientes claves: si se debe o no hacer el juicio oral de Los Sauces-Hotesur, donde están acusados Cristina Kirchner y sus hijos; si también debe realizarse el juicio por la denuncia del fiscal Alberto Nisman por el Memorándum con Irán, donde también está acusada la Vicepresidente junto a funcionarios como el Procurador del Tesoro Carlos Zannini y el viceministro de Justicia Juan Martín Mena; y el análisis de la sentencia que un tribunal oral dictó en la causa “Oil Combustibles”.

Según las fuentes que tienen acceso al expediente, el caso Los Sauces-Hotesur ya había circulado por las tres vocalías y se especuló con que entonces los tres magistrados ya habían votado. Pero un voto no es un voto sino integra una sentencia. Y el fallo aún no salió. Se trata de una resolución que está desde diciembre del 2021 a la espera de una revisión del máximo tribunal para resolver si el juicio que tenía a CFK como principal protagonista estuvo bien o mal suspendido.

Los cumpleaños 75 en el Poder Judicial

Sesión en el Senado encabezada
Sesión en el Senado encabezada por la vicepresidenta Cristina Kirchner (archivo Franco Fafasuli)

El “deadline” o fecha límite lo pone la Constitución Nacional: el artículo 99, en su artículo 4, habla de las atribuciones del Presidente de la Nación y señala que para que un juez continúe en su cargo, después los 75 años, necesita tener el acuerdo del Senado y el nombramiento del Jefe de Estado.

La resolución E 521/2017 del Ministerio de Justicia establece en su artículo 6 que “en el caso que el Honorable Senado de la Nación no prestare el acuerdo necesario en forma expresa, o no lo hiciera a la fecha que el Magistrado en cuestión alcanzare los SETENTA Y CINCO (75) años de edad, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos notificará al Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, a la Procuración General de la Nación o a la Defensoría General de la Nación -según el caso- a fin de que se sustancie el concurso tendiente a cubrir la vacante”. En la resolución 511/2018, el Consejo de la Magistratura dispuso que esa resolución es de plena aplicación para los jueces en ejercicio de su función.

En la página del Ministerio de Justicia, hay una guía de preguntas sobre la cuestión.”¿Todos los jueces y juezas que cumplieron 75 años deben dejar sus funciones?”, se pregunta la página. Y responde: “No. En algunos casos pueden seguir en sus cargos. Esos casos son: a) quienes cumplieron 75 años pero fueron nombrados nuevamente por el Poder Ejecutivo de acuerdo con el artículo 99, inciso 4, de la Constitución Nacional; b) quienes tienen a su favor una sentencia judicial que los mantiene en el ejercicio de su función; c) quienes tienen un pedido de acuerdo del Senado por parte del Poder Ejecutivo para renovar su nombramiento. Estos jueces y juezas pueden continuar en el cargo hasta que se resuelva el pedido de acuerdo. Si el pedido de acuerdo no se resuelve antes del cierre de las sesiones ordinarias del Senado correspondientes al año siguiente, el pedido de acuerdo queda sin efecto”.

Vale aclarar: la guía dice año siguiente porque allí también se aclara que el pedido debe hacerse un año antes de los 75, es decir apenas el juez cumple los 74. Figueroa lo solicitó después pero no fue la excepción. En otros casos también se ha hecho. Lo cierto es que, según esta interpretación que se hace en la página del Ministerio de Justicia, Figueroa podría seguir esperando su reválida hasta diciembre próximo.

La respuesta de la alternativa c) fue leída con suspicacia en Comodoro Py. “Esto lo agregaron ahora. Eso no dice la Constitución” se rió esta semana al leerlo frente a Infobae un magistrado del edificio de Retiro, como si estuviera marcando un offside al referí y pidiendo el VAR.

Las interpretaciones judiciales

Los jueces de la Corte
Los jueces de la Corte Suprema de Justicia: HORACIO ROSATTI (PRESIDENTE) CARLOS ROSENKRANTZ (VICEPRESIDENTE) JUAN CARLOS MAQUEDA y RICARDO LORENZETTI (CIJ)

En marzo de 2017, la Corte Suprema de Justicia de la Nación abandonó lo decidido en el fallo “Fayt” en 1999, cuando otra composición del máximo tribunal resolvió declarar nulo la cláusula implementada por la reforma constitucional. ¿Qué cláusula era? La fijada en el artículo 99, inciso 4°, tercer párrafo, que exige a los jueces que pretendan seguir en funciones después de cumplir la edad de 75 años la necesidad de que obtengan un nuevo acuerdo del Senado de la Nación y un nuevo nombramiento del Presidente de la Nación para mantenerse en el cargo. En esa resolución, que fue un cimbronazo en el mundo judicial, se ratificó la vigencia del artículo que obligaba el trámite fijado en el texto de 1994 y selló la jubilación del prestigioso camarista federal de La Plata Leopoldo Héctor Schiffrin.

Algunos jueces, sin embargo, fueron a la Justicia en lo contencioso administrativo a través de un amparo para que se les permitiera continuar en el cargo. La mayoría de los casos fracasó. En Casación lo saben bien con solo recordar el caso de una de sus integrantes históricas, Liliana Catucci, cuya silla está vacante desde septiembre del 2021.

La jueza Figueroa, sin embargo, resolvió no presentar amparos, indicaron a Infobae en su entorno. Lo que no se sabe es si pedirá licencia si, llegado el día, no tiene novedades del Senado.

Esa fue la estrategia que usó este año Eduardo Riggi, integrante histórico de la Cámara Federal de Casación, que el 16 de febrero cumplió 75 años. Esperaba que el Ejecutivo enviara su pliego al Senado, pero el Ejecutivo nunca lo envió. Cuando terminó su licencia , Riggi terminó enviando su renuncia. El presidente la aceptó por decreto cuatro meses después.

Allí el decreto dice :”Dase por aceptada la renuncia presentada por el doctor Eduardo Rafael Riggi en virtud del cese en el ejercicio de sus funciones producido el día 16 de febrero de 2023, de conformidad con los términos de la Constitución Nacional”. Es decir, para el Gobierno su cargo terminó el día de su cumpleaños 75.

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Pero el oficialismo sostiene que eso no alcanza para Figueroa, porque su pliego se envió al Senado. Y recuerdan el antecedente del juez Luis Imas, del Tribunal Penal Económico número 3 que había llegado al Poder Judicial en 2006 y cumplía 75 años el 24 de noviembre de 2020. El presidente Alberto Fernández y la entonces ministra de Justicia Marcela Losardo enviaron el mensaje al Senado el 20 de noviembre, cuatro días antes. El Senado lo llamó a una audiencia en los últimos días de diciembre. Su nombramiento salió apenas arrancó febrero. “En ese momento, la presidencia de Casación certificó el tramite y decidió aguardar al trámite parlamentario”, recordaban por estas horas en tribunales. “Pero era pandemia, fin de la actividad judicial, se le resolvió apenas se terminó la feria… Y además…. ¿Quién sabía quién era Imas?”.

Es que la figura de Figueroa, en su rol de Casación y con las causas de importancia política que tiene que resolver, son incomparables a cualquier otro caso. Y tampoco en ninguno de los casos anteriores se avanzó tanto: el Ejecutivo mandó su pliego y una parte del Senado se mostró muy activa en querer aprobarlo antes de llegar a la fecha límite.

Los relojes siguen corriendo: llegará el 9 de agosto, y en Comodoro Py estarán mirando al Senado. “¿Le hacemos la despedida o no le hacemos la despedida?”, se preguntaban entre intrigas en el primer piso del edificio. Alguien comerá los sanguchitos si sobran.

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