La Cámara Federal de Casación ordenó que Juan Ignacio Aliaga, uno de los imputados en la causa que se lleva adelante por asociación ilícita contra el juez federal de Mendoza Walter Bento, deberá participar del mismo juicio oral que iniciará el próximo mes de julio. Está acusado por el delito de falso testimonio y su defensa llegó hasta el máximo tribunal penal del país para intentar que su acusación sea tramitada en un debate separado al del magistrado recientemente suspendido por el Consejo de la Magistratura de la Nación.
Aliaga es uno de los más de 20 encausados que deberá enfrentar el juicio oral que comenzará el próximo 26 de julio. Se lo acusa de dar falso testimonio en un expediente públicamente conocido como el “caso Bento”, cuyo principal acusado es el juez federal de Mendoza con competencia electoral Walter Bento, ex titular del Juzgado 1 de esa provincia, quien fue suspendido de su cargo el pasado 31 de mayo por decisión unanime del Consejo de la Magistratura, que además lo envío a juicio político por presunto mal desempeño de sus funciones.
La aprobación de ese juicio político se dio el pasado 31 de mayo y contó con el apoyo del presidente del Consejo, Horacio Rosatti, de los representantes de Juntos por el Cambio, del Frente de Todos y del resto de los estamentos del organismo encargado de designar y destituir jueces. En la votación se tuvo en cuenta que Walter Bento cuenta con ocho procesamientos firmes. Y que el mes que viene deberá afrontar la acusación que lo imputa como líder de una asociación ilícita que se dedicaba a cobrar coimas a distintos acusados en causas que él mismo tenía a su cargo desde su Juzgado.
Según la fiscalía, el juez otorgaba beneficios procesales -desvinculaciones o morigeraciones en el marco de un proceso- a cambio de sobornos que consistían -entre otras prestaciones- en pagos de sumas de dinero, generalmente en dólares estadounidenses. Pero Bento no habría operado solo. De acuerdo a la acusación, él articulaba el manejo de las dádivas con la asistencia de los abogados Luciano Edgardo Ortego y Jaime Andrés Alba, junto con el fallecido Diego Aliaga -padre de Juan Ignacio-, con quienes gestionaba para concretar los beneficios procesales ilícitos a los distintos procesados. Entre ellos se encontraban personas procesadas por contrabando y narcotráfico, todos delitos federales en cuyas causas intervenía el juez de Mendoza.
De la organización también participaban los abogados Martín Ríos y Alejandro Aramayo, encargados de asistir a Ortego y Alba. Por su parte Walter Eduardo Bardinella Donoso se presentaba como el nexo con el mundo del crimen y el proveedor de los posibles “clientes a beneficiar”, en tanto que el comisario José Gabriel Moschetti brindaba un canal de información y cobertura en el ámbito policial.
Las pesquisas fueron a dar con el juez federal en marzo de 2020, cuando el fiscal General Dante Vega investigaba una causa por narcotráfico y se encontró con información que lo involucraba. En el análisis de unos teléfonos se registraron mensajes de texto y de voz en los que se aludía al “juez”, al “número 1″ o al “gran jefe”, en una presunta alusión a Walter Bento. A esos indicios se agregaron las declaraciones de Diego Barrera, el principal imputado por el homicidio del empresario y despachante de Aduana Diego Aliaga, sospechado de haber actuado en nombre del magistrado en las tareas de la asociación ilícita.
Este expediente elevado a juicio suma un total de 29 imputados bajo los delitos de asociación ilícita, cohecho, falsedad ideológica, abuso de autoridad, violación deberes de funcionario público y prevaricato, entre otros. Por su parte, Juan Ignacio Aliaga llega al debate acusado de dar falso testimonio, y en ese marco su defensa intentó anular todo el proceso en su contra y que su acusación tramitara por un carril distinto al de este juicio.
Así es como llegó por medio de un recurso de queja hasta la Sala III de la Casación Federal, que con la firma de los camaristas Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Daniel Antonio Petrone desestimó el planteo presentado tras considerar que “la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado” que permita dar tratamiento al caso en cuestión.
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