Caso Cuadernos: rechazaron un pedido de prescripción de un empresario que entregó USD 1,5 millones a ex funcionarios

Uno de los jueces del Tribunal Oral Federal 7 señaló que los casos de corrupción-como el de los Cuadernos de las coimas- no prescriben

La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner está acusada en el Caso Cuadernos

El Tribunal Oral Federal 7 que tiene a cargo el juicio por el Caso Cuadernos rechazó un pedido de sobreseimiento por prescripción que hizo uno de los empresarios que entregó dinero a los funcionarios del ministerio de Planificación durante el kirchnerismo.

Alberto Padoán, ejecutivo que integraba el directorio de la empresa Vicentín, llegó a juicio acusado de dádivas. La acusación indica que entregó dinero en dos ocasiones por una suma cercana un millón y medio de dólares. Los entregó a Nelson Lazarte que era el secretario de Roberto Baratta. Baratta -ex subsecretario de Coordinación y Control de Gestión del Ministerio de Planificación y mano derecha del ministro Julio De Vido- tenía como chofer a Oscar Centeno.

Centeno escribió en cuadernos el recorrido que hacía con su jefe para juntar coimas en dinero en efectivo que se acumulaban en bolsos. Durante la investigación judicial empresarios y ex funcionarios declararon como arrepentidos y admitieron el pago y cobro de coimas. Entre los que deben afrontar el juicio oral y público se encuentran la vicepresidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, De Vido, Baratta, José López y empresarios están-entre otros- los empresarios está el primo del ex presidente Mauricio Macri, Angelo Calcaterra, Aldo Roggio, Gerardo Ferreyra, Cristóbal López, Juan Chediack, Carlos Román, José Cartellone y Carlos Wagner. El financista Ernesto Clarens también confesó: era él quien recibía los pagos de los empresarios -de la obra pública- y luego de convertir los pesos a dólares se lo entregaba al fallecido Daniel Muñoz, quien era secretario privado de Néstor y Cristina Kirchner. Había -según la acusación- dos circuitos para colectar las coimas: el de Baratta y el de Clarens.

Padoán irá a juicio por dos casos de dádivas. Esa calificación la estableció la Cámara Federal cuando revisó el procesamiento dictado para quien integraba el directorio de la cerealera Vicentin cuando se hicieron los pagos en 2013 y 2015. El procesamiento del fallecido juez Claudio Bonadio había sido originariamente por los delitos de cohecho y asociación ilícita.

Padoán pidió la prescripción porque el delito de dádivas tiene una pena máxima de un año de prisión (que podría extender a dos) y para la defensa del empresario ese tiempo ha transcurrido. el otro argumento para pedir el sobreseimiento por el paso del tiempo es que la situación del empresario no tiene relación con la de los ex funcionarios, hecho que suspende los plazos de prescripción.

Alberto Padoán entregó 1,5 millones de dólares al secretario privado de Roberto Baratta. Era directivo de Vicentín

Consultada la fiscal del juicio, Fabiana León, dijo: “Repito lo que he venido -y vengo- sosteniendo: la influencia del funcionario público tiene un sustento objetivo que está dado en que el esclarecimiento del delito no se vea frustrado a razón o consecuencia de obstáculos que aquél pueda generar para la investigación. Esa paralización del curso de la prescripción obedece a una decisión normativa, de carácter fáctica, que -y como tal- no exige la comprobación de maniobras tendientes a dificultar o entorpecer la investigación ni tampoco demanda nexo objetivo de atribución a un funcionario en especial (como sí y, por ejemplo, lo sería la causal de comisión de un nuevo delito). De allí, que la disposición aquí en trato no pretende oponer una conducta posterior al hecho, sino simplemente anticipar -previniendo- un posible contexto objetivo de impunidad que pudiera afectar la investigación, con independencia de todo reproche formal”. Y agregó: “Insistiré coa esta tesis por un doble orden de motivos. Primero, porque hay que atender al panorama concreto que presenta el caso. Ello incluye al contexto en que dieron los comportamientos, la identidad los involucrados y el tipo de acciones que desplegaron, así como la naturaleza de los hechos y el fin que las guiaron”. Allí resumió la acusación: dos pagos de dinero fueron entregados por Padoán a ex funcionarios públicos de Planificación. La relación con los funcionarios es lo que hace que los plazos de prescripción se suspendan. La fiscal se opuso al pedido de Padoán.

Los jueces Fernando Canero, Enrique Méndez Signori y Germán Castelli rechazaron el pedido de Padoán quien tendrá-cuando el juicio se haga- que responder como imputado. El primer voto fue el de Méndez Signori quien señaló que no se puede descartar la presencia de funcionarios públicos en la maniobra por la que fue acusado Padoán, por lo tanto no corre la prescripción. Canero adhirió al voto de Méndez Signori, quien señaló que el compromiso del Estado argentino a través de la adhesión a convenciones internacionales contra la corrupción, obliga a investigar los casos.

En tanto Castelli agregó argumentos sobre la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción que ya había esgrimido en 2022 en un caso en el que estuvieron imputados el ex presidente Carlos Menem y el ex ministro de Economía Domingo Cavallo.

Castelli dijo que: “La requisitoria de elevación a juicio de las presentes actuaciones -a la que me remito- refleja hipotéticos hechos de mayor gravedad aún que los previamente mencionados (Menem-Cavallo), en los que habrían intervenido numerosas personas y también quienes ocuparon la máxima representación en la función pública de la República Argentina, que habría conllevado enriquecimiento, lo cual habilita a encuadrar largamente esos sucesos en el concepto de imprescriptibilidad establecido en el artículo 36 de la Constitución Nacional. Por su parte, la conducta endilgada a Padoán en dicha requisitoria, guarda íntima vinculación con hechos calificados como imprescriptibles, razón por la cual deben ser juzgados bajo esa misma categoría. Resultaría absurdo, a mi entender, disponer la prescripción de hechos estrechamente conectados con sucesos que no lo están; más aún, teniendo en cuenta la presunta afectación al sistema democrático. Además, las convenciones internacionales ratificadas por el Estado argentino en materia de lucha contra la corrupción, tal como lo señaló el juez Méndez Signori, implican la obligación de investigar, juzgar y sancionar a los presuntos culpables por actos de corrupción, que incluye a quienes actúen como encubridores de esos delitos”.

El juez señaló que los delitos de corrupción-como lo es el Caso Cuadernos-no prescriben. Entonces Padoán deberá ir a juicio.

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