Tras un fallo de la Corte, la AFIP deberá abstenerse de cobrarle una deuda a Vicentín

La disputa legal se generó por créditos impositivos por más de 105 millones de pesos. El máximo tribunal rechazó un planteo del organismo tributario y dejó firme una medida cautelar en beneficio de la cerealera

La Corte rechazó el planteo de la AFIP para revisar la cautelar que lo obliga a abstenerse de cobrarle a Vicentín créditos impositivos. (Pablo Lupa)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme una medida cautelar en favor de la cerealera Vicentín para que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no le cobre créditos impositivos vinculados a los períodos fiscales de 2014 y 2015 por más de 105 millones de pesos.

El caso se inició con un pedido de la firma ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Reconquista, a fin de que le ordenara a la AFIP la inmediata abstención del cobro compulsivo de créditos por IVA, referidos a los periodos 5/2014 a 5/2017. Según las estimaciones, el monto involucrado es de algo más de 105 millones de pesos.

El juez de primera instancia le dio la razón a la compañía, radicada en la ciudad de Avellaneda, en Santa Fe. Luego la AFIP impugnó el fallo y las actuaciones se elevaron a la Cámara Federal de Resistencia, que el 28 de junio de 2021 ratificó la decisión del magistrado anterior. De esa forma le ordenó al organismo recaudador que se abstuviera de cobrar de manera compulsiva los créditos impositivos en cuestión. También le impidió trabar cualquier medida cautelar administrativa o judicial sobre el patrimonio de la empresa o sus directores en virtud de esa presunta deuda.

Esa sentencia fue impugnada a través de un recurso extraordinario que la Cámara Federal de Resistencia rechazó. Sin embargo, por medio de un planteo de queja presentado por el abogado Javier Aníbal Cerra en representación de la AFIP, las actuaciones llegaron hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación bajo la caratula “Vicentín S.A.I.C. c/ AFIP-DGI s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”.

El fallo de la Corte Suprema al tratar la procedencia del caso llevó la firma del presidente del tribunal, Horacio Rosatti, y de los ministros Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz. Los tres en coincidencia decidieron desestimar el planteo elaborado por agencia impositiva, y en esa línea expresaron: “Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48). Por ello, se desestima la presentación directa”. De esa manera la medida cautelar terminó por quedar firme para las partes.

La AFIP llegó hasta la Corte Suprema en rechazo de la medida cautelar que solicitó la cerealera Vicentín. (Foto: REUTERS/Marcos Brindicci)

Por otro lado, Vicentín lleva adelante actualmente un concurso de acreedores por una deuda que supera los USD 1.000 millones ante el Juzgado Civil y Comercial Nro.2 de la ciudad de Reconquista, en cabeza del juez Fabián Lorenzini. Recientemente el Directorio de la compañía del norte de Santa Fe informó una propuesta de acuerdo vinculado con un posible plan de pagos que aguarda la homologación del magistrado.

Esa propuesta para saldar las deudas de 1.618 acreedores computables fue impugnada -según señalaron los directivos de la agroexportadora- por los cuatro acreedores del sector público (Banco Nación, Banco Provincia de Buenos Aires, BICE y AFIP). También la firma Commodities, del sector privado, presentó su oposición. Con respecto a los rechazos planteados, los directores de la empresa dijeron que se basaban en “argumentos sesgados que no se ajustan a la realidad de los hechos ni al derecho vigente”. Y a su vez agregaron: “hoy 1.613 acreedores aceptan que la propuesta se homologue, mientras que solamente 5 piden que se rechace”.

La semana pasada el juez rechazó los planteos impugnatorios del acuerdo y postergó hasta finales de julio la resolución del concurso preventivo.

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