![La Cámara Federal dejó al](https://www.infobae.com/resizer/v2/MMUTIGG3QVAEPLMA2LTGGKZWVM.jpg?auth=0723621cc91002c8ca566250972906c37f1162a984b919e1aa933618f641e640&smart=true&width=350&height=197&quality=85)
Un inquilino quedó procesado por una supuesta estafa. Firmó un contrato de alquiler con una garantía comprada en Internet. Pero la “garante” resultó ser una mujer que usaba una identidad falsa, usurpada a la verdadera dueña del inmueble que ponía como fiadora. La víctima se enteró de la maniobra cuando comenzaron a reclamarle alquileres impagos. Y el locatario fue acusado porque para la Justicia montó una escena, en la que actuó con dolo el día de la firma del contrato, cuando se presentó en la inmobiliaria con la “garante” propietaria. Afirmó que era su “madrastra”, aunque en realidad no la conocía.
La maniobra quedó al descubierto porque el inmueble que se daba en garantía -y que fue usado para varios contratos- existía y a su dueña le usurparon la identidad con una copia de su DNI falsa, que llevaba su nombre y otra fotografía. Todo se supo cuando uno de los inquilinos dejó de pagar la renta. Desde la inmobiliaria dieron con la real propietaria del inmueble para reclamarle. Fue entonces que la mujer se enteró, dijo que ella nunca había puesto su casa como garantía de nada y presentó la denuncia penal por estafa.
Al inquilino se lo acusa de haber ofrecido como garante del contrato de locación que firmó sobre un departamento en San Telmo a “una persona que dijo llamarse M. J. D., quien acreditó falsamente su identidad mediante un DNI apócrifo, quien refirió, además, que era su madrastra”, remarcó el fallo de la Cámara Federal porteña al que tuvo acceso Infobae.
Esta persona ofreció como garantía un inmueble de propiedad de la verdadera M. J. D, en el centro porteño, y presentó para ello una copia de la escritura. “Posteriormente, el compareciente en su carácter de locatario del inmueble mencionado en primer término, comenzó a incumplir con el pago de los cánones pactados, lo que generó que el responsable de la firma C. P., J.. M.l C., contactara a la real M. J. D., quien hizo saber que no había tomado intervención alguna en la operación mencionada”, resume la crónica judicial.
De esta manera la mujer se enteró de la “utilización espuria” de su identidad; dijo que no conocía al inquilino deudor y que nunca firmó ningún documento como garante de nadie.
Cuando llegó a los tribunales de Comodoro Py citado a indagatoria, el inquilino admitió que “compró” la garantía a un hombre que las ofrecía por Mercado Libre, pero que “nunca supo que se trataba de una usurpación de identidad” Explicó que la obtuvo a cambio de una suma de dinero luego de contactarse con una persona a la que identificó sólo por su nombre. Aportó un número de teléfono. El día de la firma del contrato, esa persona se presentó en la inmobiliaria junto con la “fiadora”, relató.
Los jueces del Tribunal de Apelaciones Eduardo Farah y Roberto Boico confirmaron el procesamiento que se le dictó en el juzgado federal 2. “La tesis según la cual D. intervino en el suceso de “buena fe” es inverosímil”, sostiene el fallo.
Lo sucedido “muestra que esta persona resultó ser el beneficiario final de la operación; que para lograr la contratación en los términos pactados se valió de una garantía falsa; que la mujer que se presentó como garante a pedido de él se identificó con un Documento Nacional de Identidad supuestamente falso, simulando ser la verdadera propietaria del bien inmueble objeto de la caución; que el comportamiento de D. en el marco de la suscripción del contrato fue coherente con la “puesta en escena” que describieron los testigos
El acusado " habría fingido tener una relación previa con quien resultó ser una impostora”. Además “el incumplimiento de los pagos del contrato ocurrió al poco tiempo de la firma, lo que habría llevado a la renegociación del acuerdo ante la imposibilidad del acreedor de ejecutar la garantía” Y, según testigos, " cuando esto ocurrió, D. se habría mostrado agresivo frente a la pareja de la locadora, a quien según ella le dijo que él (D.) decidiría cuándo y cuánto pagaría”
Después hubo un “derrotero” que " habría derivado en la falta de pago del acuerdo, conforme surge del propio descargo del recurrente” Esas evidencias permiten postular que “con probabilidad positiva” el “implicado actuó con dolo”
En cuanto al vendedor de la garantía, se lo ubicó con datos brindados por la plataforma digital y también se lo citó a declaración indagatoria acusado de ofertar, a través de un usuario registrado, “diversos títulos de propiedad (escrituras) a los fines de ser utilizados como garantía real en la celebración de diversos contratos de locación”. “Particularmente se le atribuye haber ofertado aquél correspondiente al inmueble” de la víctima de robo de identidad.
![La Cámara confirmó el procesamiento](https://www.infobae.com/resizer/v2/73WC3GPIRVGDZHXTX6B7A7BP6A.jpg?auth=ef9ee989b2d227ff2fa9bda585ea780756294bbd3192c3076f1252663c022ac8&smart=true&width=350&height=197&quality=85)
La Cámara confirmó el procesamiento como supuesto partícipe necesario de estafa. En la investigación declararon como testigos propietarios, agentes inmobiliarios y escribanos que certificaron las firmas en los contratos. El ahora procesado “reconoció haber ofertado la garantía falsa en cuestión. De hecho se constató que era usuario registrado del portal de ventas a través del cual ofrecía garantías para la celebración de contratos de locación de personas desconocidas desde el año 2008″. Y el servicio de internet que utilizaba para conectarse con esa plataforma se hallaba instalado en su domicilio.
En su defensa, dijo que no sabía que lo que hacía era ilegal, algo que para los camaristas “resulta cuanto menos improbable” porque en base a las pruebas de la causa que se tramita en el juzgado federal a cargo del juez Sebastián Ramos, “se advierte que el “servicio integral” que comprendía la venta de esta garantía incluía la participación de un tercero que simuló ser -en connivencia con el locatario- el titular del bien inmueble dado falsamente en garantía, a través de la exhibición de documentos igualmente falsos”
“El imputado no podía ignorar estas cuestiones precisamente porque aparece como proveedor de todo ese servicio”, concluyeron al avalar el procesamiento del vendedor. El Tribunal de Apelaciones dictó en cambio falta de mérito a una tercera implicada, la pareja de este último, que tenía a su nombre el servicio de Internet pero dijo desconocer las actividades del hombre.
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