La Justicia le ordenó al gobierno nacional que resuelva en un mes si acepta la importación de las pistolas Taser

La intimación surgió como respuesta a un planteo de la Ciudad de Buenos Aires que se quejó por las demoras para habilitar el ingreso al país de 60 armas

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Una pistola Taser (Foto NA)
Una pistola Taser (Foto NA)

Un juez federal le ordenó al gobierno nacional que en 30 días resuelva un expediente administrativo para que el gobierno de la ciudad de Buenos Aires pueda importar 60 pistolas no letales Taser, que volvieron a ser puestas en el centro del debate por la seguridad tras el crimen de la oficial de la policía de la ciudad Maribel Zalazar ayer en el barrio porteño de Retiro.

El juez en lo contencioso administrativo federal Walter Correa aceptó la semana pasada un amparo por mora que el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta presentó en noviembre del año pasado porque la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) no resolvía la importación de las Tasser.

“La Administración tiene el deber jurídico de pronunciarse expresamente frente a las peticiones de los particulares”, dijo el juez Correa en su resolución del miércoles de la semana pasada y a la que accedió Infobae. El magistrado agregó que la ANMAC en la causa “no acreditó la existencia de obstáculos insalvables que justifiquen la mora”.

Así, el juez intimó a la ANMAC -que depende del Ministerio de Justicia de la Nación- para que en 30 días resuelva el expediente administrativo que inició el gobierno de la ciudad por las Taser.

El debate por el uso de pistolas no letales en fuerzas de seguridad volvió con el crimen de la oficial Zalazar. El ministro de Seguridad de la ciudad con licencia, Marcelo D’Alessandro, sostuvo en su cuenta de la red social Twitter que “el enfrentamiento podría haber sido controlado con una pistola Taser”. “Hace dos años compramos 60 unidades, pero el gobierno kirchnerista las bloqueó con el festival de excusas truchas que usan para defender delincuentes”, desarrolló. Y agregó: “Las armas no letales son una herramienta clave para cuidar a la gente, la mayoría de los países del mundo las usan”.

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En 2020 el gobierno de la ciudad inició el proceso de compra de 60 pistolas TASER, modelo X2 para la policía porteña. Son armas consideradas no letales y se utilizan en determinados lugares con aglomeración de gente donde el uso de armas de fuego puede ser peligroso, como estaciones de trenes, subtes. Las Taser disparan una descarga eléctrica que paraliza a la persona.

Las Taser son importadas y para su ingreso al país requiere la autorización de la ANMAC. En primer momento su titular Ramiro Urristi la autorizó. Pero luego dejó el cargo. El gobierno porteño señaló que fue echado por una pelea ideológica; un sector del kirchnerismo rechaza a las Taser por considerar que su utilización viola los derechos humanos.

Con la llegada del nuevo titular se retiró la autorización. El gobierno de la ciudad avanzó con el trámite pero la ANMAC nunca lo resolvió a pesar de los distintos planteos que se hicieron. Así presentó en la justicia un amparo para que se le ordene al organismo resolver el planteo.

“Atendiendo que la demandada no acreditó la existencia de obstáculos insalvables que justifiquen la mora y habiendo transcurrido un plazo razonable sin que la autoridad administrativa competente dicte resolución en el expediente administrativo, corresponde hacer lugar a la acción intentada”, resolvió el juez Correa.

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El magistrado explicó en su resolución de cinco páginas los alcances de un amparo por mora y sostuvo que no hay argumentos que avalen que el expediente de las Taser no se haya resuelto. La ANMAC explicó en la causa que por los casos de coronavirus “dificultó y ralentizó la búsqueda de expedientes –que no han sido digitalizados en forma completa– y el dictado de los actos administrativos correspondientes”.

El juez aclaró que el fallo “no significa que la administración deba pronunciarse en un sentido o en otro, sino tan sólo que debe expedirse; limitándose exclusivamente a vencer la inactividad formal y quedando fuera de su ámbito un pronunciamiento sobre la legalidad de la respuesta, la que, en su caso, podrá ser cuestionada por el interesado por las vías que correspondan”.

Dispuso que la ANMAC en 30 días resuelva el planteo. El gobierno nacional puede apelar la resolución para que sea revisada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

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