Reparación ambiental: una empresa debió pagar más de $2 millones por contaminar el Parque Nacional Los Alerces

El Juzgado Federal de Esquel validó un acuerdo entre la fiscalía y Cleona S.A. al implementar un método de resolución alternativa de conflictos según los parámetros del Acuerdo de Escazú

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Un juez federal de Esquel validó un acuerdo de reparación ambiental integral entre el Parque Nacional Los Alerces y la empresa Cleona S.A. a cargo de las excursiones turísticas en el Lago Menéndez
Un juez federal de Esquel validó un acuerdo de reparación ambiental integral entre el Parque Nacional Los Alerces y la empresa Cleona S.A. a cargo de las excursiones turísticas en el Lago Menéndez

Un juez federal de Esquel validó un acuerdo de reparación ambiental integral entre el Parque Nacional Los Alerces y la empresa Cleona S.A. a cargo de las excursiones turísticas en el Lago Menéndez, la cual había sido acusada por contaminar, mediante la carga y descarga de combustible, el suelo y el agua del lugar entre enero del 2017 y noviembre del 2021. Entre indemnizaciones y multas, la suma pagada alcanzó un total de 2.013.500 pesos.

La resolución en cuestión fue dictada por el juez federal de primera instancia Guido Otranto y surgió de una propuesta elaborada entre la Fiscalía Federal de Esquel, en cabeza del fiscal Federico Baquioni Zingaretti, la empresa turística acusada y la Administración de Parques Nacionales (APN), entidad estatal encargada de gestionar las áreas naturales protegidas del país.

De acuerdo a un comunicado del Ministerio Público Fiscal (MPF), la causa tuvo su inicio con una denuncia de la APN frente al incumplimiento por parte de Cleona S.A. -a cargo de la concesión en el Puerto Chucao del servicio de excursión lacustre al “Alerzal Milenario”- de las correspondientes evaluaciones ambientales de los servicios concesionados. En ese orden, y pese a la intimaciones del organismo estatal, la empresa -instalada en esa zona de la provincia de Chubut desde 1993- continuó en su omisión sobre el informe de diagnóstico ambiental.

“Ante la denuncia formulada por la APN, la Fiscalía Federal de Esquel emprendió una investigación en la que se lograron acreditar siete episodios con entidad contaminante del suelo y el agua mediante utilización de hidrocarburo, ocurridos entre enero del 2017 y noviembre del 2021″, informó el MPF. Y agregó: “En la dilucidación de los hechos el MPF contó con la colaboración del Departamento Unidad Federal de Investigación de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina y con profesionales de las direcciones de Protección Ambiental y de Policía de Seguridad de la Navegación de la Prefectura Naval Argentina”.

En ese contexto, el 3 de marzo del año pasado el juez Otranto dispuso una medida cautelar que suspendió de forma preventiva el servicio turístico y dejó en cabeza de la Intendencia del Parque Nacional Los Alerces su estricto cumplimiento hasta tanto se aprobara el procedimiento de evaluación ambiental requerido para operar con embarcaciones sobre el Lago Menéndez. La disposición procesal tuvo como finalidad evitar la ocurrencia de eventuales nuevos daños ambientales sobre el sitio creado en 1937 y declarado por la Unesco como “Patrimonio Mundial Natural” en 2017.

“La medida cautelar se mantuvo hasta el 14 de noviembre del 2022, ocasión en la que la Intendencia del Parque Nacional Los Alerces informó que se había aprobado el diagnóstico ambiental y realizado acciones conjuntas con Cleona S.A. que hicieron cesar la contaminación, permitiendo realizar la actividad de manera adecuada al entorno natural con baja probabilidad de afectación al ambiente”, explicó el sitio oficial del MPF.

El Parque Nacional Los Alerces
El Parque Nacional Los Alerces

Una vez recopiladas las medidas de prueba, y al catalogar los hechos bajo la categoría de contaminación ambiental peligrosa, el fiscal federal Baquioni Zingaretti “propició -según expresó el MPF- la acusación del presidente, vicepresidente, director apoderado y de tres empleados de la empresa Cleona S.A. por considerarlos responsables de los delitos previstos en los artículos 55, 56 y 57 de la Ley 24.051, de Residuos Peligrosos”.

Por otro lado, y a causa de los mismos hechos, en vía administrativa la APN había dictado la imposición de multas e indemnizaciones a la empresa turística “por infracciones a normas ambientales” donde “se establecieron montos de indemnización por daño ecológico”, comunicó el MPF. Y en ese sentido añadió: “De esta forma, la empresa debió pagar una multa de $160.000 pesos y una indemnización de $945.090 en concepto de indemnización por el daño ecológico producido a partir del derrame de combustible ocurrido el 11 de noviembre del 2021; y otra multa de $80.000 y una indemnización de $828.410 por daño ecológico, por el derrame de combustible producido por uno de los empleados de Cleona S.A. en el Lago Menéndez el 6 de mayo del 2020.”

En esos términos -y saldado el daño ambiental en fase contravencional- llegó el proceso a la instancia de sentencia, donde mediante la aplicación de un método alternativo de resolución de conflictos -articulado por el Acuerdo de Escazú- se llevó a cabo un acuerdo de reparación ambiental integral entre todas las partes involucradas, que implicó la implementación de “la difusión de un spot de sensibilización ambiental” en distintas radios locales, “realizar y colocar cartelería con accesibilidad cognitiva en puntos estratégicos del Parque Nacional Los Alerces con información ilustrativa del paisaje y ambiente del lugar e información patrimonial histórica en la zona” y “disponer de seis viajes de la ‘Excursión Safari Lacustre’ al ‘Alerzal Milenario’ para establecimientos educativos (...)”, precisó el comunicado.

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