La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a 12 años de prisión contra un financista y organizador del transporte de estupefacientes con operaciones en la provincia de Mendoza. En el año 2015 una requisa del personal policial había detenido en la localidad de Malargüe un camión con más de 240 kilos de marihuana, acondicionados en 346 paquetes dentro de unas cajas de cartón en el vehículo.
Las escuchas telefónicas y las tareas de inteligencia de las fuerzas de seguridad fueron a dar con Walter Eduardo Bardinella Donoso, cuyo rol preponderante dentro de una red criminal integrada por más de tres personas fue acreditada por el Tribunal Oral Federal 2 mendocino.
La revisión de la sentencia estuvo en manos de la Sala IV de la Casación Federal, integrada por los jueces Gustavo M. Hornos, Javier Carbajo y Mariano Hernán Borinsky, quienes votaron en coincidencia al descartar uno por uno los agravios esgrimidos por la defensa técnica del condenado, relacionados a la nulidad de ciertas actuaciones y, entre otros, a la valoración que hizo el Tribunal Oral de las pruebas. Allí radica el fundamento para los 12 años de prisión, tras ser hallado responsable de financiar y organizar el transporte de estupefacientes, agravado por la participación de tres o más personas según los artículos 5, inciso c, 7 y 11 inciso c, de la ley 23.737.
Los hechos
De acuerdo a las actuaciones del caso, el 31 de agosto de 2015 fue requisado un camión Mercedez Benz por miembros de la Policía de Mendoza en el Destacamento El Sosneado de la localidad Malargüe: llevaba poco más de 244 kilos de marihuana compactada en 346 paquetes acomodados en cajas de cartón, encontradas en la zona de la cucheta ubicada al interior del transporte. Tanto el conductor del vehículo como las dos personas que iban en un VW Gol de atrás, que acompañaban el trayecto del camión, fueron detenidos. Los tres -después se constataría- ya habían sido condenados en otras causas. Allí comenzaron las investigaciones que dieron con Bardinella Donoso.
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Una serie de tareas de inteligencia con análisis de redes sociales y base de datos, a la par de un conjunto de escuchas telefónicas -ponderadas por el tribunal oral mendocino- dieron con el sospechoso, que residía en ese entonces en el Barrio Los Maestros de la ciudad de Guaymallén. En ese marco, las pruebas que posteriormente se exhibieron en el juicio oral dieron cuenta del rol preponderante de Bardinella en la organización narcocriminal, en tanto era él quien tenia contacto con los proveedores y con el receptor del material estupefaciente, y quien tomaba las decisiones y proveía los medios para ejecutarlas.
También fue quien dispuso del capital económico para costear el pago del chófer, del camión y del combustible, necesarios para el transporte de la marihuana secuestrada en Malargüe. A su vez se acreditó su papel como reclutador de colaboradores en las maniobras ilícitas, a quienes les asignó roles y les dispuso tareas e instrucciones a cumplir,
Por todo eso, al confirmar la condena de la instancia anterior en un fallo al que tuvo acceso Infobae, el camarista Carbajo, primero por sorteo en emitir su voto, dijo: “de la lectura de los fundamentos provistos por el tribunal, y su contraste con los agravios expuestos por la parte impugnante, observo que estos últimos no han logrado confutar las razones expuestas por el a quo (instancia anterior), ni han puesto en crisis los cimientos de la argumentación desplegada, ni el curso lógico que lo llevó a la conclusión que ahora se discute”. Y agregó: “del razonamiento expuesto en la sentencia se advierte un examen solvente de la prueba producida en el debate que sostiene la conclusión condenatoria cuestionada por la defensa de Bardinella Donoso”.
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Luego tómo la palabra su colega Hornos, quien coincidió con Carbajo y rechazó todos los agravios interpuestos en el recurso de casación, respecto de los cuales expresó que sólo demostraban “su mera disconformidad con lo resuelto por el a quo , sin que pueda advertirse la arbitrariedad invocada ni la violación a las garantías constitucionales alegadas”.
Por último intervino el juez Borinsky, quien se adhirió a los votos anteriores y añadió que en el fallo impugnado “se demostró la responsabilidad de Bardinella Donoso (...). De esa manera, el tribunal previo ha apreciado elementos probatorios -principalmente conversaciones telefónicas captadas durante la investigación- que, concatenados y ponderados en forma conjunta, resultan suficientes para tener por acreditada la calidad de ‘financista y organizador’ (...) del imputado en la actividad delictiva bajo juzgamiento”.
Y concluyó: “Las críticas expuestas al respecto por su defensa en el recurso de casación bajo estudio aparecen como meros juicios discrepantes que carecen de entidad suficiente para demostrar la errónea interpretación y aplicación de la ley sustantiva invocada”.
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