Desmontes ilegales: Casación rechazó un acuerdo de reparación tras la tala de bosques de palo santo

Tres empresarios forestales propusieron una solución alternativa para extinguir la acción penal que investiga el uso de documentación pública falsa para conseguir certificados de exportación de esa especie protegida por ley.

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(Roberto Almeida)
(Roberto Almeida)

La Cámara Federal de Casación Penal resolvió rechazar un acuerdo de reparación integral propuesto por empresarios forestales acusados de falsear documentación pública para obtener permisos administrativos con el fin de exportar palo santo en el marco de una actividad que el juzgado de primera instancia definió como de “tala clandestina”. El caso se conoció como “Tierra Vasca” y quedaron involucrardos ex funcionarios de Medio Ambiente de la Nación y de la provincia de Salta y a empresarios forestales.

La causa investiga las presuntas maniobras que entre diciembre de 2013 y enero de 2014 habrían llevado a cabo distintos empresarios forestales respecto al uso de documentación pública falsa en trámites presentados ante la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación -hoy con jerarquía de Ministerio- para conseguir la certificación que autoriza la exportación de palo santo proveniente de la provincia de Salta.

Dicha especie está actualmente protegida por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), acogida por nuestra legislación en la ley 22.344, para lo cual se exige la previa concesión y presentación de un permiso -certificado CITES- para su comercialización. En la búsqueda de esos certificados CITES necesarios para concretar la exportación de 1282 toneladas de madera de palo santo, cuya investigación presume que habrían sido objeto de una extracción no autorizada por ninguna autoridad gubernamental, los empresarios habrían insertado declaraciones falsas al momento de presentar la documentación correspondiente.

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En ese marco, el juez Sebastián Casanello, cuando estuvo al frente del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 12, procesó a dos de ellos bajo el delito de contrabando agravado por la utilización de documentos públicos adulterados o falsos como por la intervención de funcionarios públicos, en grado de tentativa y en calidad de coautores. A su vez, otro empresario fue procesado bajo la misma figura pero en calidad de partícipe primario.

Luego el expediente recayó en la sala 2 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal porteña, que confirmó los procesamientos y modificó las calificaciones legales, encuadrando a los primeros como autores del delito de uso de documento público falso en concurso ideal con tentativa de falsedad ideológica y al último como autor de uso de documento público falso.

Frente a tal situación, los tres impulsaron un acuerdo de reparación integral que el Ministerio Público Fiscal -a cargo del fiscal José Luis Agüero Iturbe- decidió convalidar. Los términos del aquel consistían en una donación de aproximadamente un millón de pesos en beneficio de la ONG “Fundación Integrar Jóvenes” de Salta; una donación de 3000 plantines de árboles de madera nativa de esa provincia a ser entregados a la Municipalidad de General Ballivian y la entrega de 50 casas prefabricadas al mismo municipio.

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Tanto el juzgado de primera instancia como la Cámara Nacional decidieron rechazar la propuesta con base en que “dadas las particularidades del caso y las graves consecuencias que tendrían en el ambiente y en la sociedad en su conjunto, no se trataría de un caso en donde puede haber una reparación del daño y mucho menos integral”. El Ministerio Público Fiscal apeló la última decisión y así el expediente recabó en la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky.

En ese contexto, el primero en emitir su voto frente al recurso de casación fue el juez Borinsky, que comenzó con una reseña del caso donde destacó que la sentencia emitida por el juzgado y luego confirmada por la Cámara Nacional recordaba que “las conductas ilícitas mencionadas en el procesamiento (...) podrían provocar serias afectaciones al ambiente y a la biodiversidad, dado que se habría desmontado una especie -protegida a nivel nacional e internacional- de lugares desconocidos de forma ilegal y clandestina”.

“En ese sentido -continuó- el magistrado precisó que ‘la documentación falsificada en autos habría tenido por objeto acreditar de manera espuria el origen legal de distintos productos forestales, cuyo fin último era su exportación’”. “La especie palo santo cuenta con una prominente protección (...). Y nuestra jurisprudencia destacó que el daño que produce la tala y desmonte de forma indiscriminada de bosques es irreparable para el ambiente (...) afectando tanto a las generaciones presentes como a las futuras”, citó el juez Borinsky.

Palo santo, una especie protegida por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres. (Foto: argentina.gob.ar)
Palo santo, una especie protegida por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres. (Foto: argentina.gob.ar)

Luego consideró que la postura de la fiscalía al momento de apelar la sentencia no configuró “un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad” o en los “graves defectos del pronunciamiento” o en “alguna cuestión federal”. En esa línea dijo: “El representante del MPF insiste en reiterar su propia perspectiva sobre el caso y el modo en que a su criterio debe ser resuelto. Sin embargo, en su recurso de casación no ha brindado argumentos suficientes para demostrar error o desacierto en el razonamiento seguido en las instancias anteriores para rechazar la propuesta de reparación integral ofrecida por las partes y la consecuente solicitud de extinción de la acción penal”.

A su turno, intervino el juez Carbajo, quien compartió “sustancialmente” las consideraciones formuladas por su colega y adhirió -junto al juez Hornos- a la decisión de rechazar el recurso. De esta forma quedó rechazado el acuerdo de reparación integral y continúa vigente la acción penal, mientras que los empresarios forestales cargan con un embargo de 430 millones de pesos, una inhibición general de bienes y la prohibición de salida del país, dispuesta en primera instancia.

El caso se inscribe dentro de una pesquisa más grande donde se investigan los permisos otorgados entre 2012 y 2013 a la empresa Tierra Vasca S.A. -a cargo de la explotación de la finca “Las Colmenas”- para desmontar bosques en el departamento de Orán, en Salta, con el fin de cambiar el uso del suelo y así destinarlo a la actividad ganadera. Se presume que esa tala nunca se efectuó y que esas hectáreas sirvieron como simulación mientras se concretaban talas ilegales en otros sitios no autorizados administrativamente.

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