A seis meses del intento de asesinato contra Cristina Kirchner, la Cámara Federal urgió hoy a los investigadores a elevar a juicio oral a los acusados Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte, señalados como coautores materiales de la tentativa de homicidio agravado de la vicepresidenta, y de Nicolás Carrizo, el jefe de los copitos que fue procesado como un partícipe secundario del plan. Así lo se resolvió en un fallo firmado esta tarde, al que accedió Infobae, en donde se volvió a rechazar la prisión domiciliaria que había solicitado Carrizo y al que se oponía la ex presidenta.
“Instar a la jueza -teniendo en cuenta lo manifestado acertadamente por la defensa- que frente a la situación de detención de los imputados y el estado de la investigación a su respecto, se proceda con la celeridad que el caso requiere a fin de avanzar en el estadio procesal”, escribieron los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.
Por su parte, su colega Mariano Llorens afirmó: “Más allá de que el plazo del proceso no parece excesivo para las distintas hipótesis de investigación que sugiere la querella -las que aún no han sido probadas siquiera con el grado de certeza que requiere esta etapa- lo cierto es que luce inadmisible que no se haya elevado a juicio el hecho principal cuando la investigación a su respecto se encuentra agotada y con sus imputados en detención preventiva, por lo que, al menos respecto de la situación procesal de Carrizo y sus consortes, entiendo que las actuaciones se encuentran en el tiempo óptimo para proceder conforme lo previsto por el art. 346 del C.P.P.N. para así lograr una pronta realización del juicio”.
El atentado ocurrió la noche del 1° de septiembre de 2022. Cristina Kirchner llegaba a su casa, en la esquina de Montevideo y Juncal en el barrio porteño de Recoleta. Allí la esperaban, como desde el día en que el fiscal Diego Luciani pidió su condena a 12 años de prisión por asociación ilícita y defraudación al Estado en la causa vialidad, un nutrido grupo de militantes para saludarla. Sabag Montiel también estaba allí. Se acercó y le apuntó en la cara con una Bersa calibre .32, que gatilló al menos una vez. La bala no salió porque no estaba cargada en la recámara. Terminó atrapado por militantes, sin que la custodia de Cristina Kirchner ni ella misma se dieran cuenta de lo que había pasado.
Su novia, Brenda Uliarte, también estaba allí, pero logró irse del lugar sin que la militancia advirtiera que era parte del plan para matar a la vicepresidenta. Llamó a varios conocidos, se fue a dormir a la casa de un ex novio, luego se encontró con los “copitos” y concedió una entrevista de televisión junto a Carrizo para decir que ella no tenía nada que ver. El domingo 4 de septiembre, cuatro días después del atentado, fue detenida en la estación ferroviaria de Palermo. Un secretario judicial de la jueza María Eugenia Capuchetti ordenó parar el tren para poder arrestarla cuando ya estaban sobre ella y la mujer quería escapar.
Capuchetti, cuestionada duramente por Cristina Kirchner, delegó la causa en manos del fiscal Carlos Rívolo cuando comenzaron las primeras recusaciones de la querella en su contra. A instancias de la Cámara Federal, el fiscal avanzó en la llamada pista “Casablanca”, que se abrió cuando un asesor legislativo llamado Jorge Abello llegó 23 días después del ataque a tribunales para contar que había escuchado al diputado del PRO Gerardo Millman decir 48 horas antes del intento de homicidio, en un bar frente al Congreso: “Cuando la maten yo estoy camino a la costa”.
La declaración de las dos mujeres que estaban con Milman en ese momento y la pretensión de la querella de secuestrarles el teléfono a las testigos abrió un conflicto con la magistrada. Finalmente, las colaboradoras de Milman le entregaron voluntariamente sus celulares a Rívolo cuando las llamaron a nuevamente a declarar. Según se indicó, ahora están siendo analizados. La querella también reclamó recientemente investigar el rol de la Policía de la Ciudad en los dias previos al ataque, enfocándose en el ministro de Seguridad en uso de licencia Marcelo D’Alessandro.
Sabag Montiel y Brenda Uliarte están presos con un procesamiento firme desde el 15 de septiembre, dos semanas después del ataque. Es que sus defensas decidieron no apelar. Y Carrizo, detenido en tribunales luego de haber entregado voluntariamente su teléfono como testigo y convertido por sus mensajes en imputado, también tiene su procesamiento confirmado desde fines de octubre.
