La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazo este miércoles el planteo realizado por Ariel Cantero, que buscaba relajar las medidas de seguridad dispuestas bajo las cuales el fundador de “Los Monos” cumple su condena en el Complejo Penitenciario Federal de Marcos Paz. La resolución fue firmada por los jueces Guillermo Yacobucci, Alejandro Slokar y Angela Ledesma.
Según indicaron fuentes judiciales, la Cámara de Casación destacó que el fundador de la banda “Los Monos” posee dentro del complejo carcelario un mayor espacio habitacional que cualquier otro recluso, distintas franjas horarias para comunicarse con sus familiares y que además cuenta con un cronograma de actividades diarias que forman parte de su tratamiento penitenciario. También se valoró que el interno recibe atención médica constante, cuenta con asistencia psiquiátrica, psicológica e incluso acompañamiento terapéutico, pero que en numerosas oportunidades se ha negado a recibir dichos tratamientos.
La defensa planteaba que las medidas de seguridad provocaban que Cantero se encontraba “aislado”, lo que fue rechazado de modo contundente tanto por el Tribunal Oral Federal de Rosario como por la Cámara de Casación. En la causa consta que Cantero se encuentra autorizado a recibir visitas y está en contacto permanente con su núcleo familiar. Así, dos veces al mes mantiene encuentros íntimos con su pareja, recibe a sus hijos menores y también a otros allegados.
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Además, para rechazar cualquier tipo de morigeración sobre los controles a los que se encuentra sometido se destacó que “… una de las últimas comunicaciones cursadas por el centro de detención a esta Sede, se originó con motivo de una visita recibida por Cantero el pasado 19 de mayo, por parte de una persona que alegó ser amigo del nombrado, que intentó ingresar al penal con un reloj inteligente, oculto en una silla de ruedas, que escondía un chip de la compañía telefónica ‘Movistar’”.
Ariel Cantero actualmente se encuentra alojado en un pabellón especial, el cual cumple con todos los estándares de detención, ubicado en un sector del Complejo Penitenciario II de Marcos Paz en donde no puede tener contacto con otros internos que se encuentren detenidos por delitos relacionados con el narcotráfico o al crimen organizado para garantizar el orden del penal y para proteger su integridad psíquica y física.
Allí le realizan un estricto control de todas las comunicaciones telefónicas llevadas a cabo a través del teléfono de línea fija de acceso público que poseen todos los internos del complejo penitenciario, con el fin de que se pueda conocer los abonados telefónicos y las personas con las que se comunica Cantero.
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En abril del año 2021, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, por el voto unánime de los jueces Slokar, Yacobucci y Carlos A. Mahiques, había rechazado todos los recursos interpuestos por las defensas de veinte imputados vinculados a la organización dedicada al narcotráfico conocida como “Los Monos” de la ciudad de Rosario. Se trata de un megaproceso que vinculó a 39 personas, 22 de las cuales estaban en prisión preventiva y alojadas en distintos complejos penitenciarios.
En la sentencia se estableció que los organizadores y responsables máximos de la banda continuaban comandando la actividad ilícita desde la cárcel y poseían una línea de teléfono fija dentro de su celda en el penal de Piñero, ubicado en la provincia de Santa Fe. Ambos se comunicaban con sus respectivas parejas y otros miembros de la organización, logrando mantener el control territorial y organizativo que detentaban, a pesar de encontrarse privados de libertad.
El tribunal confirmó condenas que llegan hasta los 17 años de prisión, de acuerdo a los distintos grados de responsabilidad, como en los casos de Jorge “Ema” Chamorro y Ariel” Guille” Cantero, considerados los organizadores y responsables máximos de una banda dedicada al tráfico de estupefacientes. Esa sentencia se encuentra firme al haber rechazado la Corte Suprema los recursos interpuestos por las defensas.
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