El juez de la Cámara Federal de Casación Penal Javier Carbajo se excusó hoy de intervenir en la revisión de la condena a la vicepresidenta de la Nación Cristina Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos pública por el caso de la obra pública que recibió el empresario Lázaro Báez.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que en un escrito de nueve páginas Carbajo se apartó del caso porque consideró que ya opinó sobre el caso cuando dijo que la obra pública para Santa Cruz durante el kirchnerismo había sido uno de los delitos precedentes del lavado de dinero de Báez.
“Es mi obligación legal inhibirme de continuar interviniendo en el presente proceso CFP 5048/2016 para no comprometer, irremediablemente, el deber de imparcialidad que tengo como juez constitucional, atributo inabdicable de la función judicial para preservar sin alteraciones la confianza pública, y condición inexcusable para asegurar un juicio justo”, sostuvo en su presentación.
La partida de Carbajo debe ser ratificada o rechazada por sus colegas de la Sala IV de Casación, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos. Esos dos jueces fueron recusados hoy por la defensa de Cristina Kirchner, a cargo de los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, porque señalaron que ya intervinieron en la causa y por falta de independencia y parcialidad por sus visitas a Mauricio Macri cuando era presidenta de la Nación.
A comienzos de esta semana llegó a la Sala IV de Casación la causa de la obra pública para ser revisada. El Tribunal Oral Federal 2 condenó en diciembre pasado a Cristina Kirchner, a Báez, al ex secretario de Obras Públicas José López, al ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti y cinco ex funcionarios de Santa Cruz a penas de entre seis y tres años de prisión. Y fueron absueltos el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, los ex funcionarios de esa cartera Abel Fatala y Carlos Kirchner -primo del ex presidente Néstor Kirchner- y el ex funcionario de Santa Cruz Héctor Garro.
Los condenados apelaron sus penas y el fiscal Diego Luciani las absoluciones y el rechazo de condenar a Cristina Kirchner por asociación ilícita. Todas las apelaciones fueron aceptadas y llegaron a Casación.
La primera medida de Casación fue de Carbajo de apartarse de la causa. El juez en febrero pasado confirmó la condena a Báez en la causa por lavado de dinero -se redujo la pena de 12 a 10 años- y en su resolución sostuvo que uno de los delitos precedentes del lavado fue la obra pública que recibió durante el kirchnerismo para su empresa Austral Construcciones. Dijo que si bien no había condena -cuando Báez recibió la pena el juicio por la obra pública estaba en pleno trámite- los procesamientos dictados alcanzaban, ya que así la ley lo permite, para afirmar que los fondos de las obras fueron lavados. Ese fallo también lo firmó Borinsky pero no opinó sobre la obra pública.
“Advierto que existen elementos de prueba que valoré al momento de legitimar la sentencia dictada en la causa 3017/2013 (Nda: el expediente de lavado de dinero) en cuanto a la acreditación del delito precedente, en particular, en la dinámica de la asignación de obra pública y, más concretamente, respecto de la intervención de Lázaro Báez y de Austral Construcciones en aquella operatoria ilegal”, dijo Carbajo.
Y agregó para apartarse: “considero que mi intervención en estas actuaciones puede poner en crisis la garantía de imparcialidad que le asiste al acusado”.
Si el apartamiento de Carbajo es aceptado por su colegas se deberá sortear otro juez de Casación para que intervenga.
Por otra parte, la defensa de Cristina Kirchner recusó a Hornos y Borinsky. “Mientras se desarrollaba el juicio también trascendió que los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, quienes intervinieron como magistrados de Alzada en este proceso y prácticamente en todos los expedientes impulsados en contra de nuestra representada a partir de diciembre de 2015, visitaban en forma periódica la Casa Rosada y la Quinta de Olivos durante la presidencia de Mauricio Macri, con quien según se dijo practicaban actividades sociales”, planteó la defensa en su escrito.
Alego que los magistrados intentaron ocultar esas visitas y que así se está ante su “falta de independencia e imparcialidad”. También que ya opinaron sobre la causa en otras intervenciones. Las recusaciones por los mismos motivos ya fueron presentadas en otras oportunidades y no prosperaron.
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