Ahora, la Sala I de la Cámara Federal revisó la apelación de la defensa de Carrizo, a cargo de Gastón Marano, en donde cuestionaba que su cliente siguiera alojado tras las rejas de la cárcel de Marcos Paz. En su presentación insistió en que su cliente tenía un buen informe socio ambiental labrado por la Oficina de Delegados Judiciales, subrayó que en su casa conviviría con su actual pareja, que poseía un ”sostén económico estable” y que el jefe de los copitos ya estaba preso hace casi seis meses pese a que “no existirían medidas de prueba” en instrucción en su contra y aún no lo mandaron a juicio oral.
Cristina Kirchner, a través de su querella, se opuso al arresto domiciliario. Insistió en que fuera de la cárcel podía entorpecer la investigación y deslizó que la pareja con la que viviría sería en realidad una pantalla para obtener la prisión domiciliaria. La decisión quedó en manos de los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens.
En un voto conjunto, Bruglia y Bertuzzi reiteraron los fundamentos de su primera negativa: que Carrizo no se encuadra en los parámetros del articulo 32 de la ley 24660 que indica que “podrá” proceder la prisión domiciliaria cuando el detenido se encuentre enfermo y no pueda recibir correcta asistencia en la cárcel, tenga una enfermedad terminal, sea mayor de 70 años o sea una mujer embarazada o con hijos menores de 5 años.
Y señalaron que el nuevo informe socioambiental tampoco alcanza para “apartarnos del criterio que venimos sosteniendo”. “No resultan un tema menor las circunstancias que rodean la aparición de la garante, quien según alega la defensa tendría un vínculo afectivo con Carrizo de larga data, pero respecto de quien no se encuentran registros telefónicos de contactos, de llamados ni de mensajes. Esta situación, hasta tanto pueda ser dilucidada, nos disuade de hacer lugar a la morigeración solicitada, especialmente frente a la existencia de un riesgo procesal como el peligro de fuga, en el marco de un caso de gravedad institucional como el que se investiga en autos”, se añadió. Los jueces tampoco descartaron el riesgo de entorpecimiento investigación.
En ese contexto, el fallo subrayó: “Carrizo se encuentra procesado con prisión preventiva -bajo auto de mérito confirmado por esta Sala- por el delito de homicidio en grado de tentativa agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por haberse cometido con un arma de fuego, en calidad de partícipe secundario; en concurso real con falsificación de documento públicos, en condición de autor”. Y “la expectativa de pena para los delitos atribuidos y la gravedad de los hechos investigados, resultan indicadores de entidad suficiente para el mantenimiento del encierro cautelar, ya que -frente al avance de la pesquisa- incrementan el peligro de fuga”.
“En orden a estas premisas, y de conformidad con la postura esgrimida por las acusaciones, se impone de momento la confirmación de la resolución puesta en crisis. Ello, no sin antes instar a la a quo -teniendo en cuenta lo manifestado acertadamente por la defensa- que frente a la situación de detención de los imputados y el estado de la investigación a su respecto, se proceda con la celeridad que el caso requiere a fin de avanzar en el estadio procesal”, se señaló.
Por su parte, el juez Llorens también insistió en valoración de los riesgos procesales de Carrizo para negarle el nuevo pedido de domiciliaria. “El apelante también cuestionó la demora en la elevación de la causa a juicio. Veamos. He dicho en otras oportunidades que una justicia que tarda no es justicia; pero tampoco lo es una que se pronuncia mecánicamente, guiada por el impulso de ajustarse a un calendario. Es por ello que la razonable tramitación de las causas deben serlo en un tiempo óptimo”, afirmó.
Tras resaltar que “el proceso tendrá una duración razonable en la medida en que su tiempo se ajuste a las circunstancias del caso”, Llorens subrayó que “más allá de que el plazo del proceso no parece excesivo para las distintas hipótesis de investigación que sugiere la Querella -las que aún no han sido probadas siquiera con el grado de certeza que requiere esta etapa- lo cierto es que luce inadmisible que no se haya elevado a juicio el hecho principal cuando la investigación a su respecto se encuentra agotada y con sus imputados en detención preventiva”.
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