La Cámara Federal de Casación Penal confirmó condenas de prisión de hasta 7 años y 8 meses a tres miembros de una organización delictiva dedicada al comercio de marihuana y cocaína en el partido de La Matanza, en una investigación que contó con la presencia del grupo “Halcón” y donde se realizaron 5 allanamientos donde se secuestraron centenares de paquetes con cocaína y marihuana junto a grandes cantidades de armas de fuego y municiones.
La resolución del viernes pasado a la que accedió Infobae fue dictada por la Sala IV de la Casación, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo. Los tres magistrados en coincidencia decidieron confirmar lo decidido por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 de San Martín respecto a las condenas a prisión recaídas sobre los integrantes de la banda por un total de 5 años y 5 meses, 6 años y 7 años y 8 meses por el delito de tráfico de estupefacientes -dos de ellos agravado por hacerlo de forma organizada y por la tenencia y acopio de armas-. Todas las defensas técnicas de los condenados habían impugnado el fallo por arbitrario.
En la causa se llevaron a cabo 5 allanamientos en Villa Palito, localidad de San Justo, partido de La Matanza, donde la banda operaba y tenía asiento, y donde encontraron toda la droga dispuesta en distintos paquetes, una gran cantidad de municiones y el acopio de armas como un rifle calibre 22 largo marca “Mossber”, un revólver calibre 22 marca “Colt” y una pistola calibre 380 marca “Bersa Tunder”, entre otras.
En ese marco, el primero en emitir su voto fue el juez Borinsky, quien luego de admitir los recursos presentados en el expediente realizó una reseña de los hechos tratados, donde tuvo por acreditada la división de roles de la banda con fines ilícitos: “la organización se valía de la colaboración de distintos sujetos que cuidaban el normal desarrollo de ese comercio prohibido, ya sea protegiendo al vendedor de posibles robos de la mercadería ilícita o alertando acerca de la llegada de personal policial o ajeno y desconocido al barrio”, dijo.
Luego consideró que “la arbitrariedad por falta de fundamentación” invocada por las defensas de los condenados no tenía sustento y “se basa en una discrepancia de criterio sobre la valoración de los elementos probatorios agregados a la causa”. “Ciertamente -agregó después- al fundar la calificación legal, el tribunal acreditó la finalidad de comercialización a partir de la gran cantidad y especies de sustancias incautadas -marihuana y cocaína-; los distintos estados que presentaba la droga (compactada, en polvo, en ‘ladrillos’ y cogollos); su acondicionamiento (encintadas en paquetes, en bolsas, envoltorios de nylon y paquetitos de papel glasé)”.
Al analizar el agravante por tenencias de armas, el magistrado de la Sala IV tuvo presente que el tribunal de la instancia anterior manifestó que “La cantidad y diversidad del armamento hallado resulta superior a lo que pueda justificar el uso común o deportivo. Además, las circunstancias de modo y lugar en que fueran habidas y al tiempo de una investigación por tráfico de estupefacientes por parte de un grupo organizado de personas que se valía de custodios, satélites y soldados, claramente reflejan la intención de que pudieran ser utilizados por terceros y afectar así el bien jurídico protegido por la norma. Todas las armas, como quedó probado, resultaron aptas para el disparo y de normal funcionamiento -con excepción de la Glock de funcionamiento anormal-. Las municiones también eran aptas para el disparo”.
A su término intervino el juez Hornos, quien afirmó que el tribunal oral efectuó “un examen global y abarcativo de los distintos elementos probatorios disponibles, evitando fragmentarlos, de modo de conservar la visión de conjunto” y que su sentencia se realizó “a la luz de los criterios de la sana crítica racional”. Por último votó su colega Carbajo, que decidió acompañar la propuesta de rechazar los recursos de casación y confirmar así lo decidido en la instancia previa.
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