Vialidad: Casación rechazó un nuevo intento de Cristina Kirchner para desplazar al tribunal que revisará la condena

Los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos denegaron una queja de la defensa para impugnar la composición de magistrados que decidirá sobre la sentencia

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Cristina Kirchner en el acto
Cristina Kirchner en el acto del 25 de mayo (Foto: Franco Fafasuli)

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación integrada por los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky rechazó este jueves un nuevo planteo de la defensa de Cristina Kirchner en el que reiteró su pretensión de que intervenga otra sala del máximo tribunal penal en la revisión de sus planteos, indicaron a Infobae fuentes judiciales. Se trata de un planteo en el marco de la causa Vialidad que revisará la condena de la Vicepresidenta a seis años de prisión, junto a ex funcionarios de su gestión y el empresario Lázaro Báez.

La defensa de la titular del Senado sostuvo que Hornos y Borinsky ya intervinieron en la causa y que no tienen independencia y parcialidad por sus visitas a Mauricio Macri cuando era presidente de la Nación. El mismo planteo hizo la defensa de Nelson Periotti, ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad también condenado en el caso de obra pública. Pero los jueces rechazaron estos planteos. Entoncesm su defensa volvió a reclamarlo diciendo además que la cuestión debía ser analizada por otra sala de Casación. A eso también se le dijo que no porque la jurisprudencia solo habilitaba la revisión horizontal para ciertas sentencias.

Según se explicó, el recurso de casación “horizontal”, en el que una Sala de la Cámara revisa a otra, fue una creación jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en respuesta a una demanda de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que garantice el derecho al recurso de los condenados en casación. Esa jurisprudencia se aplica de manera puntual para los casos en los que la Cámara de Casación dicta una condena. Así se resolvió, por ejemplo, el caso Cromañon. El Tribunal había absuelto a los integrantes de “Callejeros”, luego la Sala III de la Casación revocó la absolución y los condenó y finalmente la Sala IV revisó y confirmó aquella condena. El abogado defensor pretendía que ese excepcional instrumento sea utilizado para revisar el rechazo de una recusación; lo que implicaría una violación a las normas procesales vigentes. Por ello la casación denegó ese recurso “horizontal pero la defensa insistió.

“Al requerimiento de la defensa de que esta nueva presentación sea resuelta por otra de las Salas de esta CFCP, debe recordarse que esta Sala interviene en el caso en virtud del sorteo efectuado en su primera elevación (sorteo del 13/3/2017 en el legajo CFP 5048/2016/31). Cuestión que bien puede considerarse consolidada a partir de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La pretensión expresada por la defensa, de que se proceda a un nuevo sorteo de Sala ante la presentación de una queja por recurso de casación horizontal denegado que resulta, a todas luces, improcedente ante el tipo de resolución cuestionada, tornaría ilusoria la vigencia de la garantía del juez natural inmanente al debido proceso legal (art. 18 CN)”, se le respondió.

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El fallo añadió: “Tampoco surge de los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ni de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ni de esta Sala que la parte cita en su nueva presentación, que ante la resolución que pretende impugnar la defensa –rechazo in limine de recusación- surja una cuestión constitucional en los términos del derecho al recurso (arts. 8.2.h de la CADH y 14.5 PIDCP) que permita a los jueces excepcionar las reglas de competencia dispuestas por ley. En estos términos corresponde no hacer lugar a la queja interpuesta por la defensa particular de Cristina Fernández de Kirchner, con costas”.

Se descuenta que la ex presidenta apelará a la Corte Suprema esta respuesta, con la intención de seguir de sembrar el camino para ir a tribunales internacionales.

La entrada del edificio de
La entrada del edificio de Comodoro Py

Con esta respuesta, los jueces Hornos y Borinsky también ordenaron enviar a la oficina de Sorteos de Casación que se defina quién será el tercer juez que los acompañará. Es que el juez Javier Carbajo, que integra la Sala IV, ya se excusó de intervenir por el voto que emitió en la causa conocida como la ruta del dinero k, en donde aseguró que los 55 millones de dólares que Lázaro Báez y su entorno habían lavado tenían como uno de sus origen el dinero recibido con la obra pública.

El Tribunal Oral Federal (TOF) 2 condenó en diciembre pasado a Cristina Kirchner por las irregularidades en las 51 obras públicas que recibió el empresario Lázaro Báez. También fueron condenados el empresario Periotti, el ex secretario de Obras Públicas José López y cinco ex funcionarios de Santa Cruz a penas de entre seis y tres años de prisión. Y absueltos el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, los ex funcionarios de esa cartera Abel Fatala y Carlos Kirchner -primo del ex presidente Néstor Kirchner- y el ex funcionario de Santa Cruz Héctor Garro.

Las condenas se dictaron por el delito de administración fraudulenta y por mayoría rechazaron hacerlo por asociación ilícita. El fiscal Diego Luciani había pedido condena por los dos delitos. Las condenas y las absoluciones fueron apeladas y el caso llegó a Casación. Con el rechazo de las recusaciones y la integración de un tercer magistrado, el tribunal comenzará a analizar el caso.

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